RECURSOS HUMANOS Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS HUMANOS. 6.1 Proporcionar el organigrama de la empresa 6.1 Comprobar documentalmente que proporcionan el organigrama de la empresa.
RECURSOS HUMANOS. Para la ejecución de los trabajos objeto de este Concurso, el adjudicatario dispondrá del siguiente equipo humano: • Personal propio que, con plena dedicación, se destinará en el HUC. • Personal propio que, con dedicación no exclusiva, esporádicamente podrá intervenir. • Personal ajeno, subcontratado por el adjudicatario para ejecutar trabajos específicos. En cualquier caso, los medios humanos empleados serán por cuenta y responsabilidad del adjudicatario. El adjudicatario dispondrá de un teléfono móvil corporativo de urgencias, atendido las 24 horas de día y todos los días de la semana, cuyo número será facilitado por el Hospital, así como móviles corporativos y/o inalámbricos DECT para localización del personal en turno dentro del HUC. El licitante indicará en su oferta los recursos humanos que pondrá a disposición del servicio ofertado, con indicación de categoría y especialidad, que estará formado como mínimo por la siguiente plantilla: • Un (1) Ingeniero Técnico Industrial o Ingeniero Industrial, con dedicación parcial. Será el responsable del servicio e interlocutor válido con el Hospital, así mismo realizará las funciones de Director Técnico de la instalación. Tendrá experiencia en el puesto, debiendo incluirse en la oferta su currículo y el porcentaje de dedicación previsto. Su jornada laboral será no presencial, estando localizable todos los días laborables en jornada de mañana y tarde, para lo cual el adjudicatario facilitará un número de teléfono móvil de contacto. • Un (1) técnico Jefe de Equipo encargado de coordinar al personal y de planificar los trabajos, así como de desarrollar la conducción de las instalaciones y el mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo. Tendrá experiencia demostrable en el puesto y su jornada laboral será de turno fijo todos los días laborables, de lunes a viernes. • Un mínimo de seis (6) técnicos de mantenimiento, que garantizarán en todo momento la prestación del servicio. Para ello: o Se recomienda que al menos sean dos (2) fontaneros, un (1) electricista y dos (2) técnicos en frío y calor. o Este personal estará a turnos rotativos de mañana, tarde y noche, y cubrirán en presencia física el servicio las 24 horas del día, todos los días del año. o El turno de noche estará cubierto siempre como mínimo por un (1) técnico, e igualmente los turnos de mañana y tarde de los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos. o No se admitirá bajo ninguna circunstancia que queden turnos descubiertos como consecuencia de bajas, vacacion...
RECURSOS HUMANOS. Los recursos humanos se componen de todo el personal que el Consultor pudiera requerir para cumplir con sus obligaciones completa, oportuna y cabalmente. El equipo de trabajo debe mantenerse vinculado durante todo el plazo de la correspondiente consultoría y debe ser acreditado en los términos establecidos en el presente Anexo y Pliego de Condiciones.
RECURSOS HUMANOS. Jefe de Personal 1.412,93 € 21.193,95 € 11,99 € 20,99 €
RECURSOS HUMANOS. La Agencia se organiza en una estructura, de una parte, central y, de otra, periférica. La primera de ellas cuenta con los siguientes órganos de dirección unipersonales, Presidencia, la Dirección-Gerencia y las Direcciones Generales, que en su caso se establezcan, que de conformidad con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, son la Dirección General de Políticas Activas de Empleo y Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral. A nivel periférico, en el territorio, se integra por las Direcciones Provinciales, las Áreas Territoriales de Empleo y las Oficinas de Empleo. Actualmente, la Agencia cuenta en esa estructura central y periférica con los siguientes efectivos: PERSONAL FUNCIONARIO PERSONAL INTERINO PERSONAL LABORAL VI C.C. TOTAL PERSONAL SIHRUS ALPES EJE. SENTENCIAS, PROMOTORES, MEMTAS Y UO ESCUELAS FORMACIÓN FUNDACIÓN TOTAL PERSONAL LABORAL PROPIO TOTAL GENERAL TOTAL EMPLEADOS PÚBLICOS 867 335 277 1479 568 181 156 1071 1976 3455 Total Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Servicios Centrales Personal funcionario e interino 1.141 84 000 000 000 77 112 162 191 118 Personal laboral de la Junta de Andalucía 248 12 29 23 27 8 23 35 81 10 Personal laboral de la Agencia 1976 142 306 215 219 163 135 197 280 319 TOTAL 3.000 000 000 354 390 248 270 394 552 447 00172330 De conformidad con los dispuesto en los Estatutos del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, aprobado por Decreto 96/2011, de 19 xx xxxxx, la ordenación de los puestos de trabajo de la Agencia se articula a través de dos instrumentos, la relación de puestos de trabajo y el catálogo. La elaboración de los mismos corresponde a la Dirección Gerencia, que los desarrollará teniendo en cuenta el marco de la negociación colectiva y respetando lo establecido en los convenios colectivos de aplicación. Por otra parte, en la actualidad el personal propio de la Agencia se encuentra sujeto a distintos Convenios Colectivos, fruto de la incorporación a la Agencia de personal proveniente de distintas entidades que ya tenían su propia regulación convencional. En este sentido, en aras a la homogeneización de las condiciones de trabajo de todo el personal propio de la Agencia se es consciente de la necesidad de promover la negociación de un único Convenio Colectivo que abarque a todo este personal, conforme al marco jurídico y presupuestario vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1...
RECURSOS HUMANOS. La concesionaria deberá contar con el número de 5 personas para la atención de los comensales que acuda al servicio de té y al comedor, estos deberán estar capacitados para desempeñar el tipo de trabajo, para el cual fueron contratados, bajo ningún motivo deben presentarse al trabajo en estado de ebriedad o enfermos. Debe aclararse que no existe ninguna relación obrero patronal entre el M.E.F.P. y la concesionaria (servicio de alimentación) y/o su personal.
RECURSOS HUMANOS. Para la realización de los trabajos que son objeto de este contrato, el adjudicatario destinará al contrato el personal técnico, que figurará en el programa de trabajo a aportar por el empresario y cuya relación numérica será inicialmente la propuesta en su oferta. Este personal será propio de la empresa y terminará su servicio en el Centro simultáneamente al término del contrato de servicios.
RECURSOS HUMANOS. 4.1.1. PERSONAL PROFESIONAL El consultor en su propuesta técnica ofertará un equipo profesional colegiado, con experiencia y amplios conocimientos para cumplir con los alcances del servicio indicado siendo el equipo mínimo indispensable el siguiente: * Jefe de Proyecto- Ingeniero Civil . * Jefe de Campo-Ingeniero Mecánico Eléctrico. * Asistente de Gabinete-Ingeniero Civil Esta relación no es limitada y las actividades o servicios que efectúen no son necesariamente exclusivos, pudiendo efectuar el profesional especialista el cargo de Jefe de Proyecto. El equipo profesional ofertado en la Propuesta Técnica deberá ser obligatoriamente el que desarrolle los servicios contratados salvo casos de fuerza mayor debidamente sustentado y aceptado por la Entidad Contratante. En caso de presentarse esta eventualidad el consultor solicitará a la entidad contratante un sustituto con un Currículum Vitae por lo menos similar al reemplazado. El incumplimiento de este requisito o la disconformidad de la Entidad Contratante al respecto, podrá ser causa de rescisión o resolución de contrato.
RECURSOS HUMANOS. El adjudicatario deberá mantener en todo momento la plantilla mínima que resulte ne- cesaria para la debida prestación del servicio y, en cualquier caso, la que resultara de obli- gado cumplimiento en función de los ratios establecidos por la legislación específica de aplicación al servicio -si la hubiere-, con independencia de los derechos sociales de los tra- bajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan, realizando al efecto las contrataciones de personal que sean precisas y en la modalidad que legalmente corresponda. Los gastos de personal no serán repercutibles, en ningún caso, al Ayuntamiento, de- biendo estar incluidos en los cálculos que hubiera efectuado el licitador para presentar su oferta, que será el documento que obligará a las partes durante toda la vigencia de la con- cesión. En ningún caso responderá el Ayuntamiento del personal que el concesionario adscriba al servicio, ni durante el plazo de vigencia del contrato ni a su conclusión, quedando ex- presamente prohibida la sucesión de empresas en el servicio regulada en el Texto Refun- dido del Estatuto de los Trabajadores vigente. El adjudicatario se sujetará estrictamente a la normativa vigente en materia social y la- boral, siendo a su cargo todos los gastos derivados de este cumplimiento. A este fin se confeccionarán los documentos “TC1” y TC2” correspondientes o los que en su caso los sustituyan y se realizarán las cotizaciones que procedan a la Seguridad Social, retencio- nes de IRPF, etc. El Ayuntamiento podrá solicitar al adjudicatario la presentación de los do- cumentos de cotización y retenciones de IRPF relativos a los trabajadores afectos al Servicio.
RECURSOS HUMANOS. El personal que preste el servicio objeto del contrato dependerá laboralmente y a todos los efectos legales de la empresa contratista que deberá cumplir las siguientes obligaciones:  Adscribir el personal necesario para la buena ejecución del contrato.  Pagar puntualmente los salarios y seguridad social de sus trabajadores.  Cumplir fielmente todas las obligaciones que le corresponde como empleador en especial las de seguridad y prevención de riesgos laborales.  Nombrar un encargado que controle y coordine a los trabajadores de limpieza.  Suplir de modo inmediato, las ausencias del personal de los puestos de trabajo que se puedan producir por cualquier causa como: incapacidad temporal, vacaciones, permisos etc., de tal forma que siempre realicen su trabajo el mismo número de trabajadores para dar cumplimiento a las horas contratadas.  Vigilia que sus trabajadores actúen con la debida educación y respeto en su relación con el personal del centro y el público visitante.  Comunicar formalmente al responsable del centro cualquier incidencia que se produzca en relación a paros y huelgas de su personal con objeto de que se tomen las medidas oportunas. A los efectos previstos en el art. 120 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se incluye en Anexo al presente Pliego la información facilitada por las actuales empresas adjudicatarias del servicio del personal que en la actualidad presta servicios en cada uno de los espacios.