OBJETO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es regular las relaciones, derechos y obligaciones de las partes contratantes, a efecto de que el contratista efectúe a la entera satisfacción del Fovial, los servicios que por medio de este contrato le han sido adjudicados para realizar, por el precio estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato: Monto del Contrato y Forma de Pago, cuyo detalle se encuentra en los documentos contractuales del servicio de mantenimiento rutinario en el GRUPO , en sus distintos tramos, desarrollándolo de la manera estipulada en la respectiva Oferta Técnica-Económica del contratista y en las Condiciones Técnicas, consistentes en, pero sin limitarse a lo siguiente: En vías pavimentadas, el proyecto comprende las consecuentes actividades, sin limitarse a ellas: Sello de grietas y sello de fisuras, bacheo superficial, bacheo profundo, carpeta asfáltica, riego de imprimación asfáltica, sello de pavimento, limpieza y chapeo del derecho de vía, limpieza de cunetas y bajadas (sistema de drenaje longitudinal), limpieza de tuberías (sistema de drenaje transversal), mantenimiento de señalización existente, pintura de árboles y cunetas, remoción y desalojo de derrumbes, reconstrucción de hombros, estabilización de hombros con suelo-cemento, construcción de canaleta revestida, señalización vertical, señalización horizontal, marcadores reflectorizados de pavimento(vialetas), suministro de flex beam, reparación de deterioros puntuales en obras de drenaje menor, reparación de deterioros puntuales en estructuras (cabezales y muros), excavación para estructuras, relleno para estructuras, mampostería de piedras para estructuras, señalización y seguridad y actividades no programadas. Por lo anterior, el contratista será responsable de cualquier daño o perjuicio que cause a la propiedad privada, nacional o municipal, en la ejecución de los trabajos por los cuales se le ha contratado, responsabilidad que le podrá ser deducida penal, civil, ambiental o administrativamente, de conformidad con lo dispuesto en los documentos contractuales.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato consiste en la prestación de los servicios de mediación, asesoramiento profesional y asistencia técnica antes, durante y con posterioridad a la formalización de contratos de seguros privados que fuera oportuno suscribir. Dichos servicios se prestarán por corredor o correduría de seguros de acuerdo con lo previsto en el at. 26 de la Ley 26/2006 de 17 de julio, reguladora de la actividad de Mediación de Seguros y Reaseguros privados, y de cualquier otra normativa que la desarrolle y modifique, conforme a las especificaciones xxx xxxxxx. Los servicios se referirán principalmente a las siguientes áreas de riesgo, sin perjuicio de que derivado del análisis de los mismos surjan otras que se entenderán incluidas en las acciones derivadas del contrato a suscribir: -Riesgo de daños materiales (continente y contenido de bienes muebles e inmuebles que integran el patrimonio del Ayuntamiento). -Riesgo derivado de Responsabilidad civil. -Riesgos derivados del parque móvil del Ayuntamiento. El adjudicatario no intervendrá en las labores de mediación, gestión y asesoramiento de las pólizas existentes hasta la finalización de las mismas (15 xx xxxxx de 2018). No obstante, están dentro de las funciones de la adjudicataria del presente contrato todas sus funciones relativas al nuevo plan de seguros a suscribir, incluyendo el asesoramiento y elaboración, en su caso, de los pliegos de los nuevos contratos de seguros que deben entrar en vigor en 15/03/2018, así como en el proceso de selección del contratista adjudicatario. El adjudicatario, con independencia de la duración y finalización del contrato, está obligado a la asistencia, tramitación y/o resolución de las reclamaciones y/o siniestros imputables a las pólizas de seguro suscritas durante la vigencia de este contrato, que permanezcan vigentes y por la que se haya cobrado comisión. Esta obligación se extenderá hasta el vencimiento anual de cada póliza.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los servicios descritos en el apartado 1 del Anexo I al mismo y definido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican los factores de todo orden a tener en cuenta. En el mismo apartado se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato. Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado 1 del Anexo I de este pliego.
OBJETO DEL CONTRATO. Por medio del presente Contrato, el Profesional Inmobiliario se obliga a realizar, las siguientes actividades, las que en lo sucesivo serán denominadas como los “Servicios”. El Profesional Inmobiliario con base en su experiencia realizará la prestación de los Servicios atendiendo las necesidades y características concretas del Consumidor y de la CASA HABITACIÓN, con el fin de localizar un comprador de la misma. La prestación de los servicios consistirá en lo siguiente: La publicidad consistirá en lo siguiente: El Intercambio consistirá en lo siguiente (en caso de que los Servicios no incluyan intercambio, se deberá manifestar expresamente). El Consumidor autoriza en este instrumento al Profesional Inmobiliario para que reciba en custodia por su cuenta y orden en cheque nominativo a nombre del Consumidor, las cantidades entregadas por concepto de garantía de las ofertas, que se presenten en relación con la CASA HABITACIÓN y que el Profesional Inmobiliario deberá someter a consideración del Consumidor. Dicho documento será entregado al Consumidor por el Profesional Inmobiliario en el momento de su aceptación de la oferta correspondiente y aplicado al precio de compraventa de conformidad con el inciso a) de la Cláusula PRIMERA anterior, en caso de no aceptación de la oferta será devuelto a los oferentes. Los montos establecidos en el presente Contrato no podrán ser modificados salvo que el Consumidor otorgue el consentimiento por escrito. En caso de que una vez firmado el presente Contrato, el Consumidor, en cualquier momento durante la vigencia del mismo desista de vender la CASA HABITACIÓN, se obliga a pagar al Profesional Inmobiliario la pena convencional establecida en la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA del presente Contrato.
OBJETO DEL CONTRATO. El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la prestación del servicio a que se refiere el anexo 1-A. El presupuesto de licitación es el que figura en el anexo I-A, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y se abonará con cargo a las anualidades que se señalen en el anexo X-X. Xx xx xxxxx 0-X se indicará igualmente el sistema de determinación del precio, que podrá estar referido a componentes de la prestación, unidades de ejecución o unidades de tiempo, o fijarse en un tanto alzado cuando no sea posible o conveniente su descomposición, o resultar de la aplicación de honorarios por tarifas o de una combinación de varias de estas modalidades. En caso de que el valor estimado del contrato, calculado conforme a las previsiones del artículo 88 del TRLCSP, no coincida con el presupuesto de licitación, se hará constar tal circunstancia en el anexo 1-A, motivándolo adecuadamente, donde igualmente se indicará si el contrato está o no sujeto a regulación armonizada. Si así se establece en el anexo 1-A, el precio del presente contrato podrá ser objeto de revisión, al xxxx x x xx xxxx, x xxxxx efectos se establecerá en el citado anexo la fórmula o índices oficiales aplicables. En el supuesto de que no lo fuesen solo se modificará dicha circunstancia por la prórroga del plazo durante la ejecución del contrato por causa imputable a la Administración o por casos de fuerza mayor, entendiendo por tal los así establecidos en el artículo 23-1 del TRLCSP. En el anexo I-A se establecerá igualmente la posibilidad de incluir cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento, así como penalizaciones por incumplimiento de cláusulas contractuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 87.4 del TRLCSP.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es el que se indica en la cláusula 1 de cláusulas específicas del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Cuando el objeto está fraccionado en lotes, el objeto de cada lote se indica en la cláusula 1.2.2 de cláusulas específicas del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas particulares. El CPV y la categoría de suministros en que se encuadra la prestación se señalan en las cláusulas 1.3 y 1.5 de cláusulas específicas del contrato. Cuando el contrato sea de tracto sucesivo y el número de unidades de prestación que integran su objeto no se defina con exactitud, las unidades de prestación que deberá ejecutar la contratista serán las que demande el poder adjudicador.
OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la prestación de los servicios de conservación, mantenimiento y reparación de los elementos de impulsión, conducción, retención, maniobra, soporte, regulación de entrada de agua y acceso de personas en las siguientes estaciones de Bombeo de Aguas Residuales y/o Pluviales: En el conjunto xxxxxx xx Xxxxxxx-Gasteiz: • Estación de Bombeo de Residuales/Pluviales para el Barrio de • Estación de Bombeo de Residuales/Pluviales para el Barrio de • Estación de Bombeo de Pluviales de Plaza de los Fueros. • Estación de Bombeo de Pluviales de C/ Fueros (Paso bajo XX.XX.). • Estación de Bombeo de Pluviales de C/ Xxxx xx Xxxxx. • Estación de Bombeo de Pluviales de C/ Zaramaga. • Estación de Bombeo de Pluviales de C/ Boulevard de Salburua (Paso bajo XX.XX. entre los sectores 9 y 10 de Salburua). • Estación de Bombeo de Pluviales de C/ Xxxxxx Xxxxxxxx (Paso bajo XX.XX. entre los sectores 11 y 13 de Salburua). • Estación de Xxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx 00 Xxxxxxxx-xxxxx (paso bajo el xxxxxx xx Xxxxxxxx). En la zona rural: • Estación de bombeo de residuales en el pueblo de Arkaute • Estación de bombeo de residuales en el pueblo xx Xxxxxxxxx • Estación de bombeo de residuales en el pueblo xx Xxxxxx • Estación de bombeo de residuales en el pueblo xx Xxxxxxxxxx • Estación de bombeo de residuales en el pueblo de Crispijana • Estaciona de bombeo de residuales en el pueblo xx Xxxxxxxx • Doble estación de bombeo en el pueblo xx Xxxxxxxx (identificados como Ilarraza Nº 1 y Ilarraza Nº 2) • Estación de bombeo en el pueblo xx Xxxxxxxx • Estación de bombeo en el pueblo de Xxxxx xx Xxxxxxx. El ANEJO nº 1 de este pliego incluye una descripción de cada una de las estaciones de bombeo objeto de este contrato. Incluye esta prestación:
OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- El objeto del contrato es la realización del servicio que se indica en la Portada y en el Cuadro de características del contrato del presente Pliego, comprendido en el anexo II del TRLCSP. Cuando la contratación se fraccione en lotes, el objeto de cada lote constituye una unidad funcional susceptible de realización independiente. La ejecución del objeto del contrato debe adecuarse a las condiciones que figuran en el contrato, en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, en su caso, documentos que tienen carácter contractual. Dicho objeto corresponde a los códigos de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea y de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA) que, en su caso, se indican en la Portada de este Pliego.
OBJETO DEL CONTRATO. (arts. 22, 86 y 116 TRLCSP, 67 RG )
OBJETO DEL CONTRATO. El presente Xxxxxx tiene por objeto regir la contratación del servicio definido en el Anexo I, apartado primero, con las codificaciones (CPA y CPV), que se indican en el mismo.