CLAUSULA DE INDEMNIDAD Cláusulas de Ejemplo

CLAUSULA DE INDEMNIDAD. La contratista se obliga a mantener indemne a AMABLE E.I.C.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones de la contratista con ocasión de la ejecución de este contrato. En constancia se firma el presente contrato en Armenia Quindío, a los tres (3) días del mes de octubre de 2017.
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El CONTRATISTA mantendrá indemne
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA -
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El CONTRATISTA se obliga a mantener a la
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El Contratista se obliga a indemnizar a TRANSCARIBE con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato. El Contratista se obliga a mantener indemne al Contratante de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado y hasta por el valor del presente Contrato. El Contratista mantendrá indemne al Contratante por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. La contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del contratista, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Municipalidad queda facultada para afectar la garantía contractual o cualquier suma que por cualquier concepto la Municipalidad adeudara a la contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El CONTRATISTA se obliga a mantener a la UNIVERSIDAD libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA:
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El personal asignado por las empresas para ejecutar las tareas objeto de la prestación de los servicios solicitados en el presente Pliego de Bases y Condiciones, no mantiene vínculo contractual alguno con el B.C.R.A., no existiendo por parte de esta entidad responsabilidad alguna por lo que esta Institución no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial, respecto del referido personal de la firma adjudicataria de los servicios prestados. En el caso de que el B.C.R.A. debiese anticipar alguna suma en virtud de reclamo de cualquier índole, la adjudicataria se compromete a reembolsar los importes adelantados por este Banco, dentro de los cinco 5 (cinco) días hábiles de notificada. A tales efectos la oferente deberá suscribir la Declaración Jurada del ANEXO VII. Art. 14° -
CLAUSULA DE INDEMNIDAD. En razón de que EL CONTRATISTA es quien presta los servicios de salud a solicitud del CONTRATANTE, con plena autonomía científica, técnica y administrativa, dentro de sus propias normas, reglamentos y procedimientos, éste responderá civil, administrativa y penalmente y sin solidaridad de EL CONTRATANTE, por todos los perjuicios que por acción u omisión y que en cumplimiento de este contrato puedan ocasionarse a los usuarios; DECIMO NOVENA: