Pliego de cláusulas administrativas particulares Cláusulas de Ejemplo

Pliego de cláusulas administrativas particulares. En el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares se determinará el uso y destino así como las características de la explotación previstos para los bienes de dominio público objeto de la concesión.
Pliego de cláusulas administrativas particulares. Art. 99 LCSP Art. 67 RGLCAP
Pliego de cláusulas administrativas particulares. Art. 132 -----
Pliego de cláusulas administrativas particulares. En el expediente se acompaña el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que se propone para regir en este contrato, cuyo contenido se ajusta a las necesidades de gestión y a las exigencias del procedimiento, en particular, a lo previsto en el art. 115 del TRLCSP y 67 del RGLCAP.
Pliego de cláusulas administrativas particulares. LF 6/2006, de 9 xx xxxxx (Contratos) - PROCEDIMIENTO: ABIERTO SIN PUBLICIDAD COMUNITARIA - TRÁMITE: ORDINARIO - FORMA: OFERTA MÁS VENTAJOSA ANEXO 2 PLAZO DE EJECUCIÓN Durante las Fiestas Patronales (del 24 al 30 julio) ANEXO 3 PENALIDAD DIARIA POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN (de 100.000,01 a 250.000,00) 50,00 € diarios. ANEXO 4 COSTE TOTAL DEL SERVICIO (INCLUIDO I.V.A.) (Presupuesto base o máximo de licitación) 91.000 € ANEXO 5 PLAZO PRESENTACIÓN PROPOSICIONES 18 días naturales ANEXO 6 INDICACIONES MUNICIPALES - Plazo de garantía ………………………………………………….... Hasta 30-09-2013. ANEXO 7 - POSIBILIDAD DECLARACIÓN DESIERTO ……………………… sí
Pliego de cláusulas administrativas particulares. 9. Diligencia del departamento de contratación
Pliego de cláusulas administrativas particulares. El pliego de cláusulas administrativas particulares está compuesto por las cláusulas administrativas y por siete anexos. En las distintas cláusulas se efectúan continuas remisiones, especialmente, a los apartados del Anexo I, en donde se concretan las estipulaciones aplicables a este contrato. Examinado el pliego de cláusulas administrativas, se comprueba que reúne el contenido exigido en el artículo 122.2 LCSP y en el artículo 67 RGLCAP, adecuándose a la normativa legal y reglamentaria que disciplina la contratación administrativa del sector público. Firmante: XXXXX XXXXX, XXXXXX Solo cabe señalar que en la cláusula 3.7 se establece que los licitadores presentarán sus ofertas en sobres. En cambio, el artículo 157.1 LCSP dispone que en el procedimiento abierto, la documentación acreditativa de los requisitos previos, relacionada en el artículo 140, deberá presentarse por los licitadores “en sobre o archivo electrónico”. A la luz de la Disposición adicional decimoquinta de la misma LCSP, que señala la preferencia del empleo de medios electrónicos en la presentación de ofertas, ese inciso habrá de interpretarse en el sentido de que la presentación de la documentación ha de efectuarse mediante archivo electrónico, y solo en los casos en que conforme a Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General Servicio Jurídico 11/02/2019 11:29:25 los apartados 3 y 4 de esa Disposición pueda eximirse de la obligación de emplear tales medios, a través de sobres. 11/02/2019 09:31:02 Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX Como expresa el Informe 2/2018 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, «a partir de la entrada en vigor de la Ley 9/2017 la regla general para la presentación de las ofertas es la utilización de los medios electrónicos, que sólo cede ante los casos tasados previstos en la citada disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, debiendo en cualquier caso justificarse la excepción de forma expresa, al exigirse que “los órganos de contratación indicarán en un informe específico las razones por las que se haya considerado necesario utilizar medios distintos de los electrónicos” (DA 15.ª, apartado 3 y 4 in fine)». A tal fin en el pliego de cláusulas administrativas particulares se establece que “ esta licitación no tendrá lugar mediante la presentación de ofertas por medios electrónicos, al no estar disponible ningún mecanismo de presentación telemática de ofertas según el informe emitido por el Centro Regional de Info...
Pliego de cláusulas administrativas particulares. 1. El pliego de cláusulas administrativas contendrá las condiciones que deban regir la licitación del contrato, así como los derechos y obligaciones de las partes. Al menos, el pliego contendrá la siguiente información:
Pliego de cláusulas administrativas particulares. Cada expediente contractual de suministro requiere que se elabore un pliego de cláusulas administrativas particulares, que será la ley del contrato y deberá ser aprobado por el órgano de contratación. El pliego elaborado y los criterios de solvencia y adjudicación establecidos deberán haber sido informados favorablemente por la Abogacía General y por la Intervención General. Si el PCAP se ajusta a modelos previamente informados, sus anexos deberán corresponderse con los modelos establecidos para los distintos procedimientos de adjudicación. En el pliego debe constar diligencia, efectuada por la persona titular de la jefatura del servicio con competencias en materia de contratación donde se indique que tanto el pliego como los criterios, han sido informados por la Abogacía General y la Intervención General, citando la fecha de los respectivos informes. Art.122 LCSP Art 8 y 34 LCPSREx Art. 67 RGLCAP
Pliego de cláusulas administrativas particulares. MANTENIMIENTO DE LAS CABINAS DE ALMACENAMIENTO DEL TRIBUNAL 2 | P á g i n a Ejercicio Importe Iva 2019 11.157,03 € 2342.97 € 2020 14.876,03 € 3.123,97 € 2021 14.876,03 € 3.123,97 € 2022 3.719,01 € 780,99 €