Otros permisos Cláusulas de Ejemplo
Otros permisos. 1) Para la atención de enfermedad de menores hasta 9 años de edad se dispondrá, previo aviso y justificación posterior, del tiempo necesario, a condición de recuperar posteriormente el tiempo de ausencia.
2) En caso de fallecimiento de cónyuge o hijos/as de la persona trabajadora, sin perjuicio de lo establecido en el cuadro de licencias del artículo anterior, podrá solicitar permiso sin retribución, con derecho del puesto de trabajo, por un periodo no superior a tres meses a contar desde la fecha en que se produjo el fallecimiento. Asimismo, se podrá solicitar en caso de enfermedad grave del cónyuge, entendiéndose por esta la que requiera ingreso hospita- ▇▇▇▇▇ de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y/o tratamiento continuado de la enfermedad, acreditado por informe médico competente, en base al perfil y siguiendo los requisitos que establece el Real Decreto 1148/2011.Tendrá la misma consideración la pareja de hecho de la persona trabajadora. Aquellos trabajadores/as que hubiesen disfrutado de dichos tres meses de permiso sin retribución, deberán comunicar su reincorporación al servicio al menos cinco días antes de expirar dicho período, causando baja definitiva si no respetasen esta condición.
3) Para los trabajadores/as afectados por el presente convenio se establece un permiso por asuntos particulares de 8 horas al año, las cuatro primeras tendrán carácter no recuperable, mientras que las horas quinta a octava deberán ser recuperadas de acuerdo con las necesi- dades del servicio. Los trabajadores/as deberán solicitarlo con una antelación mínima de 48 horas, y su concesión será obligatoria para la empresa siempre que el número de ausencias al trabajo no superen el diez por ciento de las y los empleados de la categoría profesional y turno del solicitante, no teniendo en cuenta a estos efectos la ausencia al trabajo por vacaciones o por horas sindicales. Este tiempo de permiso retribuido no podrá anexarse a los periodos de vacaciones.
4) El permiso por lactancia que al personal concede el artículo 37.4 del Estatuto de losTraba- jadores podrá ser sustituido por voluntad del solicitante, por una licencia retribuida de 15 días laborables que habrá de ser disfrutada sin solución de continuidad a continuación del disfrute de la baja por maternidad. Esta acumulación tendrá lugar siempre y cuando el trabajador preste servicios hasta el momento en el que el menor cumpla la edad que pone fin a dicho derecho.
Otros permisos. El régimen de permisos, según las causas y duración, queda establecido de la siguiente forma:
1. Por razones personales o particulares.
1.1 Por traslado de domicilio.
1.1.1. Cuando el traslado se produzca dentro de la localidad de residencia, un día.
1.1.2. Si el traslado tuviera lugar en distinta localidad pero dentro de la misma provincia, dos días.
1.1.3. En los casos en que se produjera en distinta localidad perteneciente a distinta provincia, cuatro días.
Otros permisos. El Contratista deberá tramitar la aprobación de los Proyectos técnicos Instalaciones de gas, Hidrosanitarias y Eléctricas ante las empresas prestadoras del servicio, estudios especiales ante las CAR, oficina de tránsito, oficina de planeación de gestión de riesgo y todas aquellas que aplique según el estudio que se realice y entregar a la Interventoría y a la UG-FFIE copia de los mismos. Previo al inicio de la Fase según aplique El Contratista antes del inicio de la Fase 2 deberá tramitar y obtener ante las autoridades correspondientes todos los permisos adicionales a las aprobaciones de estudios y diseños que apliquen para el inicio de la Fase 2 tales como: Licencias de explotación de las fuentes de materiales, cruce de vías, ingreso de personal, excavaciones o retiro de capa vegetal, demoliciones en caso que aplique, intervenciones de espacio público, tala de especies vegetales etc.
Otros permisos. 5.1. Quienes presten servicio los días 24 y 31 de diciembre disfrutarán de dos días de descanso por cada uno de ellos, pudiendo ser acumulados al período de vacaciones.
5.2. El personal fijo que acredite su colaboración con alguna ONG, debidamente inscrita en el registro correspondiente, podrá disfrutar de un período de permiso de hasta seis meses sin retribución, que podrá ser ampliado previa deliberación de la Comisión del Convenio y autorización de la Dirección General de la Función Pública. La solicitud de este permiso deberá presentarse, al menos, con dos meses de antelación a la fecha en que se pretenda hacerlo efectivo, salvo situaciones de urgencia debidamente acreditadas. Para poder disfrutar de un segundo permiso por esta causa, deberá al menos haber transcurrido tres años desde la finalización del anterior.
5.3. Podrá concederse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, una reducción de jornada por razones particulares de un tercio de la misma. En este caso, el personal percibirá un 75 % de sus retribuciones, tanto básicas como complementarias, con inclusión de los trienios. Idéntico porcentaje se aplicará a las pagas extraordinarias en el caso de que hubiese prestado o prestase, en su caso, una jornada de trabajo reducida en los períodos anteriores al de devengo de las citadas pagas.
5.4. Por la Comisión del Convenio podrá estudiarse otras causas susceptibles de concesión de permisos retribuidos.
Otros permisos. La Interventoría deberá efectuar el acompañamiento técnico para los trámites que el Contratista de obra debe realizar en pro de la aprobación de los Proyectos técnicos Instalaciones de gas, Hidrosanitarias y Eléctricas ante las empresas prestadoras del servicio, estudios especiales ante las CAR, oficina de tránsito, oficina de planeación de gestión de riesgo y todas aquellas, y deberá solicitar al Contratista, copia de los mismos. Previo al inicio de la Fase según aplique. La Interventoría deberá efectuar el acompañamiento técnico, ya que previo al inicio de la Fase 2, el Contratista de obra deberá tramitar y obtener ante las autoridades correspondientes todos los permisos adicionales a las aprobaciones de estudios y diseños que apliquen para el inicio de la Fase 2 tales como: Licencias de explotación de las fuentes de materiales, cruce de vías, ingreso de personal, excavaciones o retiro de capa vegetal, demoliciones en caso que aplique, intervenciones de espacio público, tala de especies vegetales etc.
Otros permisos. 5.1. Quienes presten servicio los días 24 y 31 de diciembre disfrutarán de dos días de descanso por cada uno de ellos, pudiendo ser acumulados al período de vacaciones. Cuando los días 24 y 31 de diciembre coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se añadirán dos días adicionales de permiso por asuntos particu- lares y acumulables a los previstos en el apartado 1.2.1. Esta compensación es incompatible con los días de descanso por prestación de servicios durante los días 24 y 31 de diciembre. Festividades laborales que coincidan en sábado. 61 Cuando en un año natural alguna o algunas de las festividades laborales de ámbito nacional no sustituible por las Comunidades Autónomas, propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de carácter local, retribuida y no recu- perable, coincida en sábado, se añadirán, como máximo, dos días de permiso en ese año, que podrán acumularse a las vacaciones anuales y a los días por asuntos particulares. Estos días se disfrutarán en los mismos términos pre- vistos para los días de asuntos particulares.
Otros permisos a. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, sin que pueda superarse por este concepto la quinta parte de las horas laborales en cómputo trimestral. En el supuesto de que el trabajador perciba retribución o indemnización por el cumplimiento del deber, se descontará su importe de las retribuciones.
b. Por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de un Tribunal de Selección o Comisión de Valoración, con nombramiento de la autoridad competente como miembro del mismo.
Otros permisos a) Además, durante el año, los empleados municipales tendrán derecho a disfrutar de hasta seis jornadas de permiso por asuntos propios o particulares.
b) Se celebrará el día del patrón ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, que será trasladado a día laborable en aquellos años que coincida con sábado o festivo. Para estrechar lazos entre los trabajadores y la corporación, el Ayuntamiento desarrollará ese día, actividades lúdico-deportivas. El trabajador que no se adhiera a esas actividades, deberá trabajar durante esa jornada. A los funcionarios de Policía Local que trabajen ese día, se le computará como festivo.
c) El permiso por matrimonio o legalización e inscripción en el registro de parejas de hecho, será de 20 días naturales.
d) El Ayuntamiento de Ceutí, permanecerá cerrado los días 24 y 31 de diciembre a excepción de los servicios del Registro General. A los empleados públicos que trabajen los días mencionados, se les computarán como festivos trabajados. Sin perjuicio de las licencias y permisos comprendidos en este artículo, será de aplicación la legislación vigente más favorable, en el caso de licencias y permisos para los Empleados.
Otros permisos. Se podrá disfrutar de una disminución de jornada de hasta dos horas en un mismo día, pudiendo ser esta al principio o final de la misma, teniendo que recuperarse en los siguientes 15 días. Este permiso sólo podrá disfrutarse un máximo de una vez por cuatrimestre y se deberá comunicar al Responsable con un día de antelación al disfrute de las dos horas de flexibilización así como la fecha en la que se recuperará dicho tiempo. Este permiso no se podrá disfrutar si no se puede asegurar la cobertura del servicio. Los trabajadores y trabajadoras de Accem podrán disfrutar de cuantos otros permisos estén expresamente reconocidos en el Convenio Sectorial de aplicación.
Otros permisos el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo que se indica a continuación: - 2 días naturales por cambio de domicilio, como máximo 16 horas. - las horas necesarias para la celebración de exámenes liberatorios y demás pruebas de aptitud y evaluación en centros oficiales de Formación y de pruebas de ingreso en la Administración Pública, lo cual se acreditará mediante el oportuno justificante. - Resto de permisos recogidos en el e.T.
