Indemnización Cláusulas de Ejemplo

Indemnización. El Contratista indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a su xxxxx al PNUD, a sus funcionarios, agentes y empleados contra todos los juicios, reclamos, demandas y res- ponsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidos los costos y gastos que se derivaren de actos u omisiones del Contratista o de sus empleados, funcionarios, agentes o subcontratistas en la ejecución del presente Contrato. Esta cláusula será aplicable también, entre otras cosas, a cualquier reclamo y responsabilidad que se vincule con indemnizaciones por accidentes de trabajo de los empleados del Contratista, así como responsabilidades por sus productos y por el uso de inventos o artículos patentados, material protegido por derechos de autor o por otros derechos intelectuales que pudieren presentar el Contratista, sus empleados, funcionarios, agentes, personal a cargo o subcontratistas. Las obligaciones establecidas en el presente Artículo no caducarán al terminar el presente Contrato.
Indemnización. Cuando por cualquier causa se produjera la extinción del contrato de trabajo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente al salario correspondiente al período de descanso proporcional a la fracción del año trabajada. Si la extinción del contrato de trabajo se produjera por muerte del trabajador, los causa-habientes del mismo tendrán derecho a percibir la indemnización prevista en el presente artículo.
Indemnización. El Fideicomitente indemnizará, defenderá y sacará en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.
Indemnización. “EL PROVEEDOR” acepta expresamente que tanto durante el plazo de vigencia de este contrato, como después de su expiración, indemnizará a “LA PROCURADURÍA”, por cualquier daño o perjuicio que resulte o se derive de un acto ilícito, negligencia o violación del contrato por parte de “EL PROVEEDOR” o de su personal designado para la realización del objeto del presente contrato, así como de las acciones, juicios, demandas, costos y reclamaciones, que se originen como resultado de dichos actos.
Indemnización. El Estado está obligado (i) a indemnizar y sacar en paz y a salvo al Fiduciario y a los Acreedores, así como a cualquier Persona que controle al Fiduciario y a los Acreedores o a sus afiliadas, accionistas, consejeros, delegados fiduciarios, funcionarios, empleados, apoderados, asesores y demás personal, en caso de que se presente reclamación, procedimiento, juicio, demanda, responsabilidad, pérdida, daños, sanciones, acciones o sentencias que fueren presentadas, entabladas, dictadas o impuestas por cualquier Persona o autoridad competente en contra del Fiduciario y/o los Acreedores, así como a cualquier Persona que controle al Fiduciario y/o a los Acreedores o a sus afiliadas, accionistas, consejeros, delegados fiduciarios, funcionarios, empleados, apoderados, asesores y demás personal, y (ii) a rembolsar al Fiduciario y/o a los Acreedores, sus consejeros, delegados fiduciarios, funcionarios, empleados, asesores, apoderados y demás personal, cualquier costo, gasto o erogación de cualquier naturaleza (incluyendo gastos y honorarios de asesores legales y abogados) en que incurran, o cualquier daño o perjuicio que sufran en virtud de alguna reclamación, juicio, procedimiento, demanda, responsabilidad, pérdida, daño, sanción, acción o sentencia entablada, dictada o impuesta en contra del Fiduciario y/o de los Acreedores, así como a cualquier Persona que controle al Fiduciario y/o a los Acreedores o a sus afiliadas, accionistas, consejeros, delegados fiduciarios, funcionarios, empleados, asesores, apoderados y demás personal, en relación con la validez y legalidad del presente Fideicomiso o demás Documentos de la Operación, o cualesquiera actos realizados por el Fiduciario y/o los Acreedores así como a cualquier Persona que controle al Fiduciario y/o a los Acreedores o a sus afiliadas conforme a las instrucciones que reciba el Fiduciario por escrito del Estado o de los Acreedores, según corresponda, salvo que se trate de actos realizados con negligencia, dolo, mala fe u omisión en el encargo por parte del Fiduciario y/o los Acreedores. Lo anterior, en el entendido que el reembolso a que se refiere el presente párrafo deberá realizarse con las cantidades que formen parte del Patrimonio del Fideicomiso y únicamente en caso de que dichas cantidades sean insuficientes el Fiduciario podrá realizar un Requerimiento de Recursos para Gastos al Estado o a los Fiduciarios de Pago, según corresponda en términos de lo establecido en la Cláusula 9.2 del presente Contrato.
Indemnización. El Contratista indemnizará y mantendrá libre de toda responsabilidad a la CNH y cualquier otra Autoridad Gubernamental, incluido el Fondo, así como a sus empleados, representantes, asesores, directores, sucesores o cesionarios (y dicha obligación sobrevivirá a la terminación por cualquier motivo del presente Contrato o en caso que la CNH rescinda el Contrato) con motivo de cualquier acción, reclamo, juicio, demanda, pérdida, Costos, daños, perjuicios, procedimientos, impuestos y gastos, incluyendo honorarios de abogados y costas de juicio, que surjan de o se relacionen con cualquiera de los siguientes:
Indemnización. 14.1 De conformidad con lo establecido en esta Cláusula 14 (Indemnización), si un tercero efectúa una reclamación ya sea en contra de Usted o de Oracle (“Receptor”, que puede referirse a Usted o a Oracle según sea la parte que haya recibido el Material), en cuanto a que cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, servicio, datos, hardware, o material (en conjunto, el “Material”) suministrado por Usted o por Oracle (el “Proveedor”, que puede referirse a Usted o a Oracle según sea la parte que haya suministrado el Material) y utilizado por el Receptor viola los derechos de propiedad intelectual de dicho tercero, entonces el Proveedor, a su propio costo y cargo, defenderá al Receptor frente a la reclamación e indemnizará al Receptor por los daños, responsabilidades, costos y gastos que la autoridad judicial otorgue a favor xxx xxxxxxx como resultado de la reclamación, o del convenio de conciliación acordado por el Proveedor, siempre y cuando el Receptor:
Indemnización. Sin perjuicio de lo establecido en la sección 16 anterior, que en esta sección se aplicará en beneficio de ambas partes, en el caso de que (i) usted reciba una reclamación de terceros («Reclamación») de que los Servicios utilizados de acuerdo con su documentación y este Contrato o (ii) NT-ware reciba una reclamación de terceros de que los Servicios utilizados por usted de forma incompatible con la documentación y con este Contrato infringen los derechos de propiedad intelectual de dichos terceros, la parte que reciba la Reclamación será indemnizada por la otra por todos los costes y gastos legales razonables (respaldados por recibos o pruebas documentales válidas) que se deriven o se produzcan como resultado de dicha Reclamación; y cualesquiera daños directos resultantes de una sentencia o acuerdo final, siempre que facilite a la otra parte: (x) una notificación oportuna por escrito de la Reclamación, (y) toda la información y colaboración razonable con respecto a la defensa o al acuerdo sobre la Reclamación (a su xxxxx y cargo) y (z) plena (y exclusiva) autorización para defender o resolver la reclamación o demanda, siempre que esa parte pueda participar con el asesoramiento jurídico de su elección a su xxxxx y cargo y además siempre que cualquier parte de cualquier acuerdo o compromiso que constituyan un reconocimiento o requieran la participación de dicha parte, estará sujeta a la aprobación previa y por escrito de esa parte. No obstante lo anterior, la falta de notificación de la manera descrita no disminuirá las obligaciones de indemnización en virtud de este Contrato excepto en la medida en que dicha falta o una demora perjudique realmente la defensa. NT-ware no será responsable en virtud de esta sección 17 en la medida en que la reclamación por infracción se derive de (a) cualquier adición o modificación no autorizada de los Servicios; o (b) cualquier combinación de los Servicios con otro software o con dispositivos no suministrados por NT-ware o cualquiera de sus Distribuidores; o (c) el uso de los Servicios que no sea en relación con los dispositivos multifunción de marca Canon; o (d) cualquier modificación de uso u otro cambio realizado siguiendo las instrucciones que usted o un tercero facilite en su nombre. Si se presenta alguna demanda por infracción dentro del ámbito de esta Sección 17 contra usted o, si en opinión de NT-ware, los Servicios pueden ser objeto de tal demanda por infracción, NT-ware tendrá derecho a su elección a: (x) obtener pa...
Indemnización. El Contratista indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a su xxxxx al PNUD, a sus funcionarios, agentes y empleados contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidos todos los costos y gastos por litigios, honorarios de abogados, pagos y daños de liquidación, basándose o que surjan de o con relación a: (a) alegatos o reclamos sobre el uso por parte del PNUD de cualquier artículo patentado, material protegido por derechos de autor o por otros bienes o servicios brindados para el PNUD para su uso en virtud de los términos del presente Contrato, en todo o en parte, en conjunto o por separado, constituye una infracción de cualquier patente, derechos de autor, derechos de marca u otros derechos intelectuales de terceros; o (b) cualquier acto u omisión del Contratista Individual o de cualquier subcontratista o de cualquier persona empleada directa o indirectamente por los mismos para la ejecución del presente Contrato, que pudiera derivar en responsabilidad jurídica de cualquier parte ajena al presente Contrato, incluyendo pero no limitándose a ello, reclamos y responsabilidades que se vinculen con indemnizaciones por accidentes de trabajo de los empleados.
Indemnización. 8.1 Si un tercero efectúa un reclamo ya sea en contra de Usted o de Oracle (“Receptor”, que puede referirse a Usted o a nosotros según sea la parte que haya recibido el Material), en cuanto a que cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, servicio, dato, hardware, o material (en forma conjunta, el “Material”) suministrado por Usted o por nosotros (el “Proveedor”, que puede referirse a Usted o a nosotros según sea la parte que haya suministrado el Material) y utilizado por el Receptor infringe los derechos de propiedad intelectual de dicho tercero, el Proveedor, a su propio costo y cargo, defenderá al Receptor frente al reclamo e indemnizará al Receptor por los daños, perjuicios, responsabilidades, costos y gastos que la autoridad judicial otorgue a favor xxx xxxxxxx como resultado del reclamo, o del acuerdo o la conciliación convenidos por el Proveedor, siempre y cuando el Receptor: