DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4 Etapa Fecha, hora y lugar
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN3 Etapa Fecha, hora y lugar
Cancelación del proceso de selección El proceso puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea responsabilidad de la entidad:
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN RECURSO DE APELACIÓN
PROCESO DE SELECCIÓN La conducción del proceso de selección en todas sus etapas estará a cargo de un Comité de Selección, en función al servicio convocado, integrado por 03 miembros, designados para tal fin. El proceso de selección de personal consta de las siguientes etapas:
Solución De Controversias Durante El Procedimiento De Selección RECURSO DE APELACIÓN
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente acuerdo marco las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, en la Ley autonómica 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en el apartado 4 de la cláusula 1 del presente pliego. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 55.1 del TRLCSP. Para la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP, se aplicarán los criterios que se especifican en el apartado 4 de la cláusula 1 del presente pliego. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 5 de la cláusula 1.
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN