Common use of Indemnización Clause in Contracts

Indemnización. El Fideicomitente indemnizará, defenderá y sacará en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.

Appears in 7 contracts

Samples: Modelo De Fideicomiso Maestro, Modelo De Fideicomiso Maestro, Contrato De Fideicomiso Maestro

Indemnización. El Fideicomitente Vendedor indemnizará, defenderá y sacará exonerará al Comprador, sus filiales y todos sus responsables, directivos, miembros, representantes, agentes y empleados ante cualquier reclamación, responsabilidad, daño, penalización, sentencia, valoración, pérdida, ya sea individual o en paz y a salvo al Fiduciarioconjunto, así como a los gastos (incluidos los honorarios razonables de los abogados) que surjan de o estén relacionados con cualquier acto u omisión del Vendedor incluyendo, entre otros: (i) el suministro de los Bienes, (ii) el incumplimiento, por parte del Vendedor, de cualquier aseveración, garantía, pacto o acuerdo de este Contrato, (iii) la imprudencia o negligencia grave del Vendedor o de sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejerosagentes, empleados y agentesfiliales. El Comprador notificará al Vendedor por escrito si se produjera alguna reclamación. Además, contra cualquier demandaproporcionará la asistencia, reclamaciónasumiendo el Vendedor los gastos de ello, acciónque pueda ser necesaria para defenderse en el juicio o procedimiento. Si se declara que los Bienes, multao cualquiera de sus componentes, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto infringen derechos de propiedad intelectual de cualquier tipo tercero y su uso se prohíbe, el Vendedor podrá, asumiendo los gastos de ello: (a) facilitar al Comprador, y a sus sucesores y cesionarios, el derecho a seguir usando los Bienes; (b) remplazarlos por productos que, esencialmente, sean equivalentes, no incurran en ninguna infracción y sean aceptables para el Comprador; o naturaleza(c) modificarlos para que dejen de incurrir en algún incumplimiento, de manera que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con su funcionamiento sea, esencialmente, equivalente y aceptable para el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del FiduciarioComprador. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que Si no se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones toma alguna de las partes decisiones mencionadas anteriormente, el Comprador se reserva el derecho, en virtud de la legislación y de este FideicomisoContrato, por a devolver al Vendedor los Bienes que estén incurriendo en una infracción, asumiendo el Fiduciario en cumplimiento Vendedor los gastos de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en dicha devolución. Este deberá reembolsar inmediatamente al Comprador el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado precio de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadadquisición.

Appears in 3 contracts

Samples: www.fmc.com, livent.com, fmc.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráasegurador tendrá, defenderá y sacará a su solo juicio, la opción de indemnizar en paz y dinero efectivo o de hacer reconstruir o reparar el todo o parte de los edificios destruidos o averiados. Podrá ejercer tales derechos conjuntamente, según sean las circunstancias del siniestro, a salvo menos que exista oposición del asegurado. El asegurado, contratante o beneficiario no podrán exigir a la compañía que opten por alguna de las dos alternativas. Tampoco se podrá exigir al Fiduciarioasegurador que los edificios que haya mandado reparar o reconstruir, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto ni los objetos que formen parte de cualquier tipo o naturalezaesos edificios, que surja haya hecho reparar o reponer, sean iguales a los que existían antes del siniestro, y se entenderán cumplidas válidamente sus obligaciones al restablecer, en lo posible y en forma razonablemente equivalente, las cosas aseguradas al valor que se ha asignado al interés asegurable en las condiciones particulares de la póliza. En ningún caso la compañía estará obligada a pagar por la reconstrucción, reparación, remplazo o incurridos reposición de los objetos que formen parte de la materia asegurada una suma superior al monto asegurado. Cuando la indemnización sea pagada en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con dinero ésta se pagará en el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles plazo máximo de 6 días siguientes contado desde el día siguiente a la negligencia gravefecha en que se establezca la suma a indemnizar, dolo según dispone el artículo 27 del Decreto Supremo de Hacienda N°1.055 de 2012. El acreedor hipotecario o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia entidad crediticia contratante del presente Contratoseguro, será el beneficiario para efectos de esta póliza, y tendrá derecho a la indemnización por siniestro, hasta el monto de su interés asegurable. En el caso que se genere cualquier situación de hecho remanente, tendrá derecho el asegurado o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario deudor hipotecario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo conformidad a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadinterés asegurable.

Appears in 2 contracts

Samples: www.amhchile.cl, www.svs.cl

Indemnización. El Fideicomitente indemnizará, defenderá y sacará en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del FiduciarioFiduciario y/o de sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Fideicomiso Maestro Irrevocable De Administración Y Fuente De Pago, Modelo De Fideicomiso

Indemnización. El Fideicomitente Comprador indemnizará, defenderá y sacará en paz y mantendrá a salvo al Fiduciarioa ORBIS y sus directivos, así como a sus funcionarios, delegados fiduciariosaccionistas, directoresempleados, consejeros, empleados y agentes, sucesores y cesionarios, de y contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalizacióndaño, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo obligación, sentencia, costos y gastos (incluyendo sin limitación, honorarios razonables de abogados) que resulten de o gasto en relación con: (a) violación al presente contrato por parte del Comprador; (b) la falta de cumplimiento por parte del Comprador de cualquier tipo ley o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a norma; (c) la negligencia gravedel Comprador o acciones u omisiones más graves; (d) el uso de los Productos por parte del Comprador, dolo en una forma no específicamente autorizada por escrito por parte de ORBIS; o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán (e) reclamaciones, demandas o procedimientos interpuestos en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso contra de ORBIS afirmando que se genere los Productos constituyen una malversación o violación a cualquier situación patente, derecho de hecho o acto de autoridadautor, marca registrada, o consecuencia secreto industrial, o cualquiera otros derechos de índole legalpropiedad de cualquier tercero y dicha reclamación, que produzca responsabilidades pecuniarias demanda o sobre procedimiento se base en, o habría sido evitado, de no ser por: (i) el Fideicomiso y/cumplimiento de ORBIS con cualquiera de los diseños, planos, muestras, especificaciones o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, instrucciones respecto a los Productos proporcionados por el Fiduciario en cumplimiento Comprador; (ii) la modificación de los fines del Fideicomiso Productos después de ser enviados por ORBIS; o (iii) la combinación, operación o uso de los Productos con instrumental, productos, partes o sistemas no proporcionados por tercerosORBIS. 16. Indemnification. Purchaser shall indemnify, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior defend, and hold ORBIS and its directors, officers, shareholders, employees, agents, successors, and assigns harmless from and against any and all damages, liabilities, losses, obligations, judgments, costs, and expenses (excepto en los casos en que hubiere mediado doloincluding, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso)without limitation, el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo reasonable attorneys’ fees) arising out of or in connection with: (a) Purchaser’s breach of this Agreement; (b) Purchaser’s failure to comply with any law or regulation; (c) Purchaser’s negligent or more culpable acts or omissions; (d) Purchaser’s use of the Products in any manner not specifically authorized by ORBIS in writing; or (e) claims, suits, or proceedings brought against ORBIS alleging that the Products constitute a la Cuenta Generalmisappropriation or infringement of any patent, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personalcopyright, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadtrademark, or trade secret, or any other proprietary rights of any third party and such claim, suit, or proceeding is based upon, or would have been avoided but for: (i) ORBIS’ compliance with any designs, drawings, samples, specifications, or instructions regarding the Products provided by Purchaser; (ii) the modification of the Products following shipment by ORBIS; or (iii) the combination, operation, or use of the Products with devices, products, parts, or software not supplied by ORBIS.

Appears in 1 contract

Samples: www.orbiscorporation.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de incumplimiento total o parcial del objeto de la presente Orden de Servicios, defenderá y sacará el CONTRATISTA se obliga a su cargo, al pago de una indemnización cuyo monto será por el diez por ciento (10%) del valor total de la presente orden de prestación de servicios, sin perjuicio de la indemnización fijada en paz y el numeral tercero de la cláusula cuarta de este instrumento. PARAGRAFO PRIMERO: Para el efecto, el Supervisor informará por escrito al CONTRATISTA una vez tenga conocimiento del incumplimiento en los términos establecidos en esta cláusula. EL CONTRATISTA, dentro de los dos (2) días siguientes a salvo al Fiduciariola fecha de recibo del requerimiento del Supervisor, deberá emitir una respuesta, fundamentando las razones de su desacuerdo, sobre la cual se emitirá certificación por parte del Supervisor en la que conste verificación de los hechos u omisiones constitutivos de(los) mismo(s), así como a sus funcionariosla demostración de los perjuicios causados al CONTRATANTE. Lo anterior, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto sin perjuicio que EL CONTRATANTE pueda adelantar las acciones pertinentes ante la jurisdicción competente cuando así se requiera. PARÁGRAFO SEGUNDO: El CONTRATISTA autoriza al CONSORCIO FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017 para descontar el valor de cualquier tipo o naturaleza, que surja la indemnización referida en esta cláusula de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso las sumas que se genere le adeude por cualquier situación de hecho concepto. De no ser posible el descuento total o acto de autoridadparcial, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/CONTRATISTA se obliga a consignar a favor del CONSORCIO FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017 el valor o el patrimonio saldo no descontado dentro del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos plazo que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo señale para tal fin. El Contratista renuncia expresamente a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes todo requerimiento para efectos de su exclusiva propiedadconstitución en xxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Presentar Oferta De Prestación De Servicios De Salud

Indemnización. El Fideicomitente indemnizará, defenderá y sacará en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que que, el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Fideicomiso

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráUsted se obliga a liberar e indemnizar y a mantener a PSC Advantage y a cualquier AC o AR de PSC Advantage, defenderá así como a sus respectivos contratistas, agentes, empleados, funcionarios, directores, accionistas, afiliadas y sacará cesionarios en paz y a salvo al Fiduciariode toda responsabilidad, así demandas, daños, costos y gastos, incluyendo los honorarios de abogados y gastos legales razonables pagados por terceros, relacionados con, o sean consecuencia de (i) su incumplimiento respecto a las obligaciones de la Parte que se Xxxxx en un Certificado, (ii) que usted se apoye en un Certificado que no sea razonable bajo las circunstancias, o (iii) que usted no revise el estatus de un Certificado para determinar si el Certificado expiró o fue revocado. Cuando PSC Advantage se vea amenazada por una demanda o sea demandada por un tercero, PSC Advantage podrá buscar garantías escritas por usted respecto a su obligación de indemnizar a PSC Advantage; si usted no proporciona dichas garantías, esto podrá ser considerado por PSC Advantage como un incumplimiento sustancial de este Contrato. PSC Advantage tendrá el derecho a sus funcionariosparticipar en cualquier defensa que usted lleve a cabo en virtud de cualquier demanda interpuesta por un tercero relacionada con el uso que usted haya hecho de cualquier servicio PSC Advantage, delegados fiduciarioscon el abogado de nuestra elección, directores, consejeros, empleados y agentes, con costo para usted. Usted será el único responsable de defender a PSC Advantage en contra de cualquier demanda, reclamaciónsin embargo, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto deberá recibir el consentimiento previo y por escrito de PSC Advantage para cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme arreglo al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere llegue al respecto. Los términos de esta Sección 11 subsistirán a cualquier situación de hecho terminación o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes cancelación de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadContrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Advantage Security

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráA. Ambas partes (en lo sucesivo, defenderá la “Parte Indemnizadora”) acuerdan en indemnizar, defender y sacará en paz y exonerar a salvo al Fiduciariola otra parte, así como a sus accionistas, funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, agentes y empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto (denominados conjuntamente las “Partes Indemnizadas ”) de cualquier tipo reclamo, demanda u acción legal de terceros (los “Reclamos”) relacionados con: i) daños razonables, reales, menores y directos a efectos personales materiales; o naturalezaii) lesiones físicas, incluida la muerte, junto con los costos y gastos razonables, reales y menores, incluidos, entre otros, los intereses, las multas y los honorarios y desembolsos razonables de abogados (denominados conjuntamente los “Daños”), solo en la medida en que surja dichos reclamos se deban a daños provocados por: A) actos u omisiones negligentes o conductas dolosas de la Parte Indemnizadora, sus empleados o incurridos agentes en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia cumplimiento del presente Contrato; B) el incumplimiento por la Parte Indemnizadora de una cláusula, garantía, declaración u otra obligación del presente Contrato; o C) el incumplimiento de una xxx, xxxxx o reglamento oficial. En Sin perjuicio de lo anterior, el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado Comprador acepta por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que Vendedor no será responsable de los costos, gastos, pérdidas, reclamos, demandas, obligaciones, daños, liquidaciones, resoluciones judiciales o veredictos (los “Reclamos”) que resulten de la retirada de los productos del Comprador en forma alguna los que se hubiesen incorporado los Productos del Vendedor. Las partes reconocen y acuerdan que dichos Reclamos no constituyen un fundamento para la negociación de responder con bienes de su exclusiva propiedadlas transacciones previstas en el presente.

Appears in 1 contract

Samples: www.victorypackaging.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de siniestro indemnizable, defenderá la Compañía fijará la indemnización tomando en cuenta el Valor Comercial del inmueble asegurado en la fecha del siniestro, aplicando las deducciones correspondientes sin exceder de la Suma Asegurada contratada. Al declararse el inmueble como “Pérdida Total por Daño Estructural al Inmueble”, se indemnizará hasta el 100% (cien por ciento) del Valor Convenido, siempre y sacará cuando éste no sea superior al Valor Comercial que tenga el inmueble en paz y a salvo al Fiduciariola fecha en que ocurra el siniestro, así teniendo como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos límite la Suma Asegurada contratada en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con esta póliza para el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contratoinmueble. En el caso de Pérdida Parcial se indemnizará el monto de la pérdida a Valor de Reposición, aplicando el Deducible y Coaseguro correspondiente a la zona donde se ubique el inmueble, en función del Valor Convenido. Tanto para “Pérdida Total por Daño Estructural al Inmueble” como para Pérdida Parcial, aplicará lo establecido en la Cláusula “Proporción indemnizable”, de esta póliza. Todas las pérdidas ocasionadas por los riesgos cubiertos a los inmuebles asegurados, se considerarán como un solo siniestro si ocurren durante un evento que continúe por un período de hasta 72 (setenta y dos) horas consecutivas, salvo para inundación, misma que podrá extenderse hasta 168 (ciento sesenta y ocho) horas. Cualquier evento que exceda de 72 (setenta y dos) horas consecutivas para todos los riesgos asegurados o de 168 (ciento sesenta y ocho) horas para inundación, se considerará como 2 (dos) o más eventos. Si la Compañía no cumple con las obligaciones asumidas en este contrato de seguro al hacerse exigibles legalmente, deberá pagar al acreedor una indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, mismo que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan transcribe en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado “Glosario de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna Artículos” de responder con bienes de su exclusiva propiedadestas Condiciones Generales.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráCada parte (la "Parte Indemnizadora") conviene en defender, defenderá indemnizar, y sacará en paz y mantener a salvo al Fiduciarioa la otra parte, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, representantes (la “Parte Indemnizataria”) de y en contra de cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo juicio o gasto procedimiento de cualquier tipo un tercero (“Reclamación”) que se base o naturaleza, que surja se origine con motivo de o incurridos en relación con (i) la violación a este Contrato por la Parte Indemnizadora, (ii) la negligencia o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismoconducta indebida de la Parte Indemnizadora, excepto o (iii) los productos o servicios de la Parte Indemnizadora. La Parte Indemnizataria que pretenda la indemnización brindará notificación por aquellos directamente atribuibles escrito de manera pronta a la negligencia graveParte Indemnizadora, dolo permitirá a la Parte Indemnizadora el control del litigio y cooperará con la Parte Indemnizadora, x xxxxx de la Parte Indemnizadora, en la defensa o mala fe del Fiduciarioarreglo de tal Reclamación. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante Además, la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho Parte Indemnizadora no tomará ninguna acción para componer o acto de autoridaddefender tal reclamación, juicio, o consecuencia procedimiento que de índole legalalguna forma impondría obligaciones (monetarias o diversas) en una Parte Indemnizataria sin el consentimiento por escrito de la Parte Indemnizataria, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo mismo que no será responsable injustificadamente negado. En conexión con tal Reclamación, la Parte Indemnizataria podrá, a su xxxxx, contar con asesoría en forma alguna todas las interacciones públicas y negociaciones sustantivas a su xxxxx y gasto. La obligación de responder con bienes cualquier parte de su exclusiva propiedadindemnizar a la otra se verá reducida en la medida en que cualquier pérdida reclamada por la parte intentando la indemnización se hubiese producido, o hubiera podido impedirse o mitigarse a través de cualquier acto u omisión de tal Parte.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Paypal Para Socios Del Programa Caribe, Centro Y Latino

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráusuario acepta indemnizar, defenderá defender y sacará en paz eximir de responsabilidad al Condado y a salvo la Junta de Educación (y al Fiduciarioarrendatario del lugar del uso cuando éste ocurra en un colegio cerrado) por cualquier pérdida, así como a sus funcionarioslesión, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacciónobligación, daño, reclamo, gravamen, costos o gastos, incluyendo honorarios y costos razonables de abogados que se originen del ejercicio de los derechos del presente contrato por el usuario o del ejercicio de los derechos del contrato por la persona que actúe en nombre del usuario y el usuario acepta indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Condado y a la Junta de Educación (y al arrendatario del lugar del uso cuando éste ocurra en un colegio cerrado) por cualquier pérdida, costo lesión, obligación, daño, reclamo, gravamen, costos o gasto gastos, incluyendo honorarios y costos razonables de abogados que se originen por el incumplimiento de este contrato por el usuario. Este acuerdo de indemnizar y eximir de responsabilidad seguirá vigente aún después del vencimiento y terminación de este contrato. El Condado (la Junta de Educación en el caso de la instalación de un colegio) debe dar el aviso pronto y dentro del plazo otorgado al usuario de cualquier tipo reclamo o naturalezademanda. El usuario no necesitará indemnizar, que surja defender o eximir de responsabilidad al Condado o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia graveJunta de Educación por cualquier pérdida, dolo costo, daño, reclamo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante cualquier otro gasto derivado de la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, exclusiva negligencia o mala fe conducta intencional del Fiduciario Condado o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso)de la Junta de Educación. Para los propósitos de esta sección, el pago derivado Condado y la Junta de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo Educación incluyen a la Cuenta Generalsus juntas, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personalagencias, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadagentes, funcionarios y empleados.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Licencia De Uso De Instalaciones

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráLas Entidades Fondeadoras, defenderá y sacará de acuerdo a su Participación en paz y a salvo el Financiamiento, indemnizarán al FiduciarioAgente por cualquier gasto u honorario (entendidos éstos en el sentido más amplio posible) originado en cualquier reclamo o acción judicial iniciada contra el o en el cual hubiere sido citado en garantía, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia virtud del presente Contrato, por su función de Agente, sin requerirse en ningún caso que el Agente haya recabado previamente la autorización de una Mayoría de Entidades Fondeadoras para la realización del gasto u honorario de que se trate. En el caso que se genere cualquier situación el Agente fuera emplazado judicialmente en virtud de hecho su función de Agente, deberá comunicarlo a las demás Entidades Fondeadoras dentro del plazo de 10 Días Hábiles contados a partir de la fecha de dicho emplazamiento. No tratándose de honorarios o acto gastos originados en reclamos o acciones judiciales planteadas contra el Agente, y a efectos de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados lo desembolsado le sea reintegrado íntegramente por actos u omisiones parte de las partes Entidades Fondeadoras (en caso de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado hubiera sido reintegrado por el presente FideicomisoXXXXXXXXXXXXXXXXXX), el pago derivado Agente deberá consultar a las Entidades Fondeadoras antes de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo incurrir en cualquier gasto u honorario. Sin perjuicio de ello, la aprobación por parte de la Mayoría de Entidades Fondeadoras de cualquier medida a ser llevada a cabo por el Agente, supondrá la Cuenta Generalimplícita aprobación de los gastos u honorarios que en virtud de ella se ocasionen, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o sin requerir aprobación específica caso por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadcaso.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Credito De Uso De Bien Mueble (Leasing)

Indemnización. Linio garantiza el correcto diseño del software, del Portal y las páginas a que se refieren estos Términos y Condiciones. No obstante, no garantiza disponibilidad mínima ni responde de las fallas del sistema, caídas, errores o inconsistencias del mismo, ni de ninguna situación causada por caso fortuito o fuerza mayor. El Fideicomitente indemnizaráAliado Comercial está de acuerdo en asumir todos los costos de cualquier auditoría por los impuestos a su cargo y por sanciones y multas que fijare la autoridad fiscal o aduanera, defenderá y asumirá los costos legales razonables en que incurra Xxxxx en su defensa con ocasión de estas investigaciones o a consecuencia de las mismas y lo sacará en paz y a salvo al Fiduciarioe indemnizará por los daños y perjuicios que sufra como consecuencia. El Aliado Comercial asumirá la defensa legal xx Xxxxx y se obliga a sacarlo en paz y a salvo y a indemnizarlo de todos los daños y perjuicios sufridos por Xxxxx o por sus directivos, así como empleados, asesores y compañías vinculadas a sus funcionariosLinio, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra por cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo reclamación o gasto demanda de cualquier tipo un Cliente/consumidor o naturaleza, que surja de o incurridos un tercero en relación con este Contrato daños o con cualquier acción u omisión relacionada con perjuicios que tengan origen en la información cargada en el mismoServicio Marketplace Premium por el Aliado Comercial, excepto los Productos, y el incumplimiento en las condiciones de venta y entrega de los mismos, entre otros, sea que los Productos hayan sido entregados al Cliente o no. Dentro del marco legal aplicable, Xxxxx no asumirá ninguna responsabilidad derivada de la garantía de los Productos adquiridos por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente ContratoClientes. En este sentido, el Aliado Comercial sacará en paz y a salvo e indemnizará a Linio por cualquier reclamación, queja, investigación, sanción o penalidad o proceso equivalente, que deba ser asumido por Xxxxx como consecuencia de dicha garantía. En cualquier caso, Xxxxx no asumirá en ningún caso garantías expresas ni implícitasrespecto a los Productos, ni costos o gastos asociados o derivados de la solicitud de hacerla efectiva por parte de los Clientes/consumidores, ni de aquellos derivados del incumplimiento de la misma; todos los cuales podrán ser descontados de los montos a que el Aliado Comercial tenga derecho por la venta de sus Productos o deberán ser reembolsados por el Aliado Comercial a Linio de manera inmediata cuando éste así se lo solicite. En caso que se genere cualquier situación autoridad competente, imponga una sanción a Linio por concepto del uso, venta, disponibilidad o falta de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso registro y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones certificación legal de algún Producto, en la publicación de las partes cantidades ofrecidas, o circunstancia equivalente, el Aliado Comercial deberá responder íntegramente por la misma y por los gastos generados para la resolución de este Fideicomisodicha sanción, o de la queja que ella origina, y sacará a Linio en paz y a salvo y lo indemnizará de los daños y perjuicios que llegaré a sufrir. El Aliado Comercial asumirá la responsabilidad exclusiva por no entregar el Producto, por la entrega no oportuna, por la entrega equivocada, por el Fiduciario extravío del Producto o por su entrega en cumplimiento un lugar desconocido, y sacará a Xxxxx en paz y a salvo y lo indemnizará de los fines daños y perjuicios que sufra por cualquier reclamación derivada de tales incumplimientos. Xxxxx en ningún caso responderá ante el Aliado Comercial o terceros por responsabilidad extracontractual que pueda surgir de la utilización del Fideicomiso o Servicio Marketplace Premium por tercerosparte del Aliado Comercial. En general, incluyendo erogaciones relacionadas con el Aliado Comercial deberá sacar en paz y a salvo a Xxxxx e indemnizarlo por todos los actos daños, perjuicios y conceptos gastos en que se mencionan en el párrafo anterior (excepto incurra derivado del incumplimiento del Aliado Comercial a sus obligaciones y deberes establecidos en los casos presentes Términos y Condiciones y/o en que hubiere mediado dolocualquier orden, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, falsedad en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadsus declaraciones.

Appears in 1 contract

Samples: comunicacion.linio.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de incumplimiento total o parcial del objeto de la presente Orden de Servicios, defenderá y sacará el CONTRATISTA se obliga a su cargo, a el pago de una indemnización cuyo monto será por el diez por ciento (10%) del valor total de la presente orden, sin perjuicio de la indemnización fijada en paz y el numeral tercero de la cláusula cuarta de este instrumento. PARAGRAFO PRIMERO: Para el efecto, el Supervisor informará por escrito al CONTRATISTA una vez tenga conocimiento del incumplimiento en los términos establecidos en esta causa. EL CONTRATISTA, dentro de los dos (2) días siguientes a salvo al Fiduciariola fecha de recibo del requerimiento del Supervisor, deberá emitir una respuesta, fundamentando las razones de su desacuerdo, sobre la cual se emitirá certificación por parte del Supervisor en la que conste verificación de los hechos u omisiones constitutivos de(los) mismo(s), así como la demostración de los perjuicios causados al CONTRATANTE. Lo anterior, sin perjuicio que EL CONTRATANTE pueda adelantar las acciones pertinentes ante la jurisdicción competente cuando así se requiera. PARÁGRAFO SEGUNDO: El CONTRATISTA autoriza al CONSORCIO FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017 para descontar el valor de la indemnización de las sumas que le adeude por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el CONTRATISTA se obliga a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo consignar a favor del CONSORCIO FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017 el valor o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe saldo no descontado dentro del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso plazo que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo señale para tal fin. El Contratista renuncia expresamente a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes todo requerimiento para efectos de su exclusiva propiedadconstitución en xxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Presentar Oferta De Prestación De Servicios De Salud

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráUsted se compromete a indemnizar, defenderá defender y sacará en paz y librar de responsabilidad a salvo al Fiduciariola Empresa, así como a la AC o AR no VeriSign/E-Sign y a sus funcionariosdirectivos, delegados fiduciariosaccionistas, directores, consejeros, empleados y agentes, empleados, sucesores y cesionarios contra todas las reclamaciones, querellas, litigios, procedimientos, daños y costas de terceros (incluyendo los honorarios y costas legales razonables) derivados de (i) el incumplimiento de sus obligaciones como Parte que confía con arreglo al presente Contrato, (ii) su confianza en un Certificado en el que no es razonable confiar habida cuenta de las circunstancias, o (iii) su falta de comprobación del estado de un Certificado para determinar si el Certificado ha caducado o ha sido revocado. La Empresa le notificará con la mayor brevedad la existencia de tales reclamaciones, y usted asumirá la plena responsabilidad de su defensa (incluyendo cualquier demandaarreglo extrajudicial); en el bien entendido de que (a) deberá mantener informada a la Empresa, reclamacióny consultarla, en todo lo relativo a la evolución de dicho litigio o arreglo extrajudicial; (b) no estará facultado, sin la previa autorización por escrito de la Empresa (que no la denegará sin motivos fundamentados) para llegar a ningún acuerdo extrajudicial si ello se deriva o es parte de una acción, multalitigio o procedimiento penal, penalizacióno si contiene una estipulación, responsabilidadadmisión o reconocimiento de responsabilidad o negligencia (sea contractual, transacciónextracontractual o de otra índole) por parte de la Empresa, daño, pérdida, costo o gasto si requiere cualquier obligación o reparación no pecuniaria por parte de cualquier tipo o naturaleza, que surja la Empresa; y (c) la Empresa estará facultada para participar en la defensa de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada un litigio con el mismoabogado de su elección, excepto por aquellos directamente atribuibles a sus expensas. Las condiciones de esta cláusula 10 sobrevivirán a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia rescisión del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.

Appears in 1 contract

Samples: www.e-sign.cl

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráasegurador tendrá, defenderá y sacará a su solo juicio, la opción de indemnizar en paz y dinero efectivo o de hacer reconstruir o reparar el todo o parte de los edificios destruidos o averiados. Podrá ejercer tales derechos conjuntamente, según sean las circunstancias del siniestro, a salvo menos que exista oposición del asegurado. El asegurado, contratante o beneficiario no podrán exigir a la compañía que opten por alguna de las dos alternativas. Tampoco se podrá exigir al Fiduciarioasegurador que los edificios que haya mandado reparar o reconstruir, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto ni los objetos que formen parte de cualquier tipo o naturalezaesos edificios, que surja haya hecho reparar o reponer, sean iguales a los que existían antes del siniestro, y se entenderán cumplidas válidamente sus obligaciones al restablecer, en lo posible y en forma razonablemente equivalente, las cosas aseguradas al valor que se ha asignado al interés asegurable en las condiciones particulares de la póliza. En ningún caso la compañía estará obligada a pagar por la reconstrucción, reparación, remplazo o incurridos reposición de los objetos que formen parte de la materia asegurada una suma superior al monto asegurado. Cuando la indemnización sea pagada en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con dinero ésta se pagará en el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles plazo máximo de 6 días siguientes contado desde el día siguiente a la negligencia gravefecha en que se establezca la suma a indemnizar, dolo según dispone el artículo 27 del Decreto Supremo de Hacienda N°1.055 de 2012. El acreedor hipotecario o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia entidad crediticia contratante del presente Contratoseguro, será el beneficiario para efectos de esta póliza, y tendrá derecho a la indemnización por siniestro, hasta el monto de su interés asegurable. En el caso remanente, tendrá derecho el asegurado o deudor hipotecario en conformidad a su interés asegurable. Ocurrido un siniestro, cada indemnización pagada por la compañía reduce en el mismo monto la cantidad asegurada. Esta podrá ser rehabilitada de la manera que se genere cualquier situación hubiese establecido en las bases de hecho o acto licitación del seguro, la que deberá incluirse en las condiciones particulares de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadpóliza.

Appears in 1 contract

Samples: www.svs.cl

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn la medida en que lo permita la legislación aplicable, defenderá Usted acepta indemnizar, defender y sacará eximir de responsabilidad a Apple y, a petición de esta, defender a Apple, sus directores, funcionarios, empleados, contratistas independientes y agentes (cada uno de ellos, una “Parte Indemnizada de Apple”) de todos y cada uno de los reclamos, las pérdidas, las responsabilidades, los daños, los impuestos, los gastos y los costos, incluidos, entre otros, los honorarios de los abogados y los costos legales, (en paz conjunto, “Pérdidas”) en los que incurra una Parte Indemnizada de Apple y surjan o estén relacionados con cualquiera de las siguientes situaciones (excepto, a salvo al Fiduciarioefectos de esta Sección, cualquier Aplicación para macOS que se distribuya fuera del App Store y no utilice ningún Servicio o Certificado de Apple): (i) Tu incumplimiento de cualquier certificación, convenio, obligación, declaración o garantía en este Acuerdo, incluidos el Anexo 2 y el Anexo 3 (si corresponde); (ii) cualquier reclamo de que Tu Producto Cubierto o Tu Producto Correspondiente o la distribución, venta, oferta para la venta, uso o importación de Tu Producto Cubierto o Tu Producto Correspondiente (ya sea solo o como parte esencial de una combinación), la Información de la Aplicación con Licencia, los metadatos o la Información del Pase violan o infringen cualquier derecho de propiedad intelectual o de propiedad de terceros; (iii) Tu incumplimiento de alguna de Tus obligaciones en virtud del EULA (según se define en el Anexo 1, el Anexo 2 o el Anexo 3 [si corresponde]) para Tu Aplicación con Licencia; (iv) el uso, la promoción o la entrega permitidos por Apple de Tu Aplicación con Licencia, Información de la Aplicación con Licencia, Notificación Push de Safari, Extensión de Safari (si corresponde), Pase, Información del Pase, metadatos, marcas comerciales y logotipos relacionados, o imágenes y otros materiales que proporciones a Apple en virtud de este Acuerdo, incluido el Anexo 2 o el Anexo 3 (si corresponde); (v) cualquier reclamo, incluido, entre otros, cualquier reclamo del usuario final, con respecto a Tus Productos Cubiertos, Tus Productos Correspondientes, Información de la Aplicación con Licencia, Información del Pase o logotipos, marcas comerciales, contenido o imágenes relacionados; (vi) Tu uso (incluido el uso de Tus Desarrolladores Autorizados) del Software o los Servicios de Apple, Tu Información de la Aplicación con Licencia, Información del Pase, metadatos, Tus Unidades de Prueba Autorizadas, Tus Dispositivos Registrados, Tus Productos Cubiertos, Tus Productos Correspondientes, los Perfiles de Configuración o Tu desarrollo y distribución de cualquiera de los anteriores; o (vii) el reclamo de un Cliente de MDM en relación con Tus Productos Compatibles con MDM, así como cualquier reclamo relativo a sus funcionariosque Tus Productos Compatibles con MDM violan o infringen cualquier derecho de propiedad intelectual o de propiedad de terceros.‌‌ Reconoces que ni el Software de Apple ni ninguno de los Servicios están pensados para usarse en el desarrollo de Productos Cubiertos o Productos Correspondientes en los que los errores o las inexactitudes en el contenido, delegados fiduciariosla funcionalidad, directoreslos servicios, consejeroslos datos o la información proporcionada por cualquiera de los anteriores o el fallo de cualquiera de los anteriores podría causar la muerte, empleados lesiones o graves daños físicos o ambientales, y, en la medida en que lo permita la legislación, aceptas indemnizar, defender y agentes, contra eximir de responsabilidad a cada una de las Partes Indemnizadas de Apple por cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto Pérdida en la que haya incurrido dicha Parte Indemnizada de cualquier tipo o naturaleza, que surja Apple en razón de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contratodicho uso. En el caso ningún caso, Xxxxx puede celebrar un acuerdo con un tercero o un acuerdo similar que se genere cualquier situación afecte los derechos de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario Apple o que vincule a Apple de alguna manera, sin el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado consentimiento previo por el presente Fideicomiso), el pago derivado escrito de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadApple.

Appears in 1 contract

Samples: developer.apple.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráA pesar de cualquier seguro estipulado en esta Sección 12, defenderá el Arrendatario se compromete y sacará se obliga en paz todo momento a indemnizar, relevar de responsabilidad y defender a salvo al FiduciarioLease Option Company, así como a Inc., su compañía matriz, afiliadas y otras compañías designadas por el Arrendador y sus funcionarios, delegados fiduciarios, respectivos directores, consejerosoficiales, empleados empleados, sucesores y agentescesionarios, de cualquier reclamación por pérdida, daños o lesiones y de, y en contra de, cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo acción o gasto procedimiento legal de cualquier tipo que se presentase en contra de Lease Option Company, Inc. u otras partes, por o naturalezaen representación de cualquier persona, personas o entidades, o a raíz de cualquier lesión recibida o sufrida por cualquier persona, personas o entidades de cualquier manera (por la causa que surja sea, incluso, pero no limitado a, negligencia, incumplimiento de garantía, defecto de manufactura o incurridos mantenimiento, u otra, y aunque la reclamación sea de responsabilidad civil estricta), directa o indirectamente causado por, incidental a, o resultante de la posesión, mantenimiento, condición (incluso defectos latentes, independientemente de si el Arrendador puede o no recuperarlos), la carga, descarga u operación del Vehículo durante el término del arrendamiento. El Arrendatario también se compromete a resolver cualquier reclamación de las arriba mencionadas y a saldar cualquier deuda que resultase de una demanda, demandas o procedimiento legal de cualquier tipo presentado para hacer cumplir dicha reclamación o reclamaciones, y a pagar cualquier sentencia pronunciada en relación con este dicha demanda, demandas o procedimiento legal y honorarios de abogado u otros gastos. El Arrendatario reconoce que en caso de que alguna reclamación de las arriba mencionadas de alguna manera perjudique un interés del Arrendador bajo el presente Contrato o con de cualquier acción u omisión relacionada con otra manera, el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe Arrendatario no consumará ninguna transacción sin el previo consentimiento escrito del FiduciarioArrendador. Las obligaciones Los acuerdos de indemnización del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán Arrendatario establecidos aquí se mantendrán en pleno vigor y efecto durante efecto, independientemente de la vigencia del presente terminación de este Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias la entrega o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio venta del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadVehículo.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Arrendamiento De Vehículo

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráLas partes (la “Parte Indemnizadora”) acepta indemnizar, defenderá defender y sacará en paz mantener indemne a la contraparte y a salvo al Fiduciariosus filiales, así como a sus respectivos accionistas, miembros, funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejerosgerentes, empleados y agentes, empleados, sucesores y cesionarios permitidos (en conjunto, la “Parte Indemnizada”) contra todas las reclamaciones, las acciones legales, las demandas, los juicios y los derechos de acción de terceros (las “Reclamaciones”) que involucren (a) los daños razonables, reales, directos y en efectivo sobre los bienes muebles o inmuebles tangibles; o bien (b) las lesiones físicas, incluida la muerte, junto con los costos razonables, reales, directos y en efectivo, lo que incluye, entre otros, los intereses, las multas y los honorarios y los desembolsos razonables de abogados (en conjunto, los “Daños”), en la medida en que (y únicamente en la medida en que) dichas Reclamaciones provoquen Daños que sean consecuencia de (i) cualquier demandaacto u omisión negligente o mala conducta intencional de la Parte Indemnizadora, reclamaciónsus empleados, accióncontratistas independientes o agentes, multaen relación con la prestación en virtud de los presentes Términos y Condiciones del Vendedor; (ii) el incumplimiento de la Parte Indemnizadora, penalizaciónsus empleados, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo contratistas independientes o gasto agentes de cualquier tipo convenio, garantía, declaración o naturalezacualquier otra obligación estipulada en este instrumento o en un Contrato; o (iii) el incumplimiento o la violación de la ley, o de las normas o los reglamentos gubernamentales que provoquen la Parte Indemnizadora, sus empleados, contratistas independientes o agentes.. Sin perjuicio de lo que antecede, por el presente, el Comprador acepta que el Vendedor no será responsable de ninguna Reclamación que surja de un retiro de los productos que formen parte de los Bienes del Vendedor o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe los que los Bienes del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán Vendedor se hayan incorporado; y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes reconocen, comprenden y aceptan que dichas Reclamaciones no forman parte de este Fideicomiso, por el Fiduciario la base de la negociación en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan las transacciones previstas en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadpresente.

Appears in 1 contract

Samples: www.westrock.com

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de siniestro a los bienes amparados, defenderá la Compañía pagará el importe de los daños sufridos, teniendo como límite el monto de la Suma Asegurada contratada para esta cobertura, sin exceder del valor que resulte menor entre el valor de reposición del bien al ocurrir el siniestro y sacará el valor reclamado con base en paz y a salvo al Fiduciariola documentación proporcionada. Cuando resulten afectados por la ocurrencia de un siniestro bienes tales como artículos artísticos, deportivos o de cómputo, por ejemplo: cuadros, tapetes, esculturas, gobelinos, artículos de cristal, vajillas, porcelanas, biombos, equipos fotográficos o de video, cinematográficos, de pesca o golf, instrumentos musicales o de precisión, antigüedades o artículos de difícil o imposible reposición, así como joyas, alhajas, relojes, colecciones y objetos raros o de arte; con valor unitario, por par o por juego superior a sus funcionarios500 DSMGVDF, delegados fiduciariosse requiere comprobar la preexistencia y el valor de éstos, directorescuando el Asegurado esté reclamando un monto mayor. En caso de que el valor de dichos bienes por unidad, consejerospar o juego sea superior a 2,000 DSMGVDF, empleados se requiere que éstos estén relacionados en la Póliza, desde el momento de la contratación o, si son adquiridos posteriormente, mediante endoso. En caso de que no se hayan relacionado y agentessean afectados por siniestro, contra cualquier demandala indemnización quedará limitada a 2,000 DSMGVDF aun cuando se compruebe un valor superior y la preexistencia de los mismos. Cuando alguno de los bienes asegurados consista en artículos en par o en juegos, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles ningún caso la Compañía indemnizará más del valor real correspondiente a la negligencia grave, dolo parte o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso partes que se genere cualquier situación de hecho pierden o acto de autoridaddañan, sin considerar el valor especial que pudiera tener el artículo como parte integrante del juego o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadpar.

Appears in 1 contract

Samples: axa.mx

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de que los Intermediarios Colocadores Líderes, defenderá y sacará sus afiliadas, subsidiarias o Corporación Actinver, S.A.B. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. o cualquier integrante del grupo económico identificado como Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. y/o cualquier accionista, funcionario, consejero, representante, asesor y/o empleado del mismo (las “Personas Indemnizadas”) se vean involucrados en cualquier procedimiento judicial, administrativo o de cualquier otro tipo, iniciado por o seguido en contra de cualquiera de dichas Personas Indemnizadas, en relación o como consecuencia directa de la celebración, el cumplimiento o la ejecución de este Contrato o que se encuentre relacionado de cualquier manera con la Oferta Pública o los Certificados Bursátiles o derivado de cualquier omisión o declaración falsa o incorrecta por parte de FINBE, o bien por omisiones o información falsa o incorrecta, contenida en el Suplemento o cualquier otro material de venta de los Certificados Bursátiles, FINBE se obliga a sacar en paz y a salvo al Fiduciario, así como a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados las Personas Indemnizadas y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto a indemnizarlas de cualquier tipo daño o naturaleza, perjuicio que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismoles resulten a dichas Personas Indemnizadas, excepto por aquellos directamente atribuibles a si dichos daños o perjuicios fueren consecuencia de la negligencia graveculpa, negligencia, dolo o mala fe fe, determinados por juez o tribunal competente mediante sentencia definitiva e inapelable, de cualquiera de las Personas Indemnizadas o del Fiduciarioincumplimiento de las obligaciones de las Personas Indemnizadas conforme a los términos del presente Contrato determinado por juez o tribunal competente mediante sentencia definitiva e inapelable. Sujeto a lo establecido en el párrafo inmediato anterior, FINBE se obliga a reembolsar a las Personas Indemnizadas todos los gastos y honorarios razonables y debidamente documentados, que estas hubieren tenido que erogar con motivo de dichos procedimientos, incluyendo el costo de sus asesores legales y de cualquier investigación o preparación que, con motivo de los mismos, las Personas Indemnizadas hubieren contratado o llevado a cabo. Cualesquiera gastos y honorarios de las Personas Indemnizadas serán reembolsados por FINBE a más tardar el quinto día hábil posterior a la recepción de una relación por escrito de los mencionados gastos y honorarios, acompañada de la documentación que compruebe los mismos. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso que se genere cualquier situación cada uno de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados los Intermediarios Colocadores Líderes asume por actos u omisiones de las partes virtud de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento Contrato son individuales y no de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personalsolidaria, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellos no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadimplicará el incumplimiento del otro.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Colocación De Certificados Bursátiles De Fecha

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráEn caso de siniestro a los bienes amparados, defenderá la Compañía pagará el importe de los daños sufridos, teniendo como límite el monto de la Suma Asegurada contratada para esta cobertura, sin exceder del valor que resulte menor entre el Valor de Reposición del bien al ocurrir el siniestro y sacará el valor reclamado con base en paz y a salvo al Fiduciariola documentación proporcionada. Cuando resulten afectados por la ocurrencia de un siniestro bienes tales como artículos artísticos, deportivos o de cómputo, por ejemplo: cuadros, tapetes, esculturas, gobelinos, artículos de cristal, vajillas, porcelanas, biombos, equipos fotográficos o de video, cinematográficos, de pesca o golf, instrumentos musicales o de precisión, antigüedades o artículos de difícil o imposible reposición, así como joyas, alhajas, relojes, colecciones y objetos raros o de arte; con valor unitario, por Par o por Juego superior a sus funcionarios500 UMA, delegados fiduciariosse requiere comprobar la preexistencia y el valor de éstos, directorescuando el Asegurado esté reclamando un monto mayor. En caso de que el valor de dichos bienes por unidad, consejerosPar o Juego sea superior a 2,000 UMA, empleados se requiere que éstos estén relacionados en la Póliza, desde el momento de la contratación o, si son adquiridos posteriormente, mediante endoso. En caso de que no se hayan relacionado y agentessean afectados por siniestro, contra cualquier demandala indemnización quedará limitada a 2,000 UMA aun cuando se compruebe un valor superior y la preexistencia de los mismos. Cuando alguno de los bienes asegurados consista en artículos en Par o en Juegos, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles ningún caso la Compañía indemnizará más del Valor Real correspondiente a la negligencia grave, dolo parte o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contrato. En el caso partes que se genere cualquier situación de hecho pierden o acto de autoridaddañan, sin considerar el valor especial que pudiera tener el artículo como parte integrante del Juego o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado dolo, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedadPar.

Appears in 1 contract

Samples: axa.mx

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráArrendatario asume entera responsabilidad por y, defenderá en consecuencia se obliga a indemnizar, proteger y sacará sacar en paz y a salvo al FiduciarioArrendador y sus afiliadas, así como a sus los funcionarios, delegados fiduciariosconsejeros y empleados del Arrendador y de sus afiliadas de cualesquiera responsabilidades, directoresobligaciones, consejerosdaños, empleados pérdidas, lesiones, demandas, reclamaciones, penalidades, procedimientos, gastos y agentescostos (incluyendo los honorarios y gastos legales), contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier cualesquiera tipo o y naturaleza, que surja se deriven del uso del Equipo y de los Programas Relacionados, ya sea que el Arrendador los autorice o incurridos no y sin importar si surgen del uso, condiciones y mantenimiento del Equipo y de los Programas Relacionados por parte de otro Distribuidor, incluyendo sin limitación cualquier uso no autorizado de acuerdo con lo establecido en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia Cláusula Séptima del presente Contrato. En Asimismo, el caso Arrendatario que se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre realice mediciones con el Fideicomiso Equipo y/o el patrimonio del Fiduciario los Programas Relacionados y/o que hubieren sido generados por actos u omisiones actualice la información de las partes mediciones al incluirla en la red del Arrendador sin previamente obtener el Consentimiento deberá proteger y sacar en paz y a salvo al Arrendador y sus afiliadas, así como a los funcionarios, consejeros y empleados del Arrendador y de este Fideicomisosus afiliadas de cualesquiera responsabilidades, por el Fiduciario en cumplimiento obligaciones, daños, pérdidas, lesiones, demandas, reclamaciones, penalidades, procedimientos, gastos y costos (incluyendo los honorarios y gastos legales razonables), de los fines del Fideicomiso o por terceroscualesquiera tipo y naturaleza, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan deriven o relacionen con el incumplimiento del Arrendatario contenidas en el párrafo anterior (excepto en los casos en que hubiere mediado doloo derivadas de la presente Cláusula sobrevivirán la terminación del presente Contrato y/o del Anexo correspondiente, negligencia o mala fe del Fiduciario o que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado por el presente Fideicomiso), el pago derivado independientemente de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, en el entendido que el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna causa de responder con bienes de su exclusiva propiedadterminación.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Arrendamiento De Scanner

Indemnización. El Fideicomitente indemnizaráPara el pago de la indemnización, defenderá LA COMPAÑÍA podrá optar por alguna de las alternativas consignadas en el artículo 1110 del Código de Comercio. Cuando los objetos asegurados se compongan de un conjunto conformado por un par o un juego de artículos, en caso de una pérdida de uno o más de sus componentes, la indemnización no excederá del valor que tenga dicho componente o componentes perdidos, sin tener en cuenta algún mayor valor especial que pudiere tener como parte del par o del juego de artículos, ni excederá de la parte proporcional que represente dicho componente o componentes respecto del valor asegurado total del par o del juego de artículos. Tratándose de reconstrucción o reparación de edificaciones, el valor de la adecuación a las normas sismo resistentes solo será asumido por La Compañía en caso de que dicho valor haya sido reportado por el Tomador / Asegurado al momento de declarar el estado del riesgo y sacará por tanto tomado en paz y cuenta para la determinación del valor asegurable de las edificaciones aseguradas. No se aceptan límites a salvo al Fiduciario, así como primera perdida para estas adaptaciones ni en conjunto con los seguros a sus funcionarios, delegados fiduciarios, directores, consejeros, empleados y agentes, contra cualquier demanda, reclamación, acción, multa, penalización, responsabilidad, transacción, daño, pérdida, costo o gasto de cualquier tipo o naturaleza, que surja de o incurridos en relación con este Contrato o con cualquier acción u omisión relacionada con el mismo, excepto por aquellos directamente atribuibles a la negligencia grave, dolo o mala fe del Fiduciario. Las obligaciones del Fideicomitente conforme al presente párrafo subsistirán y permanecerán en pleno vigor y efecto durante la vigencia del presente Contratovalor real. En el caso que contrario, se genere cualquier situación de hecho o acto de autoridad, o consecuencia de índole legal, que produzca responsabilidades pecuniarias o sobre el Fideicomiso y/o el patrimonio del Fiduciario que hubieren sido generados por actos u omisiones de las partes de este Fideicomiso, por el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso o por terceros, incluyendo erogaciones relacionadas con los actos y conceptos que se mencionan aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior (excepto en los casos en artículo 1102 del código de comercio, indemnizando el daño a prorrata entre la cantidad asegurada y la que hubiere mediado dolono lo esté. En tal caso, negligencia o mala fe del Fiduciario o queda convenido que el Fiduciario realizare algún acto que no le esté autorizado asegurado será considerado como su propio asegurador por el presente Fideicomiso), el pago derivado de dichas responsabilidades pecuniarias será exclusivamente con cargo a la Cuenta General, diferencia representada en el entendido valor de la adecuación a normas sismo resistentes y por tanto soportará la parte proporcional de perjuicios y daños que sufra por este concepto. En caso de que dicho valor haya sido declarado y tenido en cuenta para la determinación del valor asegurable, la reconstrucción o reparación con adecuación a normas sismo resistente se realizará con sujeción únicamente a lo dispuesto en el Fiduciario no contrae obligaciones patrimoniales decreto 33 de 1998 y en nombre las normas que lo modifiquen o por cuenta propia ni forma personal, por lo que no será responsable en forma alguna de responder con bienes de su exclusiva propiedad.adicionen

Appears in 1 contract

Samples: www.aress.com.co