OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. En los términos y condiciones establecidas en la póliza, el Asegurador toma a su cargo la responsabilidad civil que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en la presente póliza.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por el presente contrato, el asegurador, dentro de los límites fijados para el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria vigentes en el momento de ocurrencia del siniestro y de los contratados para el seguro voluntario complementario en las condiciones generales, particulares y especiales, asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indican y que figuren expresamente contratados en las condi- ciones particulares: LIBERTYAUTOS – Responsabilidad civil derivada de la conducción del vehículo asegurado (artículo 2). Modalidad A: Responsabilidad civil de suscripción obligatoria. Modalidad B: Responsabilidad civil de suscripción voluntaria. Modalidad C: Responsabilidad civil de la carga. – Daños propios sufridos por el vehículo asegurado (artículo 3). 7 – Incendio del vehículo asegurado (artículo 4). – Robo del vehículo asegurado (artículo 5). – Rotura de lunas (artículo 6). – Defensa jurídica (artículo 7).
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. LIBERTYVEHÍCULOS AGRÍCOLAS Por el presente contrato, el asegurador, dentro de los límites fijados para el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria vigentes en el momento de ocurrencia del siniestro y de los contratados para el seguro voluntario complementario en las condiciones generales, particulares y especiales, asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indican y que figuren expresamente contratados en las condiciones particulares: – Cobertura de responsabilidad civil derivada de la conducción del vehículo asegurado (artículo 2).
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por el presente contrato, el asegurador, dentrode los límites fijados para el seguro de respon- s abilidad civil de suscripción obligatoria vigentes en el momento de ocurrencia del siniestro y de los contratados para el seguro voluntario complementario en las condiciones genera- les, particulares y especiales, asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indi- can y que figuren expresamente contratados en las condiciones particulare s : – Responsabilidad civil derivada de la conducción del vehículo asegurado (artículo 2). Modalidad A: Responsabilidad civil de suscripción obligatoria. Modalidad B: Responsabilidad civil de suscripción voluntaria. 7 Modalidad C: Responsabilidad civil de la carga. – Daños propios sufridos por el vehículo asegurado (artículo 3). – Incendio del vehículo asegurado (artículo 4). – Robo del vehículo asegurado (artículo 5). – Rotura de lunas (artículo 6). – Defensa jurídica (artículo 7). – Reclamación de daños (artículo 8). – Asistencia jurídica en materia de infracciones administrativas de tráfico, circulación y seguridad vial (artículo 9). – Accidentes personales de ocupantes (artículo 10). – Accidentes personales del conductor: capital más renta (artículo 11). – Subsidio por privación temporal del permiso de conducir (artículo 12). – Asistencia en viaje (artículo 13). – Vehículo de Sustitución en caso de accidente y robo (artículo 14).
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por no haber afectado total o parcialmente el anticipo recibido del Asegurado al efectivo cumplimiento de las obligaciones pactadas. La suma asegurada por esta póliza se irá reduciendo en la misma medida que el proponente realice las entregas, el acopio en obra de los materiales o conforme a los certificados de obra que se emitan, según el destino del anticipo estipulado sea la financiación de suministros, acopio de obra o financiación de obra, respectivamente. La presente póliza se desafectará al tiempo que la ley y el contrato lo establezcan. Queda entendido y convenido que el Asegurador quedará liberado del pago de la suma garantizada, cuando las disposiciones legales o contractuales establezcan la dispensa del Proponente.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por los defectos de construcción o la mala calidad de los materiales empleados en la obra o suministro (vicios ocultos) objeto del contrato individualizado en las Condiciones Particulares de la póliza, constatados después de la recepción provisoria de la obra y hasta la recepción definitiva de la misma. La presente póliza se desafectará al tiempo que la ley y el contrato lo establezcan. Queda entendido y convenido que el Asegurador quedará liberado del pago de la suma garantizada, cuando las disposiciones legales o contractuales establezcan la dispensa del Proponente
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado en caso de incumplimiento de las obligaciones que se indican a continuación:
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. CLÁUSULA 1) Por la presente póliza, que se emite de conformidad con el convenio y condiciones de cobertura firmados por el Tomador, el Asegurador garantiza al Asegurado el pago en efectivo que debe recibir del Tomador como consecuencia del tiempo y forma en que éste cumpla sus obligaciones derivadas del contrato que se especifica en las Condiciones Particulares, suscrito con el Asegurado.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. La presente póliza cubre la garantía que el tomador presenta para responder por el anticipo recibido o a recibir por el tomador del asegurado en concepto de pago de la certificación por el avance de fabricación en obra o en talleres de acuerdo al contrato que instrumenta la relación entre ambos especificado en las condiciones particulares,. Queda establecido que la presente póliza se irá desafectando en la misma medida de las entregas que realice el tomador. Esta póliza no responde por multas u otras penalidades que pudieren ser aplicadas por el asegurado al tomador en razón de incumplimientos totales o parciales, ni por demoras, fallas técnicas, u otros perjuicios que pudiere sufrir el asegurado a causa de dichos incumplimientos. Queda entendido y convenido que el asegurador quedará liberado del pago de la suma asegurada, cuando las disposiciones legales o contractuales pertinentes establezcan la dispensa del tomador
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por el presente contrato, el asegurador asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indican y que figuren expresamente contratados en las condiciones particulares: • Responsabilidad civil derivada de la conducción de la moto asegurada (artículo 2). – Modalidad A: Responsabilidad civil de suscripción obligatoria. – Modalidad B: Responsabilidad civil de suscripción voluntaria. – Modalidad C: Responsabilidad civil de la carga. • Daños propios sufridos por la moto asegurada (artículo 3). • Incendio de la moto asegurada (artículo 4). • Robo completo de la moto asegurada (artículo 5). • Defensa jurídica (artículo 6).