COMITÉ EVALUADOR Cláusulas de Ejemplo
COMITÉ EVALUADOR. Las propuestas serán estudiadas y analizadas por un Comité Evaluador del ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el presente proceso, de conformidad con lo previsto en los artículos 19 y siguientes del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013). El Comité Evaluador designado en el Acuerdo No.30 de 2013 (Manual de Contratación) por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de Condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica, económica y capacidad financiera de los Proponentes. El Comité Evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo con lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las Propuestas” del presente pliego de Condiciones. El Comité Evaluador presentará a la Secretaria General el acta para que, una vez haya sido objeto de examen conjunto por ésta y por el Comité Evaluador, se elabore el informe de evaluación, que será publicado en la página Web de la Entidad ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y en el portal Colombia Compra Eficiente ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, por un término de tres (3) días hábiles para que los Proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX con copia estricta al correo electrónico ▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. En todo momento y en caso de incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el CRONOGRAMA de los pliegos de condiciones.
COMITÉ EVALUADOR. Para efectos de adelantar la verificación y evaluación de las propuestas de la presente Licitación, el ordenador del gasto de la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO designará a un comité evaluador, quienes deberán adelantar su labor de manera objetiva. El comité asesorará a la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades validará el contenido de los requerimientos efectuados, evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en los pliegos de condiciones. El comité evaluador estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales y recomendará al ordenador del gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. El carácter de asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en que el ordenador del gasto no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo con el que culmine el proceso.
COMITÉ EVALUADOR. Las Propuestas serán evaluadas por un Comité designado para tal efecto, según el manual de contratación de la entidad.
COMITÉ EVALUADOR. Las propuestas serán estudiadas y analizadas por el Comité Evaluador constituido en el artículo 19 del Manual de Contratación del ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el presente proceso. El Comité Evaluador designado por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera de los proponentes. El Comité evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo a lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las propuestas” del presente pliego de condiciones. El Comité evaluador presentará a la Secretaria General el informe de evaluación, que será publicado en la página web de la Entidad ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ por un término un (1) día hábil para que los proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX.
COMITÉ EVALUADOR. Es el equipo multidisciplinario encargado de evaluar las propuestas en todas las modalidades de selección, presentadas por los oferentes en los procesos de contratación, según el caso. Este Comité es responsable de recomendar a los Ordenadores del gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación realizada. En caso de presentarse inhabilidad, incompatibilidad, o recusación contra todos, algunos o uno de los miembros del Comité Evaluador, cada uno debe darle el respectivo trámite si resulta procedente y se harán las reasignaciones a que haya lugar si fuere el caso. En caso de impedimento, el evaluador lo indicará en el acta de entrega de ofertas para evaluación donde el Coordinador del Grupo de Contratación decidirá sobre el mismo en dicha acta, optando por cambiar de evaluador o mantener al evaluador inicial. El trámite del impedimento o la recusación se adelantará en los términos del artículo 12 de la Ley 1437 de 2011 de acuerdo a los procedimientos internos del ICETEX.
a. Verificar los requisitos habilitantes de los oferentes y los requerimientos de subsanaciones solicitadas, así mismo, evaluar los requisitos ponderables o de calificación, con base en los documentos allegados en la oferta y en los pliegos de condiciones del proceso.
b. Este Comité deberá proyectar los informes de evaluación, recomendar al Ordenador del gasto el sentido de la decisión y adoptar de conformidad con la verificación y evaluación realizada. Sus funciones incluyen el proyecto de respuesta a las observaciones a la evaluación hechas por los proponentes y entes de control, así como las de los ciudadanos interesados y veedurías, hasta la adjudicación.
c. Realizar un informe final en donde recomendará la adjudicación, declaratoria de desierta o revocatoria al Ordenador del gasto de conformidad con la evaluación y la subsanación de los requisitos que no dan puntaje en los términos previstos en el ordenamiento jurídico en materia contractual y en el presente Manual.
d. La toma de decisiones será por mayoría absoluta, es decir la mitad más uno.
e. El Comité decidirá con base en los informes de verificación y evaluación que sean allegados a éste.
COMITÉ EVALUADOR. La evaluación de las propuestas será realizada por: ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ – Abogada. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ – Coordinador TIC ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – Gerente Administrativa y financiera.
COMITÉ EVALUADOR. Para el estudio, evaluación y calificación de las propuestas presentadas, LA ESE conformará un Comité evaluador que realizará el análisis Jurídico, financiero, técnico y económico de las propuestas presentadas.
COMITÉ EVALUADOR. EPUXUA AVANZA E.I.C.E. tendrá un comité evaluador que será designado por el ordenador del gasto correspondiente o por quien este delegue, el cual tendrá a su cargo la evaluación de las ofertas presentadas, y manifestaciones de interés sujetándose con estricto rigor a los requisitos habilitantes y calificables establecidos en los términos y condiciones del proceso de selección. este comité evaluador será designado en cada proceso de selección y estará compuesto por funcionarios o contratistas idóneos, cuya integridad, imparcialidad, independencia y confidencialidad no se vean comprometidas para la evaluación objetiva de las ofertas. En este sentido, a los integrantes del comité se les aplicarán las normas sobre incompatibilidades e inhabilidades previstas en la Constitución y la Ley, así como las reglas del conflicto de interés. El comité evaluador elaborará el informe preliminar y el informe final que deberá ser puesto en conocimiento de los oferentes, que deberá incluir la verificación y el análisis de cada uno de los criterios de calificación, y la recomendación dirigida al ordenador del gasto en la que se indique el oferente que, a su juicio, debe ser contratado, o la recomendación de declarar fallido el proceso en los términos previstos en el presente manual. De igual forma, el Comité Evaluador estará a cargo de la contestación de las observaciones o intervenciones que los oferentes realicen al informe preliminar y final del comité evaluador, así como de solicitar las subsanaciones a las que haya lugar.
COMITÉ EVALUADOR. El comité evaluador de las ofertas estará compuesto por el personal designado por la VICEPRESIDENCIA DE DESARROLLO RURAL.
COMITÉ EVALUADOR. Es el responsable de la verificación de los requisitos de los proponentes y/o interesados, así como de la evaluación de las propuestas y/o de las manifestaciones de interés, en los procesos de invitación pública y subasta inversa. Igualmente, mediante informe o su equivalente, recomendará al Ordenador del Gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la verificación y evaluación efectuada. Todos los miembros del comité evaluador deberán firmar y diligenciar el Formato TH.FT.25 Declaración de no interés particular ni directo, y presentarlo ante la Subdirección Jurídica. No será necesario llevar a discusión del Comité Evaluador los contratos de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión, así como tampoco sus modificaciones.
