EN GENERAL Cláusulas de Ejemplo

EN GENERAL. 1.1 En el caso de cuentas conjuntas los Depositantes convienen con el Banco que todos los fondos depositados en la Cuenta son y serán de la propiedad en común de estos Depositantes y el Banco honrará los libramientos o retiros de fondos contra la Cuenta durante la vida de todos los titulares.
EN GENERAL. 6.1.1 El Gestor deberá proveer todos los servicios de arquitectura, ingeniería, diseño, adquisición y gestión (los “Servicios de Construcción”) necesarios para construir las mejoras y las Instalaciones del Aeropuerto descritos según la Alternativa D-3 del Plan Maestro, sus actualizaciones y las mejoras ofrecidas en la Propuesta (en adelante las “Mejoras”). En la prestación de los Servicios de Construcción, el Gestor dará la consideración debida y utilizará todos los esfuerzos razonables y necesarios para alcanzar los objetivos del Cartel y de este Contrato.
EN GENERAL. 1.1 El Banco podrá autorizar al Depositante el Servicio de Línea de Reserva Comercial cuando se haya suscrito una solicitud de crédito de Línea de Reserva a tales efectos. El acuerdo constará en impresos prescritos por el Banco y de acuerdo con las normas que el Banco de cuando en cuando adopte para tales propósitos. El Depositante se compromete a mantener una Cuenta de Cheques Comercial con el Banco sujeto a los términos y condiciones establecidos por el Banco de tiempo en tiempo para la Cuenta Comercial y así como los términos y condiciones de la propia Línea de Reserva Comercial.
EN GENERAL. 1.1 El depositante tendrá acceso a la Cuenta mediante el uso de su tarjeta de débito (la “Tarjeta”) y número secreto (PIN). La Tarjeta se podrá utilizar como un medio de acceso para cajeros automáticos y las redes internacionales a las que el Banco se afilie de tiempo en tiempo.

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  • Régimen general 1. En el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social y demás Entidades públicas estatales, el Ministro de Economía y Hacienda podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general y con características esencialmente homogéneas por los diferentes órganos y organismos.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Disposición general Las obligaciones, responsabilidades y riesgos del Contratista conforme al presente Contrato son independientes de los seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero a los que hace referencia en esta Cláusula 20 y, en consecuencia, el alcance de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la xxxxxxxx de tales riesgos no podrán reducirse en perjuicio de la Nación o de terceros por la contratación de seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero o por la falta de contratación o cobertura suficiente de ellos.

  • Objetivo General Fortalecer capacidades organizativas y gerenciales, de las Organizaciones Beneficiarias (OB), que permitan su crecimiento y consolidación, a efecto de administrar las inversiones que se ejecutan en las diferentes cadenas de valor con la implementación de los Planes de Desarrollo Productivo (PDP) y Planes de Negocios (PN), en el área de influencia del PRO-LENCA. Elaborar e implementar 90 Planes de Fortalecimiento Organizacional (PFO) para 90 Organizaciones Beneficiarias del Proyecto: PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y empresas asociativas campesinas de producción, en las comunidades de Altos de Guanteque, Mejocote, El Xxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx Xx Xxxx x Xx Xxxxxx; en el municipio de Gracias, en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de empresas asociativas campesinas de producción y cajas rurales en las comunidades de El Pinal San Xxxx, El Limón, Campuca, Pinal San Xxxxxxx, El Zapote y Quelacasque; en el municipio de Gracias en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociaciones de productores, Asociación de agricultores, red de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zapote, Xxxxxxxx, El Xxxxx, Xxxxxx Centro, Azacualpa, Las Lajas, La Arada, Azacualpa y San Xxxxxxxxx; en el municipio xx Xxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y empresas de servicios múltiples en las comunidades xx Xxxxxxxxxx Centro, Jocotillo Azacualpa, Isleta y la Arada en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de cooperativas de servicios agropecuarios y asociación de productores agropecuarios en las comunidades de Las Delicias y Gualcinse Centro en el municipio de Gualcinse, cajas rurales en las comunidades Congolón y Guaxinlaca en el municipio de San Xxxxxx, caja rural y asociación de apicultores en las comunidades xx Xxxxxxx Centro y San Xxxx San Xxxxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociación de ganaderos y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de San Xxxxxx Centro, Posa Verde, Guacutao y San Xxxxxx Centro, en el municipio de San Xxxxxx Xxxxxxxx y El Cutal en el municipio de San Xxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales en las comunidades de Calucica, Barrio El Zapote, El Rodeo, Jinquinlaca, Colomarigua y Guachipilincito en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y asociaciones de agricultores en las comunidades de San Xxxx, San Xxxx, Xxxxxx xx Xxxxx, San Xxxxxx Centro y La Majada en el municipio de San Xxxxxx de la Sierra en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y asociaciones de productores en las comunidades xx Xxxxxxxx, Barracón, San xxxxx Xxxxxxxx y Santa Xxxx en el municipio de Santa Xxxxx; El Leoncito y San Xxxx Xxxxx Vista en el municipio xx Xxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y grupos de mujeres en las comunidades de Piedra Parada, Santa Xxx, Pueblo Viejo y San Xxxxxx en el municipio de Colomoncagua, cajas rurales y empresas asociativas de producción en las comunidades de El Xxxxxx, San Xxxxxx y El Xxxxxxxx San Xxxx xx Xxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de la asociación de familias agropecuarias artesanales intibucanas lencas en el barrio El Xxxxxxx en el municipio de Intibucá, cooperativa cafetalera en la comunidad de Agua Blanca en el municipio de San xxxxxxxxx, en el departamento de Intibucá y cajas rurales, Iniciativas de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zancudo y La Xxxxxx en el municipio de Yarula; El Jícaro en el municipio de San Xxxx en el departamento de la paz. Esta Formulación, debe realizarse con la participación de los beneficiarios y las beneficiarias.

  • DESCRIPCIÓN GENERAL 15.- DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES.

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • EXCLUSIONES GENERALES Además de las exclusiones específicas de cada cobertura, este seguro en ningún caso ampara:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • Reglas generales 1.- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente.

  • Criterios generales 1. Las empresas podrán sancionar, como falta laboral, las acciones u omisiones que supongan infracciones o incumplimientos laborales de los trabajadores, de acuerdo con la graduación de las faltas que se establece en los artículos siguientes.