PERSONAL A CARGO Cláusulas de Ejemplo

PERSONAL A CARGO. En cuanto al personal del Contratista, la Dirección de Obra podrá solicitar el cambio o remoción del personal que no considere idóneo para la realización de las tareas encomendadas. La Dirección de Obra podrá solicitar que se incremente el personal en obra si los plazos así lo demandaran o que se extienda el horario de trabajo. El listado del personal será entregado a la I. de O. previo al inicio de los trabajos y cada vez que surja una modificación en el plantel. El Contratista debe proveer a su personal de las prendas de vestir y accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda y/o tarjeta identificadora de la empresa de modo que lo diferencie del personal del aeropuerto. Todo el personal afectado al servicio estará bajo responsabilidad y a cargo de El Contratista, estando a exclusiva cuenta de este último el pago de los salarios, seguros laborales, leyes sociales y previsionales, y cualquier otro gasto que este genere vinculado con la prestación del servicio, no teniendo dicho personal ningún tipo de relación con EANA S.E. Asimismo, EANA S.E. no tendrá responsabilidad alguna sobre cualquier conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral o cualquier otra, entre el Contratista y el personal que éste ocupare en cumplimiento del contrato. El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que de él depende, como así también por el incumplimiento de las obligaciones que establecen las Leyes Nº 24.557, Nº 22.250, Nº 19.587, sus reglamentaciones y demás normas relativas a la higiene y seguridad en el trabajo.
PERSONAL A CARGO. La empresa pone en conocimiento que al grupo de pasajeros lo acompañan coordinadores y per- sonal de la empresa, cada 20 (veinte) y no más de 25 (veinticinco) personas un coordinador res- ponsable. Asimismo el grupo esta conformado por un médico que realiza el viaje completo con el grupo, para el caso de ser necesario acompañar al pasajero ante alguna situación que lo re- quiera y ser el intermediario entre los médicos tratantes y el pasajero o sus familiares, para su contención adecuada.

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  • Personal Administrativo A) Administrativos: Jefe de Primera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55,96 Jefe de Segunda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51,82 Oficial de Primera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44,10 Oficial de Segunda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41,44 Azafata/o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37,30 Auxiliar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37,30 Telefonista . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31,06

  • Clasificación del personal La clasificación del personal afectado por el presente Convenio es meramente enun- ciativa y no supone obligación de tener cubiertas todas las plazas enumeradas, si las necesidades de la actividad de la empresa no lo requieren.

  • MEDIOS PERSONALES El adjudicatario queda obligado, desde el momento del comienzo del contrato, a tomar a su cargo, mediante subrogación de los contratos de trabajo, al personal de la actual concesionaria que se especifica en el Anexo I de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, incluyendo categoría, antigüedad, retribuciones salariales, convenio colectivo de aplicación y tipo de contrato. El adjudicatario atenderá la correcta prestación de los servicios empleando para ello el personal técnico, administrativo, operarios, etc., precisos en cada momento, viniendo obligado a mantener un personal mínimo, que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en su oferta, conforme establece el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los licitadores acompañarán en la Memoria complementaria a su oferta, propuesta detallada de las previsiones de plantilla y relación de puestos de trabajo que se comprometen a mantener durante la vigencia del contrato, con expresión de sus características esenciales. El concesionario tiene el deber de comunicar al Ayuntamiento la plantilla y relación de puestos de trabajos adscritos a los servicios, al inicio de la concesión -conforme a su oferta-; así como las modificaciones que introdujera al respecto, las cuales precisarán autorización del Ayuntamiento. Una vez adjudicado el contrato conforme a la plantilla propuesta, la contratación de nuevo personal -según demanden las necesidades de los servicios- no podrá llevarla a cabo el adjudicatario sin la previa autorización del Ayuntamiento; responsabilizándose aquél de los correspondientes despidos en caso de incumplimiento. Se indicará asimismo en la Memoria complementaria a la oferta, el número de días de trabajo y el horario que en función de la organización de los trabajos prevista, se considere más operativo. No obstante, éste deberá ser aprobado por los Servicios Técnicos Municipales en función de las necesidades de los servicios y para una mejor prestación de las labores previstas y adaptación a las condiciones de la ciudad. El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, con el personal del adjudicatario ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de su cuenta todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con motivo de este contrato de gestión de servicio público. El contratista asumirá, en cuanto a sus obligaciones como empresario, todas las derivadas de las Leyes Laborales vigentes en cada momento. Todo el personal deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y tener seguro de accidentes, estando al corriente en el pago de las correspondientes cuotas. El personal adscrito al servicio deberá estar debida y correctamente uniformado. En caso de falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestido o falta de respeto o consideración con el público de dicho personal, será responsable el contratista frente a este Ayuntamiento, que podrá imponerle las sanciones correspondientes. En este sentido los licitadores especificarán en sus ofertas el equipo personal y uniforme con que proponen dotar a todos los trabajadores para cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad, color de los tejidos, y la periodicidad y fecha de entrega. Se especificarán uniformes xx xxxxxx, invierno y lluvia para operarios, encargados, conductores, etc., así como todo el equipo de seguridad personal y especial para las operaciones o labores que así lo exijan; todo ello de acuerdo con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud. Todo el personal deberá estar perfectamente identificado, debiendo proponer el licitador el sistema de identificación que estime más eficaz. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad y salud, y cualquier otro que se considere conveniente.

  • DATOS PERSONALES Apellido Paterno Apellido Materno Prenombres LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: / / Lugar día/mes/año NACIONALIDAD: ESTADO CIVIL: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: DIRECCIÓN: LOCALIDAD DISTRITO TELÉFONO CELULAR CORREO ELECTRÓNICO COLEGIO PROFESIONAL DE: (SI/NO APLICA) REGISTRO N° LUGAR DEL REGISTRO DATOS DEL PADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: DATOS DE MADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: Ayacucho,…………………………………............... "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" De mi consideración: El que suscribe identificado con DNI Nº .............................,con RUC N° …………………….……………, domiciliado en ........................................................................., que se presenta como postulante a la Convocatoria sobre Contratación Administrativa de Servicios, DECLARO BAJO JURAMENTO que:

  • DEL PERSONAL CAPÍTULO I

  • DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, los licitadores aceptan la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados corporativos de ACUASUR así como el tratamiento automatizado de los mismos, para las finalidades de gestión de la Sociedad. Los licitadores podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la legislación vigente. ACUASUR mantendrá la más absoluta confidencialidad respecto a los datos de carácter personal de los licitadores a los que haya tenido acceso con motivo de la tramitación del procedimiento, quedando sujeta, en cuanto a su tratamiento, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás disposiciones aplicables en la materia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP y de las cláusulas de este pliego relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, ACUASUR no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que le hubiere dado el referido carácter en el contrato o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que la propia naturaleza de los datos afectados aconseje un plazo superior que, en todo caso, habrá de reflejarse en el contrato.

  • Asignación Las credenciales de acceso a Aplicateca (en adelante, “Claves de Acceso y Compra”) se asignarán durante el proceso de registro de CLIENTE o de alta de cada usuario en Aplicateca, donde: • el identificador (Login) de acceso será la dirección de correo electrónico (email) del usuario, • la contraseña la establece el usuario cuando completa el proceso de activación. Estas credenciales podrán ser modificadas con posterioridad a voluntad del usuario y bajo su responsabilidad. Dichas credenciales deberán ser proporcionadas por el usuario para acceder a las secciones restringidas del portal: uso, contratación y gestión de aplicaciones, gestión de usuarios y otras gestiones administrativas. Adicionalmente, y si el SERVICIO prestado lo requiere, EL PROVEEDOR podrá exigir a los usuarios del SERVICIO el empleo de otras credenciales adicionales para su uso (en adelante, las "Claves del Servicio"). MOVISTAR o, en su caso, EL PROVEEDOR, podrá unilateralmente, y en cualquier momento, modificar, suspender o revocar los nombres de usuario o las Claves de Acceso y Compra, con el fin de unificar las diversas claves de acceso de que dispone el CLIENTE en los distintos servicios ofrecidos por MOVISTAR, procediendo a la comunicación al CLIENTE de forma inmediata.

  • Subrogación del personal En el sector de limpieza de edificios y locales operará la subrogación del personal cuando tenga lugar un cambio de contratista o de subcontratista, en una concreta actividad de las reguladas en el ámbito funcional del artículo del presente Convenio, en cualquier tipo de cliente, ya sea público o privado. Dicha subrogación se llevará a cabo en los términos indicados en el presente artículo. En lo sucesivo, el término contrata se entiende como el conjunto de medios organizados con el fin de llevar a cabo una actividad económica de las definidas dentro del ámbito funcional del Convenio, ya fuere esencial o accesoria, que mantiene su identidad con independencia del adjudicatario del servicio. En este sentido, engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación, tanto pública como privada, e identifica una concreta actividad que pasa a ser desempeñada por una determinada empresa, sociedad, o entidad de cualquier clase, siendo aplicable la subrogación aún en el supuesto de reversión de contratas a cualquiera de las administraciones públicas. A los efectos previstos en este artículo no tendrán la consideración de trabajadores y, por tanto, no serán objeto de subrogación por la nueva adjudicataria los socios cooperativistas que no tengan la condición de socios trabajadores y los trabajadores autónomos aun cuando vinieran prestando servicios directa y personalmente en el centro o contrata en el que se produjese el cambio de contratista. En el caso de subrogación de socios cooperativistas que tengan la condición de trabajadores, la subrogación alcanzará exclusivamente a esta última condición, sometiéndose en todos los aspectos a la regulación laboral y convencional de aplicación.

  • PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que el Titular sea una persona física le informamos que sus datos serán incorporados a un fichero titularidad de la entidad emisora de la Tarjeta con el fin de gestionar su solicitud y la relación comercial con el Titular, así como para enviarle comunicaciones comerciales propias o información comercial de terceros, tanto por medios tradicionales como electrónicos y de forma segmentada y/o personalizada, relativas o que hagan referencia a productos y/o servicios del Grupo Cepsa relacionadas con los siguientes sectores: ocio, viajes, cultura, tarjetas y medios de pago, automoción, seguros, distribución y financiación, regalos, moda, hogar, tecnología, y promociones y/o acciones comerciales relacionadas con dichos sectores. Para ello los datos del Titular serán comunicados a las Sociedades del Grupo Cepsa que puede consultar en el sitio web xxx.xxxxx.xxx, y en concreto a Cepsa Comercial Petróleo, S.A.U. (CCP) como actual titular del Sistema de clientes, generándose un único identificador de cliente para el Grupo Cepsa, lo que implica la adhesión de forma automática a los sistemas promocionales de la Compañía, en el cual se encuentra incluido el sistema “Porque tu vuelves”. Puede consultar las bases legales en la web del programa (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx). Si el Titular no manifiesta su negativa al tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas, marcando la casilla del formulario, comunicándonoslo a través del teléfono 000 000 000, o mediante el correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, se entenderá que consiente de forma expresa el envío de comunicaciones comerciales, su adhesión a los sistemas promocionales y la cesión de sus datos a las entidades del Grupo Cepsa para la generación del ID único de cliente. El Titular de la Tarjeta autoriza al emisor a consultar información relativa a sus antecedentes crediticios para el análisis y decisión de su solicitud, consultando los ficheros oportunos al efecto y en especial, los pertinentes ficheros de solvencia patrimonial y crédito. El Titular autoriza al emisor a comunicar sus datos y los relativos a su crédito a cualquier registro de información de antecedentes crediticios (Banco de España, Asnef-Equifax, etc). Caso de impago, sus datos podrán ser comunicados a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. La información adicional que el emisor pueda solicitar al Titular para la determinación de cualquier garantía para el pago, límites de riesgo y/o crédito implícitos en los medios de pago, etc., será tratada con esta única finalidad y podrá conservarse mientras permanezca vigente cualquier relación contractual con el emisor y/o cualquier otra sociedad del Grupo Cepsa. A tal fin, el Titular autoriza al emisor para que pueda incluir esta información económica en un fichero de uso compartido por las sociedades del Grupo Cepsa con estas mismas finalidades. En el supuesto caso que el emisor tuviese acuerdos con entidades de seguro, reaseguro, fondos de garantía, o cualquier otro tercero que actúe como garante del riesgo o de las transacciones que el Titular efectúe con medios de pago CEPSA, éste autoriza la comunicación a esos terceros de sus datos identificativos a efectos única y exclusivamente de su registro como Titular de una tarjeta o medio de pago CEPSA. En caso de facilitar datos de terceros garantiza haber informado a dichos terceros de los términos y finalidades descritos anteriormente y haber obtenido el consentimiento de los mismos para recabar sus datos de carácter personal. Por último informarle que podremos realizar la grabación de las conversaciones telefónicas con el fin de garantizar una mejor calidad de la prestación del servicio. Podrá ejercitar, en todo momento, ante la entidad emisora de la tarjeta y/o CCP, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, a través del correo electrónico: xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx, o a la siguiente dirección: (Ref.: LOPD-Asesoría Jurídica), Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 000 X, 00000-Xxxxxx (Xxxxxx) adjuntando una fotocopia del D.N.I., Pasaporte o N.I.E. en vigor para acreditar su identidad. También podrá contactar con CCP para temas relacionados con el sistema promocional, a través del Telf. 000 000 000

  • Trámites a Distancia, Delegación Administrativa, Inspección General de Justicia e. 17/12/2019 N° 97689/19 v. 17/12/2019