DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

DEL CONTRATO. Para efectos de lo establecido en los artículos 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO” la convocatoria a la licitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la licitación, sus anexos y las juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas. “LOS LICITANTES” adjudicados deberán presentarse a firmar el contrato correspondiente, en la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx No. 1 Planta Baja, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Naucalpan de Juárez Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, en días hábiles y en horario de 9:00 a 16:30 horas dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la comunicación del fallo. Para ello y dentro de este plazo “LOS LICITANTES” adjudicados deberán comunicarse al teléfono 0000 0000, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual. De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY”, si “LOS LICITANTES” adjudicados no firman el contrato por causas imputables a él, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al “LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento). Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas en el Titulo Quinto de “LA LEY” a los “LICITANTES” adjudicados que no firmen el contrato correspondiente, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”. “LOS LICITANTES” adjudicados, no podrán por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente licitación, al amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento expreso y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
DEL CONTRATO. GIAHSA establecerá una política de control y seguimiento del proyecto para comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. El no cumplimiento de las mismas será objeto de penalización pudiendo ser causa de rescisión de contrato, según la gravedad o reiteración de las faltas; para lo cual, GIAHSA, dentro de su sistema de gestión, instruirá con carácter de no conformidad cada una de esas acciones informando al contratista sobre las causas y consecuencias, así como la cuantificación de las mismas. El Departamento de Recursos Humanos de GIAHSA será el responsable del seguimiento del contrato. Su dictamen tendrá carácter decisorio en cuanto a la definición del estado de los trabajos en calidad y ritmo de desarrollo, aptitud para la recepción, medición, liquidación y en general todas aquellas cuestiones cuya determinación en nombre de aquella, les deba ser atribuida en razón de su condición técnica. Las órdenes y decisiones del Responsable del Contrato de estos servicios, bien la actualmente designada, o aquella otra que por decisión del mismo pudiera sustituirle. Serán vinculantes para el adjudicatario, que se obliga a revisar lo que no se encuentre bien ejecutado a juicio del referido Responsable y a efectuar las modificaciones que los mismos decidan, para subsanar posibles defectos evidenciados sin incremento de los precios. El adjudicatario, a su vez, comunicará también por escrito al Responsable del Contrato de GIAHSA , cuantas dudas, consultas o falta de datos para la ejecución de los trabajos necesiten ser aclarados. Las no conformidades se penalizarán según se establece en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN DE servicios. Las penalizaciones podrán hacerse efectivas con cargo a las certificaciones a voluntad de GIAHSA. En todo caso la fianza responderá de la efectividad de aquéllas. La oferta deberá venir cumplimentada en el formato impreso facilitado por GIAHSA como Anexo 8 . El Tipo de Licitación se considera de referencia, al ser un tipo de referencia, este importe no se considera máximo, pudiendo admitir ofertas que superen la cuantía establecida. No se admiten variantes. La oferta económica debe venir siempre en el sobre B. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por el Empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. El plazo para la presentación de proposiciones finalizará a la hora y día indicado en el Cuadro Resumen de Condiciones. La solicitud se presentará en mano, los...
DEL CONTRATO. El contrato que, en su caso, sea formalizado con motivo de este procedimiento de contratación contará con un período de vigencia a partir del 1º xx xxxxx al 31 de diciembre del 2018. Para efectos de lo establecido en los artículos 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO”, y el numeral 4.2.6. del “MANUAL”, la convocatoria de invitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la invitación y sus anexos; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas. “EL LICITANTE” adjudicado deberá presentarse a firmar el contrato correspondiente, en la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, Planta Baja, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Naucalpan de Juárez Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, en días hábiles y en horario de 09:00 a 16:30 horas dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la comunicación del fallo. Para ello y dentro de este plazo “EL LICITANTE” adjudicado deberá comunicarse al teléfono 0000 0000, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual. De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY” y el numeral 4.2.6.1.2 del “MANUAL”, si “EL LICITANTE” adjudicado no firma el contrato por causas imputables a él, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato a “EL LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento). Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas a “EL LICITANTE” adjudicado que no firme el contrato correspondiente, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”. “EL LICITANTE” adjudicado, no podrá por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente invitación, al amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, pre...
DEL CONTRATO. El contrato deberá celebrarse por escrito y se ajustará a la proforma incluida en las Bases con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el proceso de selección. El Reglamento señalará los casos en que el contrato puede formalizarse con una orden de compra o servicio, no debiendo necesariamente en estos casos incorporarse las cláusulas a que se hace referencia en el artículo 40º de la presente norma, sin perjuicio de su aplicación legal. El contrato entra en vigencia cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases y podrá incorporar otras modificaciones expresamente establecidas en el Reglamento.
DEL CONTRATO a) Tipo de contrato: Suministro.
DEL CONTRATO. Forman parte integrante del presente Contrato:
DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.
DEL CONTRATO. CLÁUSULA 8. VALOR ESTIMADO.
DEL CONTRATO a) Delegado Técnico del CONTRATANTE: EL CONTRATANTE designa a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX como Delegado Técnico. La función del delegado técnico es representar al EOR ante EL CONTRATISTA en la administración técnica de este contrato.