RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. El contrato a que se refiere el presente pliego tiene naturaleza de contrato privado en virtud de lo dispuesto en el Art. 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -en adelante LCSP-, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. En cuanto al contrato se regirá por lo establecido en los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas, por lo previsto en la Ley 31/2007 de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, (en adelante, LSE), LCSP 9/2017, Instrucción de Ámbito Interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA de 2018, y normas de derecho privado. Junto a estas, el adjudicatario estará sometido a la normativa vigente en materia Laboral, Prevención Laboral y Medio Ambiente que le sean de aplicación. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento. En el caso en el que alguna condición o restricción descrita en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares entrara en contradicción con las condiciones expresadas en cualquiera de los documentos Anexos, prevalecerán las descritas en este Pliego
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. El régimen legal aplicable a los procesos de contratación y a los contratos que celebre ETB, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1341 de 2009, es de derecho privado y se regirá por las disposiciones del Manual de Contratación de ETB, el cual debe ser consultado en la página xxx.xxx.xxx.xx, por los Códigos Civil y de Comercio, así como por las normas especiales que le sean aplicables y las demás que las modifiquen según su naturaleza jurídica y las actividades que realiza de acuerdo con el sector
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. El proceso de contratación correspondiente a la presente convocatoria está sometido a la legislación y jurisdicción Colombiana y se rige por el régimen de la contratación privado contenido en el Código Civil, el Código de Comercio y demás normas aplicables a la materia. Por tanto, los términos de referencia y en general los documentos que se profieran en el proceso, se sujetarán a las precitadas normas.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. El presente Análisis Preliminar con las condiciones contractuales y los anexos están sometidos a la legislación colombiana en el régimen de la contratación privada, contenido en el Código Civil y el Código de Comercio, y demás normas aplicables a la materia, así como las aclaraciones y documentos que se expidan con ocasión del mismo. El Análisis Preliminar con las condiciones contractuales están sujetos al cumplimiento de los principios de la función administrativa y de la Gestión Fiscal, consagrados en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, al Régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, artículos 13; 15 y 18 de la Ley 1150 de 2007, artículos 1° y 4° de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. Conforme establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), el CDTI tiene la condición de poder adjudicador, no Administración Pública, por lo que la preparación y la adjudicación de este contrato se regirán por las normas establecidas en las Secciones 1ª y 2ª del Capítulo I del Título I del Libro II de dicha Ley. El contrato resultante del presente procedimiento tendrá carácter privado y se regirá por las normas de derecho privado en cuanto a sus efectos y extinción. Tienen carácter contractual los siguientes documentos: el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el correspondiente de prescripciones técnicas, los documentos que conformen la oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario y el documento de formalización del contrato. En caso de discordancia entre los pliegos y el resto de los documentos contractuales, prevalecerá lo indicado en los pliegos. El presente contrato está sujeto a regulación armonizada. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos que se especifican de forma expresa en el artículo 44 de la LCSP. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 60, ambos inclusive, de la LCSP. Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. La presente invitación y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008 por la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. En todo lo no establecido en las bases de la Convocatoria se estará a lo que disponga el Derecho civil. La Fundación tiene plena competencia para la tramitación de la concesión y adjudicación de las ayudas, sin que su decisión pueda ser recurrida o impugnable ante ninguna instancia administrativa. La legislación competente será en todo caso la española, siendo competente de todos los litigios o controversias la jurisdicción civil.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. De acuerdo a los establecido en el artículo 4 de Decreto 559 de 2020, los contratos que celebre la sociedad fiduciaria para la ejecución de los bienes, derechos e intereses de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias - COVID19, se someterán únicamente a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, con observancia de los principios de moralidad, eficacia, economía, celeridad imparcialidad y publicidad enunciados en el artículo 209 y con el control especial del Despacho del Contralor General de la Nación; así como lo dispuesto en el artículo 3 del Manual de Contratación de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias - COVID19- en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres –FNGRD y se adoptan otras disposiciones.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. La presente invitación publica y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, "Por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia. En cualquier caso, los proponentes deberán cumplir con los requisitos jurídicos, financieros, económicos y técnicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y no estar incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley, entre otras, las consagradas en la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. La presente Invitación Privada se regirá por el Acuerdo No 5 de Septiembre 12 de 2008, (Reglamento Contratación Compras y Pagos de la Universidad), Decisión de la Honorable Consiliatura de la Universidad Libre mediante SG- 156/2018 en sesión del 21 xx Xxxx de 2018 donde se autorizó a cada Seccional a manejar su contrato de vigilancia; las Resoluciones Nos 02595, 02596, 02597, 02598, 02599 y 02600 del 11 de diciembre de 2003, Resolución 00510 de 16 xx Xxxxx de 2004 y Resoluciones Nos. 0665 y 0666 del 00 xx xxxxx xx 2004, de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, así como por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio demás normas concordantes, y por la presente invitación pública. En caso de contradicciones entre la invitación privada y la Ley, primará lo establecido en la Ley y demás Normas. Cuando se llegaren a presentar vacíos en la invitación estos se suplirán con la Ley y demás Normas concordantes. No ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR DE ENCUENTRO 1 Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones en un periódico de amplia circulación Nacional. 7 de Noviembre de 2019 No aplica 2 Publicación xxx Xxxxxx en la página web de la Universidad Libre. 7 de Noviembre de 2019 No aplica 3 Visita al Sitio en el que se desarrollará el proyecto. 12 de noviembre de 2019 10:00 A.M. Oficina Servicios Generales Universidad Libre Seccional Barranquilla Sede Principal – Xx 0 Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx 4 Presentación de dudas, inquietudes, observaciones y/o aclaraciones por parte de los proponentes. 14 de noviembre de 2019 08:00 A.M. a 05:00 P.M. e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxxxx.xxx.xx No aplica presentación vía telefónica y/o física 5 Respuesta de la Universidad Libre frente a las dudas, inquietudes y/o aclaraciones por parte de los proponentes respecto al Pliego de Condiciones. 18 de noviembre de 2019 Publicación en página web de la Universidad Libre Seccional Barranquilla xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx 6 Recepción de Propuestas de los servicios que se ofrecen. 21 de noviembre de 2019 De 08:00 A.M. a 12.00 P.M y de 01:00 P.M. a 04:00 P.M Oficina de Secretaría General. Segundo Piso Bloque Administrativo Universidad Libre Seccional Barranquilla Sede Principal – Xx 0 Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx A continuación, se hace una relación de las actividades a realizar en el concurso: El cronograma del proceso de selección podrá ser modificado solo por la Universidad Libre. Cualquier modificación será comunicada a través de la página web de la Universidad o a los correos ele...