Indemnizaciones Cláusulas de Ejemplo

Indemnizaciones. 1. Se establecen las siguientes indemnizaciones para todos los trabajadores afectados por este Convenio:
Indemnizaciones. 1. Para los casos en que el presupuesto de ejecución de la obra prevista en el proyecto se desviare en más de un 20 por ciento, tanto por exceso como por defecto, del coste real de la misma como consecuencia de errores u omisiones imputables al contratista consultor, la Admi- nistración podrá establecer, en el pliego de cláusulas administrativas particulares, un sistema de indemnizacio- nes consistente en una minoración del precio del contrato de elaboración del proyecto, en función del porcentaje de desviación, hasta un máximo equivalente a la mitad de aquél.
Indemnizaciones. El Miembro indemnizará, defenderá y mantendrá en paz y a salvo de cualquier responsabilidad a las Partes Indemnizadas, en términos amplios xx xxx, incluyendo cualesquier tipo de daños, perjuicios y costas incurridos por una Parte Indemnizada como consecuencia de cualquier investigación, reclamación, acción, litigio, demanda, procedimiento administrativo o resolución a un procedimiento alterno de controversias que resulten o sean derivadas de cualquier Operación, hecho o servicio en un desarrollo o que involucre lesiones o daños a la propiedad, incumplimiento de contratos, leyes, reglamentos, acuerdos, circulares o por cualquier acto, error u omisión del Miembro, los invitados del Miembro, cualquier parte relacionada o afiliada al Miembro, sus invitados o cualquiera de los propietarios, funcionarios, consejeros, empleados, agentes, factores o contratistas del Miembro o sus filiales. El Miembro no tendrá obligación de indemnizar a una Parte Indemnizada por los daños causados para compensar daños a la propiedad o lesiones en caso que un tribunal con jurisdicción competente dicte sentencia definitiva y firme en la que se condene a la Parte Indemnizada.
Indemnizaciones. Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho a percibir indemnizaciones complementarias a las prestaciones de Seguridad Social, en los supuestos y cuantías que se detallan:
Indemnizaciones. La indemnización corresponderá al importe de los daños en exceso del coaseguro y del deducible, y se efectuará sobre la base de Primer Riesgo.
Indemnizaciones. A menos que se establezca de otra forma en los presentes Términos y Condiciones, nos deberá indemnizar por cualquier gasto incurrido o sufrido por nosotros que no esté incluido en el precio de las vacaciones que nos ha pagado incluyendo (sin limitaciones) los gastos derivados de tratamientos médicos, dentales o similares, alojamiento, transporte, repatriación o daños a la propiedad. También nos deberá indemnizar por todos los costes, gastos o cualquier otro importe en el que incurramos como resultado de su incumplimiento de los requisitos de los presentes Términos y Condiciones incluido, a modo de ejemplo, el no proporcionar información de conformidad con la cláusula 18 (Datos de Pasajero de Vuelo Seguro e Información de Pasajeros Anticipada).
Indemnizaciones. 30.1. XXXXX deberá, en todo momento, defender, indemnizar y ser responsable ante la OIM, sus funcionarios, empleados y agentes (“aquellos indemnizados”) de cualquier pérdida, costo, daño y gasto (incluidos gastos y honorarios jurídicos), reclamaciones, pleitos y responsabilidades en la medida en que provengan o resulten de las actividades realizadas en el marco del presente Convenio. La OIM deberá notificar prontamente al XXXXX de cualquier reclamación escrita, pérdida o demanda de que fuera responsable el XXXXX en el marco de esta cláusula.
Indemnizaciones. La imposición de penalizaciones será independiente, por un lado, de la obligación del contratista de la indemnización, tanto al Ayuntamiento como a terceros, de los daños y perjuicios que las infracciones que los motivan hayan causado y, por otro, del no abono por parte del Ayuntamiento de los trabajos finalmente no ejecutados. En caso de incumplimiento de plazos, además de las penalizaciones establecidas en el apartado anterior, se podrá exigir al contratista la indemnización al Ayuntamiento por los daños y perjuicios que ocasione la demora. Esta indemnización se considera pactada previamente de acuerdo con los siguientes criterios objetivos: Cuando se incumpla el plazo total de ejecución en más de un 15 %, la indemnización alcanzará el 5 % del precio de adjudicación del contrato. Cuando se incumpla el plazo total de ejecución en más de un 25%, la indemnización será del 10% del precio de adjudicación del Contrato. Además, cuando el incumplimiento por parte del adjudicatario de los compromisos concretos ofertados en todas las cuestiones que hayan servido como criterios de valoración de las ofertas, supusiese que, de no haberse tenido en cuenta en su oferta esos criterios, no hubiera sido la seleccionada, deberá indemnizar al Ayuntamiento por la diferencia entre dicha oferta y la siguiente en el orden de clasificación de las recibidas. Si además este incumplimiento diese lugar algún tipo de impugnación del contrato, la indemnización se elevará hasta cubrir cualquier cantidad a la que el Ayuntamiento pudiese tener que hacer frente por tal motivo.
Indemnizaciones. El Arrendatario no exigirá indemnización alguna si, por motivo de fuerza mayor o por causa fortuita (una avería o siniestro no reparable para la fecha prevista de entrega), el vehículo no se pudiera entregar el día convenido. El Arrendador se reserva el derecho de sustituir el vehículo por otro en caso de no contar con disponibilidad del vehículo reservado. El Arrendador no asegura que el vehículo se encuentre en perfecto estado estético en el momento del alquiler, se reflejaran los daños, si los hubiera, en el momento de la entrega y especificados en el contrato de alquiler. En caso de imposibilidad de llevarse a cabo el alquiler en la fecha convenida, el Arrendatario podrá modificar las fechas de alquiler optando por otras, siempre que exista disponibilidad, no pudiendo exigir indemnización alguna. En caso de que el Arrendatario, por decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno.
Indemnizaciones. Cada empresa garantizará las siguientes indemnizaciones: