JUSTIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

JUSTIFICACIÓN. El artículo 90 de la Constitución Política de 1991, establece que “El Estado responderá́ patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá́ repetir contra este”. A su turno, la ley 678 del 2001 “Por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o del llamamiento en garantía con fines de repetición”, en el inciso 2º del artículo 2º, estableció que los servidores o ex servidores púbicos o los particulares investidos de funciones públicas podrán ser llamados en garantía dentro de los procesos de responsabilidad contra la entidad pública con los mismos fines de la acción de repetición. El mismo artículo, en el parágrafo 1º dispuso que, para efectos de repetición (o llamamiento en garantía) el contratista, el interventor, el consultor y el asesor cumplen funciones públicas en lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación de los contratos y están sujetos a lo que dispone la citada ley. Conforme a lo dispuesto en el parágrafo 4º del artículo en mención, en materia contractual el acto de delegación no exime de responsabilidad legal en materia de repetición o llamamiento en garantía al delegante, quien podrá ser llamado a responder de conformidad con lo dispuesto en la misma ley solidariamente junto con el delegatario. El artículo 4 estableció la obligatoriedad para las entidades públicas de ejercer la acción de repetición o el llamamiento en garantía cuando el daño causado por el Estado haya sido consecuencia de una conducta dolosa o gravemente culposa de sus agentes; y señala que el incumplimiento de este deber constituye falta disciplinaria, y que el comité de conciliación de las entidades deberá adoptar la decisión respecto de la acción de repetición y dejar constancia expresa y justificada de las razones en que se fundamenta. El artículo 19 de la Ley 678 de 2001 establece que: “Dentro de los procesos de responsabilidad en contra del Estado relativos a controversias contractuales, reparación directa y nulidad y restablecimiento del derecho, la entidad pública directamente perjudicada o el Ministerio Público, podrán solicitar el llamamiento en garantía del agente El parág...
JUSTIFICACIÓN. Mediante Decreto Ley 691 de 2017 se sustituyó el Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto por el "Fondo Colombia en Paz (FCP)" como un Patrimonio Autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas, con el objeto de “…ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos para realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme al Plan Marco de Implementación del mismo y al componente específico para la paz del Plan Plurianual de Inversiones de los Planes Nacionales de Desarrollo previsto en el Acto Legislativo 1 de 2016, así como el proceso de reincorporación de las Farc-EP a la vida civil, y otras acciones de posconflicto. Este fondo tiene como función, además, articular la cooperación internacional y la participación y aportes privados y públicos que se reciben a través de diferentes fuentes” En el mismo sentido, por virtud del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 001 de 2019 el 6 de septiembre de 2019, suscrito entre el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA y el CONSORCIO FONDO COLOMBIA EN PAZ 2019, la Fiduciaria La Previsora S.A. actúa como representante legal del CONSORCIO FONDO COLOMBIA EN PAZ 2019, quien, a su vez, es el vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz. Por otro lado, mediante el Decreto 2366 de 2015, se creó la Agencia de Renovación del Territorio – ART como una agencia estatal de naturaleza especial, del Sector Descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, técnica y financiera, adscrita a la Presidencia de la República de conformidad con la Ley 1955 de 2019, cuyo objeto es “coordinar la intervención de las entidades nacionales y Por su parte, mediante Decreto 893 de 2017 se crearon los “Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) como un instrumento de planificación y gestión para implementar de manera prioritaria los planes sectoriales y programas en el marco de la Reforma Rural Integral (RRI) y las medidas pertinentes que establece el Acuerdo Final, en articulación con los planes territoriales, en los municipios pri...
JUSTIFICACIÓN. Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad ASOC PRO ENFERMOS MENTALES DE LA CORUÑA deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: − Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior a su déficit. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. − Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de los objetivos. La beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. − Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, ante...
JUSTIFICACIÓN. La justificación por el no cumplimiento de la prestación o la demora en el cumplimiento de la prestación se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. Las sanciones administrativas y pecuniarias, aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del contrato. Las sanciones se aplican a EL CONTRATISTA sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior y no lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
JUSTIFICACIÓN. En los artículos 32.1, 32.2.a) y 32. 4.a) se regulan la «compensación tarifada» y «las tarifas» como única fórmula para practicar la contraprestación económica a abonar al medio propio por la realización de prestaciones propias de un contrato de obras, servicio o suministros. cve: BOCG-12-A-2-2 Esta fórmula entraría en colisión con la regulación autonómica actual de la retribución de las encomiendas, que en la Comunidad Autónoma Canaria se puede fijar mediante tarifas o precios que figuren en el presupuesto de ejecución previsto en la encomienda, tal y como se recoge en el artículo 32 de la Ley 4/2012, de 25 xx xxxxx, de medidas administrativas y fiscales. Además, la Comunidad Autónoma no dispone de metodología normalizada para la aprobación de tarifas, por lo que la implantación de ese sistema por las Consejerías en el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de la ley sería una cuestión de gran transcendencia y complejidad. cve: BOCG-12-A-2-2 Al artículo 32.4.b) De modificación. Texto propuesto: Donde dice: «b) Que más del 80 por ciento de las actividades del ente destinatario del encargo se lleven a cabo en el ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por las entidades que hacen el encargo o por otras personas jurídicas controladas por los mismos poderes adjudicadores. El cálculo del 80 por ciento se hará de acuerdo con lo establecido en la letra b) del apartado 2 de este artículo.» Debe decir: «b) Que más del 80 por ciento de las actividades del ente destinatario del encargo se lleven a cabo en el ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por las entidades que hacen el encargo o por otras personas jurídicas controladas por los mismos poderes adjudicadores por los poderes adjudicadores que lo controlan o por otras personas jurídicas controladas por los mismos poderes adjudicadores, considerados en su conjunto. El cálculo del 80 por ciento se hará de acuerdo con lo establecido en la letra b) del apartado 2 de este artículo.» Se considera que la redacción no es clara, pudiendo surgir problemas de interpretación jurídica. Al artículo 32 De modificación. Texto propuesto: Donde dice:
JUSTIFICACIÓN. LA FUNDACIÓN tiene como objeto 1) La realización de trabajos de tipo interagencial, técnicos y comunitarios en temas relacionados con el medio ambiente, el desarrollo sostenible y aspectos socioculturales y 2) La búsqueda, consecución, gestión, administración, canalización e interpretación de recursos financieros dirigidos hacia diversos tipos de áreas y estrategias de ordenamiento ambiental del territorio para la conservación, usos y manejo sostenible de la biodiversidad. Como resultado de su gestión LA FUNDACIÓN ejecuta proyectos, convenios y acuerdos de cooperación de organizaciones internacionales y entidades nacionales, con el propósito de cumplir con el objeto de promover la construcción xx xxx a través de un ordenamiento del territorio que fomente la protección ambiental y el desarrollo sostenible, especialmente en las regiones de la Amazonía y Orinoquía, con las comunidades indígenas y campesinas (IPLCs) que habitan los departamentos de Guaviare, Caquetá y Amazonas. Que, en el marco de este proceso, la Fundación siempre se encuentra en búsqueda de nuevos donantes y en la formulación de nuevos proyectos, que permitan garantizar el desarrollo de las líneas estratégicas que persigue la FCDS. En forma consecuente, la Fundación formuló un proyecto con la embajada xx Xxxxxxx, dirigido a suministrar información técnica ambiental a actores clave (tomadores de decisiones; candidatos a Presidencia, Cámara y Senado; entes territoriales, gremios, periodistas y desde allí al público en general) que permita posicionar el tema de la deforestación en la agenda pública, contribuya a construir una opinión crítica e informada sobre este fenómeno, y redunde en una mejor gestión de esta problemática en el país. Que así mismo, este proyecto pretende avanzar en el desarrollo de capacidades regionales y locales (desde el periodismo ambiental y otros ámbitos) para hacer seguimiento a los compromisos / acciones de reducción de la deforestación tanto del sector público como privado y de cómo el país está avanzando en lograr un modelo de desarrollo diferente basado en reconocer que Colombia es un país con vocación forestal. Que dicho proyecto fue aprobado el 1° de diciembre de 2021 se firmo el Grant Agreement COL 20/0017: Unidos por los bosques, con el cual se busca obtener los siguientes resultados: a) Incrementar la capacidad y conocimiento de los periodistas y comunicadores locales, regionales y nacionales, medios de impacto y medios de prensa independientes, en los desafí...
JUSTIFICACIÓN. La Secretaría de Gobierno Municipal es la encargada de proponer políticas municipales de cultura, convivencia y seguridad ciudadana; coadyuvar al sistema judicial y de Bienestar Familiar, liderando la coordinación interinstitucional y el fortalecimiento de la justifica comunitaria; contribuir a la conservación del medio ambiente, la prevención de desastres y emergencias y el uso racional del espacio público, razón por la cual debe velar por el mantenimiento del orden ciudadano y la prevención de todas las modalidades del delito. La familia ha sido considerada como la célula o núcleo de la sociedad, en la cual se construyen relaciones que permitan una convivencia tanto familiar como social. En la actualidad la desintegración familiar es evidente, se han perdido el respeto, la identificación de roles, los valores y la tolerancia, afectándose de este modo la convivencia familiar, situaciones que han conllevado a que la familia xx xxx no tenga el papel protagónico de constructora de valores que tuvo en otras épocas. Las relaciones entre padres, hijos, hermanos y cualquier otro miembro se tornan en muchas oportunidades tan problemáticas que pasan a convertirse en hechos de violencia intrafamiliar, afectándose de este modo la integridad de cada uno de sus miembros. El ciclo evolutivo de la familia trae consigo factores protectores y de riesgo para personas que en él se desarrollan, es así como las situaciones conflictivas van a estar presentes en cualquier etapa del ciclo vital familiar, de esta manera, el conflicto se constituye en un desafió a la unidad familiar, el cual supone un reto que es enfrentarlo y superarlo. “La promoción del buen trato debiera estar presente desde que el niño está en el útero. Un niño que ha sido cuidado y protegido desde su gestación, cuenta con mayores posibilidades de enfrentar el mundo con seguridad y tener mejores relaciones con los otros”. Sin embargo, lo que realmente genera niños no violentos es el ejemplo de los padres. Para la Secretaría de Gobierno, como parte de su misión institucional, es un imperativo intervenir estas situaciones a través de la prevención primaria y secundaria de los comportamientos agresivos en los diferentes subsistemas familiares, buscando el fortalecimiento de las relaciones y por ende la disminución de la violencia. Como resultado de lo anterior, surge la necesidad de desarrollar los proyectos “Fortalecimiento de las relaciones familiares” y “Desactivación de la Agresión intrafamiliar”, con el que ...
JUSTIFICACIÓN. El país actualmente considera fuertes inversiones de carácter social que necesariamente requieren del trabajo coordinado de los usuarios, instituciones, organizaciones, población en general y el operador de los servicios de saneamiento básico. Las condiciones actuales de las EPSAs promedio, evidencian que no existen las capacidades instaladas para el desarrollo de los servicios y la administración adecuada de los mismos. Por lo cual es necesaria la vocación institucional de los operadores, para que su accionar sea incidente en la correcta operación y mantenimiento de la infraestructura, la comercialización de los servicios, la administración de los recursos y la gestión institucional, que permita alcanzar la vida útil de la infraestructura implementada y la sostenibilidad de los servicios. Para la sostenibilidad de los servicios, es muy importante realizar el Fortalecimiento Institucional a las EPSAs y Gobiernos Municipales, en la gestión técnica, administrativa y comercial de los sistemas de Agua Potable y Saneamiento Básico, de tal manera de instalar capacidades en el personal de las EPSAs para la sostenibilidad técnica y financiera de la gestión de los servicios ejecutados por el programa, así como otros proyectos a ser asistidos por los Gobiernos Municipales.
JUSTIFICACIÓN. Dentro del plan de Acción 2012-2015 de la Universidad Nacional de Colombia se ha decidido poner en funcionamiento a la mayor brevedad el Hospital Universitario, este proyecto requiere la dotación de equipos médicos, para el edificio asistencial del Hospital Universitario de la Universidad Nacional de Colombia - Fase I. Este proyecto garantiza una mayor estabilidad al desarrollo de los programas académicos de pre y posgrado en el área de la salud, fortalecer la investigación y la innovación tecnológica de la Universidad y como un aporte de la institución a la solución de los problemas que afectan a la población colombiana, en especial los problemas que afectan la salud del adulto en Bogotá y la región central y sur oriental del país. Para la Universidad y particularmente para sus escuelas de Ciencias de la Salud, es urgente proveer a los estudiantes de los programas de pregrado y de posgrado de las especialidades médico-quirúrgicas del espacio necesario para el más alto desarrollo académico, y asegurar al país la excelencia en los egresados de la Universidad de la Nación. Ahora bien, la necesidad de dotar a la Universidad de un Hospital de alto nivel tecnológico, no sólo deriva de la obligación del estado de proveer una educación pública superior de calidad, sino que tiene que ver también con el deber misional de la Universidad para hacer una contribución efectiva a la calidad de vida y el desarrollo social de la población colombiana. Por estas razones la Universidad Nacional de Colombia enfrenta un gran desafío, la apertura de una institución prestadora de servicios de salud , sostenible a mediano plazo, que progresivamente alcance niveles de alta tecnología y se convierta en el primer centro de investigaciones e innovación tecnológica en salud para todo el país; de donde se gestionaran modelos innovadores de prestación de servicios de salud de alta calidad en todos los niveles de complejidad, al tiempo que desarrolla su misión formadora de recurso humano idóneo en salud en todas aquellas áreas del conocimiento que sean afines. Este proyecto es una respuesta de gran trascendencia frente a las expectativas y anhelos de la comunidad universitaria, que no solo está conformada por los estudiantes y docentes, sino también padres de familia y trabajadores del área administrativa de la Universidad. Pero también es una respuesta a los requerimientos de nuestra sociedad, quien confía y apoya los planteamientos surgidos desde el alma mater más importante de la Nació...