Revisiones periódicas Cláusulas de Ejemplo

Revisiones periódicas. Cada 2 años realizar una inspección general del pavimento .- Cada 4 años es conveniente hacer un repaso del estado de las juntas entre baldosas. Revisiones Periódicas: .- Poner tapas o deslizadores de plástico a las patas de los muebles. .- Revisar el estado de estos pavimentos para establecer un plan de actuación. .- Acuchillar y barnizar estos suelos. El contratista deberá indicar en el plan de mantenimiento preventivo anual, los metros cuadrados de acuchillado y barnizado de tarima o parquet que se compromete a realizar dentro del plan de mantenimiento preventivo. Revisiones Periódicas: .- Cada año repasar las juntas entre azulejos, para evitar la penetración de agua. .- Cada 2 años, sellar con material plástico o silicona las juntas entre los azulejos y los aparatos sanitarios de los baños.
Revisiones periódicas.  Cada año comprobar el estado de los distintos elementos. Se repararán si es necesario.
Revisiones periódicas. A las personas trabajadoras que, por estar en vías de promoción, tengan asignado un nivel de calificación inferior al del puesto que desempeñan, se les irá encuadrando progresivamente en el nivel que les corresponda en función de la formación y capacitación profesional que vayan adquiriendo y de las plazas vacantes que existan. Con este fin, la Jefatura del Departamento correspondiente enviará semestralmente una propuesta a la Dirección de Recursos Humanos en la que se indicará las personas trabajadoras promocionales, los niveles de calificación en los que se solicita encuadrarles y fecha de encuadramiento. La Dirección de Recursos Humanos notificará, con la debida antelación, dicha propuesta al Comité de Empresa y a la Dirección, la cual en base a las necesidades organizativas y aptitudes de las candidaturas aprobará o denegará la propuesta.
Revisiones periódicas. El órgano de contratación efectuará revisiones periódicas para comprobar el cumplimiento de lo establecido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el contrato. Se podrán realizar visitas de inspección con el personal municipal destinado a tales efectos y la encargada y/o jefe del servicio de la contrata. En dichas visitas se comprobará el estado de limpieza y si es acorde con lo establecido en este PPT y en la oferta del licitador. Por otro lado, los directores de colegios municipales y/o personas responsables de los diversos centros y dependencias serán notificados al comienzo del servicio de las propuestas de limpieza contratadas para cada una de las dependencias, así como de la duración de las mismas. A su vez, podrán alertar al Ayuntamiento xx Xxxxxx de cualquier anomalía que pueda producirse durante la ejecución de la limpieza en el centro del que es responsable. De observarse cualquier tipo de incumplimiento, se notificarán por escrito al interlocutor de la empresa adjudicataria las instrucciones precisas con el fin de que subsane las faltas o defectos observados en el plazo máximo de 24 horas. Si persiste el incumplimiento, se aplicará el régimen de penalidades establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Serán labores de la encargada del servicio la de informar constantemente a la Dirección Técnica municipal y Concejal delegado del Área de todos aquellos aspectos que afecten a la calidad, continuidad, anomalías o cualquier otra circunstancia que afecte al servicio, entrega de información de órdenes devenidas de la Concejalía Delegada, etc. Además, es la persona de enlace entre el Ayuntamiento xx Xxxxxx y el contratista para cualquier intercambio de información del servicio de limpieza. Las empresas licitadoras presentarán en sus PROPUESTAS O PROYECTOS DEL SERVICIO, un sistema de control del personal para que, por parte de la Concejalía Responsable del servicio, se pueda conocer el estado del mismo en todo momento. Se tratará de una aplicación informática/móvil – APP, que permita la localización de los trabajadores en los centros a los que estén destinados por la empresa, la fecha, la hora de entrada y de salida, las pausas, la descarga de informes, etc. - Deberá de poderse saber el momento y el lugar donde se encuentra cada trabajador. Geolocalización del trabajador. - El fichaje del trabajador se podrá realizar a través del móvil y poder observarse en cualquier momento. - La aplicación debe permitir la edición ...
Revisiones periódicas. Orden del Mº de Industria y Energía 31/03/81. BOE ( 20/04/81 ). Revisiones técnicas mínimas en elevadores. - Orden Mº Industria 11/10/88 BOE (21-10-88) Modificación de la Instrucción MIE-AEM1 - Normas EN 81.1 y EN 81.2 Normas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores . - IEC 65 “. Pruebas de trenzas de impulsos”. - EN 115 Normas de seguridad para la construcción y instalación de escaleras mecánicas y andenes móviles. - Orden 23.12.81 Dep. Industria y Energía DOGC 03.02.82 Aclaraciones de diferentes artículos del Reglamento de aparatos de elevación - Orden 30.11.84 Dep. Ind., Comercio y Turismo DOGC 12.12.84 Complemento de las condiciones técnicas que tienen que cumplir a los aparatos elevadores. - Orden 30.12.86 Dep. Industria DOGC 19.01.87 Normas de aplicación a Cataluña del Reglamento de aparatos de elevación y mantenimiento (EAM) y las ITC que lo despliegan. - Orden 14.05.87 Dep. Industria y Energía DOGC 15.06.87 Modificación Orden 30.12.86. - Orden 11.01.90 Dep. Industria y Energía DOGC 07.02.90 Modificación Art. 11.1 Orden 30.12.86, en lo referente a la colocación de puertas en las cabinas de los ascensores instalaciones a Cataluña. - Resolución 22.06.87 Decir. Gral. Seguridad y Calidad Industrial DOGC 20.07.87 Aplicación por entidades de inspección y control de condiciones técnicas de seguridad e inspección periódica. - Orden 09.04.84 DPTOP DOGC 30.05.84 - 04.02.87 - 07.02.90 Condiciones técnicas de seguridad a los ascensores. - Orden 31.05.99 DOGC 11.06.99 Aplicación del Real decreto 1314/1997 de disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores. Ascensores con marcaje CE - Ley 12/86 de la Jefatura del Estado 01/04/86. BOE ( 02/04/86 ). Atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos. - Ley 33/92 Jefatura del Estado 09/12/92 BOE (10-12-92) Modifica Ley 12/86 Atribuciones profesionales. - Ley 12/86 de la Jefatura del Estado 01/04/86. BOE ( 02/04/86 ). Atribuciones profesionales . - Ley 33/92 Jefatura del Estado 09/12/92 BOE (10-12-92) Modifica Ley 12/86 Atribuciones profesionales. - Xxxxxxx 000/00 Xx Vivienda 11/03/71 BOE (24-03-71) Normas para la redacción de proyectos y dirección - Ley de 21/10/99 Ley de Ordenación de la Edificación - Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales de la Seguridad Social de 5 /12/76 B.O.E. ( 28/10/76) Normas sobre la supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas de las edificaciones de la Seguridad Social. - R.D. 355/1980 del Mº d...
Revisiones periódicas. Revisar cada 2 años, y siempre que se observen anomalías. En los revestimientos cerámicos se tendrán en cuenta: la adherencia de las piezas a la pared (realizando unas pruebas de sonido al golpe), el estado de las juntas entre losetas y las juntas de dilatación. .- Revisar cada 4 años (por personal especializado, en caso xx xxxxxx natural) por si se ha producido algún deterioro, rotura, ahuecamiento, y fisuras. Se comprobará el grapado de las placas y se realizará una limpieza general. Tener en cuenta también la unión de las piezas entre si y con los huecos de fachada. Revisar también las juntas de dilatación, en caso de que las haya, observando si conservan el estado de elasticidad requerida para su buen funcionamiento, y las juntas del revestimiento con los cercos de puertas, ventanas, barandillas, etc.
Revisiones periódicas. Cada año comprobar el estado de los herrajes de las ventanas y balconeras, realizando las sustituciones necesarias. .- Cada año engrasar los herrajes de las ventanas, preferentemente con un sistema de engrase penetrante y antigoteo. .- Revisar cada año los anclajes de la cerrajería, tanto si son soldados como atornillados, y especialmente las fijaciones, tanto a paramentos verticales como horizontales .- Cada año se revisarán juntas y sellados de la carpintería. .- Cada 2 años vigilar los vierteaguas, su fijación y que no tengan fisuras. .- Cada 3 años comprobar la estanqueidad, estabilidad y defectos de acabado.
Revisiones periódicas. Dentro de los seis (6) meses a partir de la Fecha de Entrada en Vigencia de este Contrato y cada doce (12) meses de allí en adelante, las Partes revisarán los Estándares de Calidad de Servicio y harán los ajustes que sean aceptables mutuamente, con el fin de que reflejen con precisión, cualquier avance en la tecnología y en los métodos utilizados para llevar a cabo servicios análogos a los Servicios de O&M, y el aumento en el número de pasajeros, cantidades de carga movilizadas y actividades aeronáuticas en el Aeropuerto. Dichos ajustes serán remitidos a la ARESEP para su aprobación, cuando se trate de servicios aeroportuarios regulados por ésta. Las Partes reconocen la obligación de mantener niveles crecientes de la calidad del servicio durante el Plazo del Contrato, como consecuencia de la aplicación de los principios del mejoramiento continuo y sin perjuicio de los factores normales relacionados con las ampliaciones de infraestructura, la modernización de tecnología operativa y los aumentos en los volúmenes de pasajeros, carga y actividades aeronáuticas del Aeropuerto.
Revisiones periódicas. 40 4.- CUADROS DE REVISIONES PERIÓDICAS 41
Revisiones periódicas. La interventoría debe verificar el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas del proyecto. Para tal efecto realizará las correspondientes pruebas, ensayos de laboratorio, monitoreos, control de calidad, levantamientos topográficos y demás. Igualmente, debe reportar los daños que aparezcan en los trabajos ejecutados, señalando sus causas; ordenar la suspensión temporal de los trabajos que se estén ejecutando en forma similar, hasta tanto el contratista cumpla con las especificaciones estipuladas en el contrato. Si las fallas no son causadas por incumplimiento de lo especificado, deberá analizar y conceptuar sobre las alternativas de solución propuestas, a efecto de que sean aprobadas por el Gerente responsable del contrato.