Órganos competentes Cláusulas de Ejemplo

Órganos competentes. Los órganos competentes para imponer las sanciones son los siguientes:
Órganos competentes. Son competentes para celebrar los contratos de la Administración:
Órganos competentes. El Instituto Nacional de Contratación Pública junto con las demás instituciones y organismos públicos que ejerzan funciones en materia de presupuestos, planificación, control y contratación pública, forman parte del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el ámbito de sus competencias.
Órganos competentes. 1. La formación del personal del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos autónomos (en adelante, el personal municipal) será desarrollada por la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, la EFAM) y por el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (en adelante, CIFSE).
Órganos competentes. El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Junta de Gobierno Local.
Órganos competentes. Las competencias municipales corresponden a los siguientes órganos: • a) Pleno - La aprobación inicial y definitiva de la ordenanza, así como la aprobación de las modificaciones de la misma, siempre que suponga un cambio substancial en el ejercicio del servicio de taxi. - La aprobación de los expedientes de ampliación de licen- cias.
Órganos competentes. 1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a la Secretaria General, a través del Área de Servicios Complementarios y Provinciales, que una vez revisadas las solicitudes, y efectuadas las comprobaciones correspondientes, elaborará el informe del cumplimiento de requisitos exigidos. Posteriormente, y tras la evaluación de las solicitudes el órgano instructor emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución y, en particular, las establecidas en la base décima, punto 1, de la Orden de 15/03/2016. Las propuestas de resolución provisional y definitiva serán formuladas por el órgano instructor competente en la materia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Órganos competentes. El Órgano competente para el inicio y resolución del procedimiento de concesión será el Director General de la Fundación EOI. El Órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión será la Dirección de Innovación, Emprendedores y Pymes de la Fundación EOI. Xxxxx Xxxxxx podrá realizar de oficio cuantas actuaciones de comprobación sean pertinentes.
Órganos competentes. Bajo la rúbrica “Órganos competentes en materia de contratación”, la LC Se ocupa de los órganos de contratación estatales, los órganos de asistencia , los órganos consultivos y la elaboración y remisión de la información ÓRGANOS DE ASISTENCIA ÓRGANOS CONSULTIVOS ELABORACIÓN Y REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN  ÓRGANOS DE CONTRATACIÓN ESTATALES  Los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia.  Los Presidentes o Directores de los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y demás entidades públicas integrantes del sector público estatal y los Directores generales de las distintas Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, son los órganos de contratación de unos y otros, a falta de disposición específica sobre el particular, recogida en las correspondientes normas de creación o reguladoras del funcionamiento de esas entidades.  Corresponden al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Junta de Contratación Centralizada, las funciones de órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada  En los departamentos ministeriales y en los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y demás entidades públicas integrantes del sector público estatal, así como en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, podrán constituirse Juntas de Contratación, que actuarán como órganos de contratación, con los límites cuantitativos o referentes a las características de los contratos que determine el titular del departamento, en los siguientes contratos:
Órganos competentes. Corresponderá a la Dirección de Asuntos Jurídicos, instruir los procedimientos administrativos que deban promoverse, a efecto de establecer si algún funcionario del CTP o un contratista, han incurrido en alguna de las causas que determinen la aplicación del régimen de sanciones administrativas previsto en el Capítulo X de la LCA. En todo caso, las sanciones serán establecidas por la Dirección Ejecutiva o Junta Directiva, según corresponda, conforme a lo regulado en nuestro ordenamiento jurídico.