DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD Cláusulas de Ejemplo

DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. La ERT tiene la necesidad de dar cumplimiento al alcance del Convenio Especial de Cooperación No. 0286 de 2013 para la puesta en marcha de la iniciativa “VIVE DIGITAL REGIONAL” celebrado entre FIDUBOGOTÁ S.A., Departamento xxx Xxxxx del Cauca y la Empresa de Recursos Tecnológicos E.S.P., el cual tiene por OBJETO: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para impulsar el ecosistema digital en el Departamento xxx Xxxxx del Cauca, a través de la ejecución del proyecto Xxxxx del Cauca Vive digital”. Dicho servicio, está orientado en lo establecido en el Manual de Ejecución No 3 de Vive Digital. Previo cumplimiento de los requisitos exigidos, y otros elementos componentes del proyecto descritos en el presente documento. De acuerdo con la definición de Director del Proyecto, es el líder del proyecto en cuanto a la parte técnica, encargado de garantizar el cumplimiento de los objetivos, depende jerárquicamente del Comité Regional suministrando información oportuna para la toma de decisiones necesarias para la correcta ejecución del proyecto. El Director del proyecto es la persona que presenta los informes técnicos que complementan los informes mensuales de avance para todos los interesados en las fechas y formatos establecidos según el manual. Como también en cumplimiento de los términos de la convocatoria 601-2012 de Colciencias, además de la descripción del proyecto, se debía proponer el operador y el Gerente de Proyecto como requisito para la aprobación de las propuestas presentadas. De acuerdo a lo establecido en el manual de contratación se debe realizar una convocatoria abierta al público para la selección del gerente del proyecto. Debido a lo anterior se hace necesario que la convocatoria abierta para la contratación del Gerente de Proyecto se realice de manera abierta para darle transparencia al proceso, pero a la vez, se debe exigir como mínimo factor de escogencia, el perfil del gerente propuesto, con el cual se aprobó el proyecto. Por tal motivo se requiere realizar la contratación del gerente de proyecto que permita cumplir a cabalidad con el Convenio Especial de Cooperación No. 0286 de 2013 VIVE DIGITAL REGIONAL celebrado entre FIDUBOGOTÁ S.A., el Departamento xxx Xxxxx del Cauca y la Empresa de Recursos Tecnológicos E.S.P., garantizando la transparencia en el proceso mediante la invitación abierta.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, que regula el proceso de la edificación en general, establece en su artículo 3.2 que el Código Técnico de la Edificación será el marco normativo regulador de las exigencias básicas de calidad de los edificios y de sus instalaciones. Asimismo, su artículo 14 consideró a las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación como agentes de la misma, a la vez que la Exposición de Motivos define al sector de la edificación como uno de los principales sectores económicos con evidentes repercusiones en el conjunto de la sociedad y en los valores culturales que entraña el patrimonio arquitectónico, planteando que el proceso de la edificación, por su directa incidencia en la configuración de los espacios, implica siempre un compromiso de funcionalidad, economía, armonía y equilibrio medioambiental de evidente relevancia desde el punto de vista del interés general; así se contempla en la Directiva 85/384/CEE de la Unión Europea, cuando declara que "la creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público", a la vez que se planteaba la necesidad de que por los distintos agentes que participan a lo largo del proceso de la edificación se fijaran las obligaciones que corresponden a cada uno de ellos, de las que se derivan sus responsabilidades. En este marco, es el art.14 de la citada norma la que regula qué son las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación, consideradas las entidades de control de calidad, como aquéllas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable, mientras que los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, son los capacitados para prestar asistencia técnica mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación, siendo unos y otros unidades de imprescindible participación en el proceso constructivo. Por su lado, el Real Decreto 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación CTE, completó ese nuevo marco normativo suponiendo una nueva regulación, incluyendo desde la exigencia del es...
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. El Gobierno Nacional en septiembre de 2015, lanzó un nuevo enfoque estratégico para enfrentar el problema de las drogas ilícitas en el país. Este nuevo enfoque se basa en el respeto a los derechos humanos, la salud pública y el desarrollo humano. Sus objetivos específicos son los siguientes: a) Reducir el delito asociado al narcotráfico orientando los esfuerzos del Estado prioritariamente hacia la lucha contra los eslabones intermedios y superiores de esta cadena (procesamiento, tráfico y lavado de activos, entre otros), que son los principales beneficiarios de las utilidades xxx xxxxxxx de las drogas y los generadores de violencia, corrupción y vulnerabilidad social. b) Incrementar las capacidades nacionales y territoriales para reducir las vulnerabilidades de las zonas afectadas por la problemática de las drogas ilícitas, mediante el mejoramiento de las condiciones sociales, económicas, políticas y de seguridad de los territorios y su población. c) Atender integralmente el consumo de sustancias psicoactivas desde los enfoques de salud pública, derechos humanos y desarrollo. En la búsqueda de una paz estable y duradera y la terminación definitiva del conflicto armado, el 24 de noviembre de 2016 se suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El preámbulo de dicho acuerdo señala como eje central de la paz impulsar la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional, en especial en múltiples regiones doblegadas hoy por el abandono, por la carencia de una función pública eficaz y por los efectos del mismo conflicto armado interno. El acuerdo desarrolla cinco ejes temáticos relacionados con i) una reforma rural integral; ii) participación política;
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. 1. La Empresa Social del Estado HOSPITAL XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX, tiene por objeto la prestación de los servicios de salud, entendidos como servicio público esencial a cargo del estado y como parte del servicio público de la seguridad social, en los términos de la Ley 100 de 1993.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. La CENTRAL DE TRANSPORTES DE TULUA S.A., es una Sociedad de Economía Mixta con participación del Estado superior al 90%, descentralizada del orden municipal, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, cuyo fin social es la prestación de servicios al transporte intermunicipal en general. Que al interior de los procesos de la sociedad se tiene contemplado el suministro de la alimentación de los funcionarios e instituciones encargadas de la operatividad y seguridad de la terminal, con un contratista que los realice bajo su propia autonomía y responsabilidad, de acuerdo con la oferta y demanda del servicio en la empresa, los cuales son necesarios para el desarrollo y cumplimiento de sus fines, esencialmente los de producir y prestar servicios al transporte en el Municipio de Tuluá. De acuerdo a las reglas para la contratación establecidas y el Manual de Contratación de la sociedad, de acuerdo al objeto a contratar y en virtud del principio de transparencia, el presente proceso corresponde al de contratos cuya cuantía supera la mínima cuantía, por lo tanto se procederá a realizar una invitación.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. Que el Artículo 99 xx Xxx 1530 de 2012, señala: Que el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación de Regalías (SMSCE), es el conjunto de actores, normas, procedimientos y actividades que tienen como finalidad velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema General de Regalías. Se desarrollará de manera selectiva, con énfasis en acciones preventivas, sin perjuicio de las funciones que correspondan a las autoridades competentes en materia de inspección, vigilancia y control fiscal o disciplinario; y de investigación, acusación y juzgamiento de carácter penal. Que los principios de buen gobierno, gestión pública orientada a resultados, oportunidad, transparencia, participación y servicio al ciudadano, y lucha contra la corrupción, determinarán el ejercicio de las funciones asignadas a este Sistema.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. La UIAF, es una Unidad Administrativa Especial del Estado colombiano, con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada por la Ley 526 de 1999, reglamentada por el Decreto 1497 de 2002, y cuyo fin legal es el de prevenir y detectar el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Actividades como realización operativa de eventos no se encuentran dentro de sus funciones misionales y conforme al personal específico asignado a esta entidad no se puede delegar dichas funciones a determinado personal. Por ello se requiere contratar un Operador logístico que preste los servicios para la Realización de la XXIX Plenaria de Representantes del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica GAFISUD” en Cartagena de Indias del 7 al 11 de julio de 2014. Conforme a lo siguiente: El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) fija estándares y promueve la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional. Las 40 recomendaciones emitidas sobre los Estándares Internacionales sobre la Lucha contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la proliferación del GAFI, involucran de manera directa y taxativa a las Unidades de Inteligencia Financiera en su lucha desmedida contra estas amenazas. La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), nace como resultado de la preocupación internacional de como las organizaciones criminales permean los sistemas financieros y económicos a nivel mundial, con el único objetivo de “blanquear” las ganancias obtenidas de actividades ilícitas. Es así como en el año 1999 el Estado colombiano, acogiéndose a estas recomendaciones expide la Ley 526, 5 modificada por la ley 1121 de 2006, como instrumento legal para hacerle frente a la Amenaza Financiera y Económica que genera el lavado de activos y la financiación del terrorismo. No obstante, la creación de la UIAF, también obedece a la adopción de Colombia de la Convención Interamericana de lucha contra el Terrorismo, (ley 808 de 2003) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ley 970 de 2005). Adicionalmente, se señala, que la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, con la expedición de la Ley 1621 de 2013, fue reconocida como el Organismo de Inteligenci...
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. Con la estructuración y ejecución del Proyecto, el Fondo Adaptación pretende mitigar los riesgos e impedir la prolongación de los efectos generados en el área de influencia del Canal del Dique por la emergencia invernal presentada en el país en el 2010 y 2011, mediante la ejecución de un plan de manejo hidrosedimentológico y ambiental del sistema del Canal del Dique, que tome en consideración las problemáticas asociadas o relacionadas con el incremento de los caudales que produjo la rotura de un tramo del dique carreteable entre Calamar y Xxxxxxxxx, y que propenda, además la corrección de otros problemas de índole ambiental presentes en el área de influencia del Canal, con base en los diferentes diagnósticos y alternativas de solución que han sido planteados por las autoridades ambientales, y con apoyo en los diferentes estudios y diseños realizados desde el año 1997.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. Consiste en la identificación del bien o servicio que Celsia requiere, en términos de canti- dad, calidad y demás especificaciones definidas, por parte del área solicitante.
DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD. -Asegurar el funcionamiento continuo y eficaz de la Unidad de Hemodiálisis del Hospital de la Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 9a1dd3e5-aa04-9485-544688252572