Límite de indemnización Cláusulas de Ejemplo

Límite de indemnización. El límite máximo de indemnización, a primer riesgo, para el conjunto de las coberturas de esta garantía es de 900 euros por siniestro, con los siguientes sublímites: - Extravío: hasta 150 euros por animal. - Sacrificio y eliminación de cadáver por enfermedad: hasta 60 euros por animal. - Estancia del animal en residencia canina o felina: hasta 300 euros por animal, con un máximo de 30 días.  Los siniestros que tengan su causa en hechos ocurridos fuera del período de vigencia de la póliza.  Dolo, mala fe, negligencia grave o culpa grave del Asegurado, de sus familiares, del Tomador del seguro, de los socios, administradores, directivos, asalariados y personas que de hecho o de derecho, dependan del Tomador del Seguro o del Asegurado.  Guerra Civil o internacional, haya o no mediado declaración oficial; invasión; fuerza militar; sedición; motín o tumulto popular; atentados con fines políticos o sociales; alborotos populares y terrorismo.  Erupción volcánica; terremotos; temblor; asentamiento; hundimiento; desprendimiento o corrimiento de tierras, aunque su causa próxima o remota sea uno de los riesgos cubiertos; huracán; tromba; marea; oleaje; e inundación, salvo que ésta última quedase cubierta por los riesgos contemplados para la cobertura de Inundación de la garantía de Extensivos.  Reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva.  Hechos cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, aún cuando dicho Organismo no admita la efectividad del derecho del Asegurado por incumplimiento de alguna de las normas establecidas en el Reglamento y disposiciones vigentes en la fecha de ocurrencia del siniestro.  Posibles diferencias entre los daños producidos y las cantidades indemnizadas por el Consorcio de Compensación de Seguros.  Hechos calificados por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.  Fermentación, oxidación, vicio propio o defecto de fabricación, instalación o construcción de los bienes objeto del seguro.  Uso o desgaste normal de los bienes objeto del seguro, defecto propio o defectuosa conservación de los mismos.  Los daños a bienes que se encuentren al aire libre o contenidos en el interior de construcciones abiertas.  Contaminación, polución o corrosión.  Destrucción o deterioro de los bienes objeto del seguro fuera del lugar indicado o de las situaciones previstas en la póliza.  Los perjuicios, daños consecuenciales y pérdidas indirectas de cualquier clase que se produzcan con ocasión del siniestro...
Límite de indemnización. Hasta el 10% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable.
Límite de indemnización. Hasta el 100% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable. Límite de indemnización: Hasta el 100% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable. Límite de indemnización: Hasta el 100% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable.
Límite de indemnización. El límite máximo de indemnización, a primer riesgo, es del 100% de la Suma Asegurada para esta garantía detallada en Condiciones Particulares.
Límite de indemnización por evento y en el agregado por la vigencia de la póliza. Deducible: ZMX 127 COBERTURA ADICIONAL DE PÉRDIDA DE BENEFICIOS A CONSECUENCIA DE UN SINIESTRO DE CONSTRUCCIÓN. La Compañía indemnizara al Asegurado- denominado «Principal>> en Ia Parte Descriptiva del Proyecto contenida en las condiciones particulares de esta Póliza -en relación con Ia pérdida de beneficio bruto efectivamente sufrida y debido a Ia reducción del volumen de negocio y/o al incremento de los costos de operación tal como se define en esta cobertura, si en algún momento del período de vigencia de la cobertura, que figura en el Anexo a la misma, alguno o todos los bienes asegurados sufren perdida o daño cubiertos bajo Ias Xxxxxxxxxx A, B y C de la Póliza, causando por ello un entorpecimiento en los trabajos de construcción de obras civiles dando como resultado un retraso en el comienzo y/o entorpecimiento del negocio asegurado, denominado a continuación «el retraso>>, a menos que queden excluidos expresamente en esta cobertura. El importe a indemnizar en este contexto será: - respecto a Ia pérdida de beneficio bruto: Ia cantidad obtenida de multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por Ia diferencia que resulte del volumen de negocio que se hubiera conseguido si no se hubiese presentado «el retraso>>, y el volumen de negocio realmente obtenido, ambos referidos al período de indemnización fijado en el Anexo para esta cobertura; - respecto al incremento de los costos de operación: el gasto adicional en el que se incurra necesaria o justificadamente con el sólo propósito de prevenir o disminuir Ia reducción del volumen de negocio que se hubiera presentado sin este gasto, durante el período de indemnización fijado en el Anexo para esta cobertura, pero sin que exceda de Ia suma obtenida al multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por Ia pérdida prevenida del volumen de negocio. Si Ia suma asegurada anual de esta cobertura de Ia Póliza es menor a Ia suma obtenida al multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por el volumen anual de negocio, Ia suma a indemnizar será reducida en Ia misma proporción.
Límite de indemnización. III.1. El límite máximo de indemnización, por hechos cubiertos por este grupo de garantías de los apartados I y II, es el 100% de la suma asegurada de Continente y del Contenido en caso de que éste se hubiera contratado, indicado en las Condiciones Particulares.
Límite de indemnización. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6.1. de las Condiciones Generales de la Póliza, se establece un límite máximo por siniestro, asegurado y año, para el conjunto de indemnizaciones, gastos y costas, de 3.000.000, 00 Euros.
Límite de indemnización. La Empresa de Xxxxxxx conviene en pagar con respecto a cualquier reclamación amparada en esta Sección en relación con defensa, ajuste y pagos suplementarios:
Límite de indemnización. Hasta el 100% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable.
Límite de indemnización. Hasta el 10% de la Suma Asegurada para Total Contenido.