CONDICIONES CONTRACTUALES Cláusulas de Ejemplo
CONDICIONES CONTRACTUALES. MULTAS CONQUITO, a través del administrador del contrato el cual establecerá el incumplimiento, fechas y montos, impondrá las multas por retardo o incumplimiento en la ejecución de las obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retardo; las multas se calcularán sobre el uno por mil (1x1000) de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato, en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Oficial de Contratación Pública y normativa conexa. Por cada día de retraso en la entrega y cumplimiento de las obligaciones contractuales adquiridas, el Administrador de Contrato aplicará la multa del uno por mil (1 por 1000) diario del valor correspondiente al porcentaje del incumplimiento realizado. Toda multa deberá ser notificada al proveedor, mediante actuación administrativa válida, de forma previa a ser descontada. En esta notificación se hará constar expresamente el valor que será descontado y las razones de su imposición. De esta manera, se procederá a la aplicación de multas previo informe del Administrador del Contrato y notificación al proveedor, quien tendrá 3 días término para presentar sus argumentos de descargo, si la contratista justifica el retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales, o el incumplimiento de las demás obligaciones contractuales, la multa no será aplicada, siempre que tal retardo sea calificado como fuerza mayor o caso fortuito por CONQUITO. Si el valor de las multas excede del cinco por ciento (5%) del monto total del contrato, CONQUITO podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente. La imposición de multas estará exenta en el evento de caso fortuito y fuerza mayor, definido en el artículo 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por CONQUITO, para lo cual se notificará al administrador del contrato dentro del plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días de ocurridos los hechos o de enterado el contratista de estos. De corrido este término de no mediar dicha notificación, se entenderán como no ocurridos los hechos que alega el contratista como causa de justificación y se le impondrá la multa prevista. Las multas serán retenidas de cualquier pago que se deba cancelar al contratista.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Esta sección constituye las condiciones contactuales a ser adoptadas por las partes para la ejecución del contrato.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Los contratos deben especificar con claridad el alcance de las obras por ejecutar o de los bienes por suministrar, los derechos y obligaciones del Prestatario y del proveedor o contratista, así como las funciones y autoridad del ingeniero, arquitecto o administrador de la construcción que hubiere sido contratado por el Prestatario para la supervisión y administración del contrato. Además de las condiciones generales del contrato, deben incluirse las condiciones especiales que se apliquen específicamente a los bienes por suministrar o a las obras por ejecutar, y a la ubicación del proyecto. Las condiciones del contrato deben indicar una distribución equitativa de los riesgos y responsabilidades.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Las condiciones generales de ejecución contractual serán entre otras las que aparecen a continuación:
CONDICIONES CONTRACTUALES. Las condiciones contractuales establecidas en las Condiciones Generales aplicables al Contrato de Compraventa (ver anexo 1) son aplicables a este contrato de venta, declarándose que han sido leídas, entendidas y aceptadas, de modo que ninguna otra condición de venta aplica. Nota. Toda corrección, eliminación u otra forma de alteración aquí efectuada, invalidará la oferta por completo
CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del instrumento contractual: El instrumento jurídico que resulte del presente procedimiento, será abierto por presupuestos mínimo y máximo, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 47 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “LA LEY”) y 85 de su Reglamento en adelante “EL REGLAMENTO”.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Siempre que aparezca en cualquier documento relacionado con estos términos de referencia la palabra CHEC, ésta se interpretará como CENTRAL HIDROELÉCTRICA ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ S.A. E.S.P.
CONDICIONES CONTRACTUALES. Anexos (Plan de Oferta, Planos, Especificaciones técnicas y formularios) Los documentos mencionados tienen como finalidad informar al Licitante sobre el alcance de las obras requeridas, los compromisos a que se somete con el Ministerio de Salud, en el caso de ser adjudicado y los procedimientos para elaborar y presentar la respectiva oferta. Posteriormente a la adjudicación, estas Bases pasarán de inmediato a formar parte del contrato, convirtiéndose por tanto, en norma de obligatorio cumplimiento para ambas partes. En las Instrucciones a los Licitantes se exponen todos aquellos datos que deben conocer para la elaboración de sus Ofertas, el procedimiento que deben seguir y los Anexos que deben utilizar para presentarlas. Se describen los datos que los Licitantes deben aportar para su identificación, el contenido técnico y económico que deben proporcionar referente al trabajo a efectuar y que servirá posteriormente para evaluar la oferta. Se indican los criterios de evaluación que se seguirán en la selección y se presentan los formularios relativos a toda la documentación para la Licitación. El Contrato, cuyo modelo forma parte de los documentos de estas bases, contiene los compromisos que el Contratista y el MINSAL adquirirán, por lo que el primero se compromete a ejecutar las obras y el segundo a pagar por ello al Contratista en la forma establecida en dicho contrato. En la Descripción del Proyecto y Especificaciones Técnicas se establece la magnitud y el alcance del trabajo a desarrollar, como la construcción y las características que deben tener los componentes de la obra total terminada. Finalmente, si algún Licitante tuviese dudas en cuanto a la interpretación de los documentos que conforman las bases de licitación o encontrara contradicciones, discrepancias u omisiones en ello, deberán notificarlo por escrito a la jefatura de la UACI-MINSAL. Si no hiciere las consultas correspondientes, quedará entendido que el Licitante, al formular su oferta, acepta que ésta sea evaluada, tal y como fue presentada, tomando en cuenta la condición más favorable para el MINSAL, por lo que después de este plazo previsto, no habrá reclamaciones de ningún tipo por parte de ningún Licitante a causa de la existencia de dudas en la interpretación de los documentos que forman las Bases de la Licitación. Deberá considerar que para la realización del Proyecto en el plazo estipulado en estos términos, se requiere la implementación de un programa de trabajo para la ejecución de ...
CONDICIONES CONTRACTUALES. No podrán tener vínculo de dependencia con la ANV, los propietarios, directivos y/o personal alguno de la empresa licitante.
