ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Cláusulas de Ejemplo

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 1. Las especificaciones técnicas definidas en el punto 1 del anexo VI figurarán en la documentación del contrato, como los anuncios de lici- tación, el pliego de condiciones o los documentos complementarios. En la medida de lo posible, estas especificaciones técnicas deberían defi- nirse teniendo en cuenta los criterios de accesibilidad para personas con discapacidades o el diseño para todos los usuarios. 2. Las especificaciones técnicas deberán permitir el acceso en condi- ciones de igualdad de los licitadores y no tener por efecto la creación de obstáculos injustificados a la apertura de los contratos públicos a la competencia. 3. Sin perjuicio de las normas técnicas nacionales obligatorias, en la medida en que sean compatibles con el Derecho comunitario, las espe- cificaciones técnicas deberán formularse: a) bien por referencia a especificaciones técnicas definidas en el anexo VI y, por orden de preferencia, a las normas nacionales que incorporan las normas europeas, a los documentos de idoneidad técnica europeos, a las especificaciones técnicas comunes, a las nor- mas internacionales, a otros sistemas de referencias técnicas elabo- rados por los organismos europeos de normalización o, en su de- fecto, a las normas nacionales, a los documentos de idoneidad téc- nica nacionales o a las especificaciones técnicas nacionales en ma- teria de proyecto, cálculo y realización de obras y de puesta en funcionamiento de productos. Cada referencia deberá ir acompañada de la mención «o equivalente»; b) bien en términos de rendimiento o de exigencias funcionales; éstas podrán incluir características medioambientales. Éstas deberán, no obstante, ser suficientemente precisas para permitir a los licitadores determinar el objeto del contrato y a los poderes adjudicadores ad- judicar el contrato; c) bien en los términos de rendimiento o de exigencias funcionales mencionados en la letra b), haciendo referencia, como medio de presunción de conformidad con estos rendimientos o exigencias fun- cionales, a las especificaciones citadas en la letra a); d) bien mediante referencia a las especificaciones técnicas mencionadas en la letra a) para ciertas características y mediante referencia al rendimiento o exigencias funcionales mencionados en la letra b) para otras características. 4. Cuando los poderes adjudicadores hagan uso de la posibilidad de referirse a las especificaciones contempladas en la letra a) del apartado 3 no podrán rechazar una oferta basándose en que los product...
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Para la realización del objeto descrito, la Contraloría General de la República tiene previsto contratar la adquisición de tarjetas en las cantidades, presupuesto y especificaciones detalladas a continuación: Cada bono debe estar compuesto por lo siguiente: Un (1) par de zapatos. Un (1) pantalón. Una (1) camisa. Los posibles oferentes pueden incluir aspectos relacionados con la calidad de las prendas, tales como marcas y referencias, cuando sea el caso, además del precio de oferta de los mismos. Las tarjetas para la Dotación de Vestido y Calzado, podrán ser redimidos durante toda la vigencia 2018 (hasta el 31 de diciembre) y los artículos deberán estar elaborados en materiales de óptima calidad y resistencia de acuerdo con el medio ambiente de la ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, así: ITEM DESCRIPCION CANTIDAD TALLAS 1 Camisa para hombre, material OXFORD (65% Poliéster y 35% algodón), ▇ ▇▇▇▇, manga larga o corta, colores a convenir. 9 A convenir 2 Pantalón clásico, para Hombre en lino o tela drill adecuado para clima cálido, sin prenses. Colores a convenir. 9 A convenir 3 Zapato formal para hombre en cuero 100%, con cordón, liso y forro en badana, suela en caucho antideslizante, modelo y color por definir. 9 A convenir Estos bienes deben ser de buena calidad y de escogencia libre por cada beneficiario, entre la existencia total de la mercancía ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, sin que sea admisible limitación alguna en cuanto a colecciones o estilos, pero hasta concurrencia del valor asignado para cada tarjeta.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Formato de Contrato. La información que contiene la sección II de Instrucciones para los Oferentes es la única de las siete secciones que no es susceptible a cambios. En las secciones Aviso de Licitación, Datos de Licitación, Criterios de Evaluación, Formularios de Licitación y Especificaciones Técnicas se debe incluir para cada licitación, las condiciones y requerimientos específicos del proceso, solamente los formularios que le apliquen al caso y el modelo de contrato que, de conformidad con la legislación nacional, corresponda utilizar. Para la sección IV, Criterios de Evaluación, el Prestatario/Beneficiario deberá definir y establecer en detalle los aspectos y criterios que serán evaluados, así como calificaciones a otorgar de manera que los oferentes puedan conocer cómo serán evaluadas las ofertas y cómo será seleccionada la oferta más conveniente. Los criterios de evaluación deberán ser elaborados conforme a las expectativas de las obras a realizar detalladas en la sección VI Especificaciones Técnicas y en el formulario ECO-03 Lista Estimada de Cantidades y sus Precios Unitarios con el objetivo de seleccionar al contratista idóneo para ejecutar la obra. La sección V Formularios de Licitación contiene los formularios para la presentación de información que permitan i) revisar y analizar las capacidades de los oferentes para otorgarle o no la precalificación, ii) para la oferta técnica, formularios para la presentación de experiencias, hojas de vida del personal profesional propuesto, equipo disponible y cronograma de ejecución de obra, entre otros y, iii) para la oferta económica, formularios que incluyen desglose de la oferta económica. El Prestatario/Beneficiario elaborará el Documento Base de Licitación incluyendo en este solamente los formularios que le apliquen al proceso en particular y acordando con el BCIE los ajustes en el Documento Base que sean de la conveniencia de la operación y específicamente del proceso de licitación que se va a realizar. La única sección que no puede ser modificada por referirse a los aspectos relacionados con la normativa de adquisiciones del BCIE es la sección II, Instrucciones a los Oferentes. El uso de este documento estándar es de carácter obligatorio para todas las licitaciones de contratación de obras financiadas total o parcialmente con recursos del BCIE, promovidas por los Prestatarios/Beneficiarios. Este documento se hace de conocimiento público a través de la página web del Banco y es recomendable que antes...
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. El propósito de las Especificaciones Técnicas (ET), es el de definir las características técnicas de los Bienes y Servicios Conexos que el Comprador requiere. El Comprador preparará las ET detalladas teniendo en cuenta que: - Las ET constituyen los puntos de referencia contra los cuales el Comprador podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas ET bien definidas facilitarán a los Oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y al Comprador el examen, evaluación y comparación de las ofertas. - En las ET se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa. - En las ET se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo país o sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las ET. - En lo posible deben usarse medidas métricas. - Pudiera ser ventajoso estandarizar las ET, dependiendo de la complejidad de los bienes y la repetición del tipo de adquisición. Las ET deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipos generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares. - Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, ya sea Hondureñas o de cualquier otro país elegible, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual. - Las ET deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente: (a) Normas de calidad de los materiales y manufactura...
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. La Garantía Extendida Escáneres Móviles 1 y 2, modelo HCVM-3021, Años 2007 y 2008, debe contar con cobertura total de hasta 12 (doce) meses, la misma consta de:  Todos los servicios de Mantenimiento de ▇▇▇▇▇ ▇ y nivel 3 según lo especificado en los Manuales del Fabricante, con que cuentan las Unidades.  La comunicación con la fábrica deberá ser realizada por el técnico de la empresa proveedora local debidamente autorizada por la fábrica para dicho efecto.  La asistencia técnica ▇▇▇▇▇ ▇ con soporte de la fábrica, en el sitio donde se encuentre ubicada la Unidad, dentro de los 5 días de recibida la notificación de la Contratante presentando los reportes del problema, en el formato oficial de la fábrica.  Visitas de un técnico de la fábrica del escáner móvil, para la realización de la verificación del estado general de la unidad antes de la presentación de la oferta.  Se garantizará el funcionamiento de la Unidad, dentro del año que dure la Garantía Extendida, considerando que cualquier falla que impida el funcionamiento deberá ser corregida dentro de los 5 días hábiles, desde su comunicación por la Contratante según los formatos requeridos por el fabricante. Para ello se considera que el fabricante y/o el oferente tendrán una disponibilidad especial de repuestos en “stand-by” para esta unidad, para permitir el rápido envío y cambio de repuesto que eventualmente fueren necesarios durante el periodo de garantía.  Se entiende que si el daño fuere producido por sabotajes, vandalismo, descuido o la no realización de los Mantenimientos Preventivos ▇▇▇▇▇ ▇ a cargo de los operadores de la Unidad, los cuales son funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas o contratados por la misma, choque y/o accidente de tránsito, aplastamiento, daños de la naturaleza o algún agente externo que hubiere producido daños a la unidad, esto no será cubierto por la garantía, esto es considerado exclusión de garantía. Si ocurriere alguna de las causales mencionadas en el presente ítem, esto deberá ser cotizado por separado a la Dirección Nacional de Aduanas.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Garantía de fiel cumplimiento
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Son los requerimientos que deberán tener en cuenta los postores que deseen participar en el Concurso, los mismos que estarán referidos a los Términos de Referencia que como parte integrante de las presentes Bases conforman el Anexo Nº 1. Son las exigencias aplicables a los postores que se presentan al Concurso, las mismas que se basan en criterios objetivos.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Presupuesto Referencial
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 1. Una entidad no preparará, adoptará o aplicará especificaciones técnicas con el propósito o el efecto de crear obstáculos innecesarios al comercio entre las Partes. 2. Cualquier especificación técnica prescrita por una entidad deberá, cuando corresponda: (a) estar especificada en términos de requisitos de desempeño, en lugar de las características descriptivas o de diseño; y (b) estar basada en normas internacionales, cuando sea aplicable, o de lo contrario en reglamentos técnicos nacionales, en normas nacionales reconocidas, o en códigos de construcción. 3. Una entidad no prescribirá especificaciones técnicas que requieran o hagan referencia a una marca o nombre comercial, patente, diseño o tipo, origen específico o productor o proveedor, a menos que no exista una manera suficientemente precisa o inteligible de describir, de otra forma, los requisitos de la contratación pública, y siempre que, en tales casos, expresiones tales como “o equivalente” se incluyan en la documentación de la licitación. 4. Una entidad no solicitará ni aceptará, de una manera que pueda tener el efecto de impedir la competencia, asesorías que puedan ser utilizadas en la preparación o adopción de cualquier especificación técnica para una contratación pública específica de parte de una persona que pueda tener intereses comerciales en esa contratación pública. 5. Para mayor certeza, este artículo no tiene por objeto impedir que una Parte prepare, adopte o aplique especificaciones técnicas con el fin de promover la conservación de los recursos naturales.