RIESGOS AMPARADOS Cláusulas de Ejemplo

RIESGOS AMPARADOS. El Asegurador abonará la cantidad total que los Asegurados se vean legal y personalmente obligados a pagar en relación con cualquier reclamación presentada contra ellos por primera vez durante el periodo de seguro por un Acto Dañoso. La cobertura se extiende a: • Administradores y Directivos, tanto antiguos como Jubilados. • Gastos derivados de: - Restitución de Imagen o gastos de publicidad. (300.000 €) - Aval Concursal. (250.000 €) - Gastos de Constitución de aval en evitación de embargo preventivo. (250.000 €) - Gastos en respuesta de Autoridad Reguladora. (50.000 €) - Gastos de emergencia (100.000 €) - Gastos de Investigación (150.000 €) - Gastos de Gestión de Crisis (50.000 €) - Asesoramiento legal concursal. (50.000 €) - Defensa por Contaminación. (1.000.000 €) - Publicación / Comunicación. (150.000 €) - Reembolso a la Sociedad. - Gastos derivados de Procesos de extradición. (250.000 €) - Inhabilitación Profesional. (1.200 €/mes, máximo 12 meses, máximo 100.000 €) - Daños a expedientes y documentos. (150.000 €) - Gastos de Asistencia Psicológica. (50.000 €) - Gastos de Defensa por daños personales. (100.000 €) - Constitución y Fianzas Civiles - Gastos de Constitución de la Fianzas Penales • Libre elección de Xxxxxxxx y Procuradores. • Prácticas de Empleo Indebidas. • Responsabilidad Civil como Fundador de la Sociedad. (500.000 €) • Extensión de cobertura para el Tomador cuando ostente condición de Consejero. • Administrador persona jurídica en Sociedades Filiales y Participadas. (1.000.000 €) • Retroactividad ilimitada para hechos no conocidos. • Cónyuges y/o parejas de hecho, cuyo objeto sea obtener la reparación del daño por medio de los bienes comunes. • Reclamaciones de Asegurado contra Asegurado. • Multas administrativas, legalmente asegurables. (65.000 €) • Accionista Mayoritario. • Administradores retirados. (72 meses) • Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica
RIESGOS AMPARADOS a. Los riesgos descritos en los numerales 4.1 al 4.10 de la Cláusula 4 de esta Condiciones Particulares.
RIESGOS AMPARADOS. Sin exceder de la Suma Asegurada contratada, la Compañía ampara los bienes que se mencionan en la especificación de la Póliza contra daños o pérdidas materiales que sufran en forma súbita e imprevista y que ocurran dentro del Predio consignado en la Póliza, que hagan necesaria su reparación o reemplazo a fin de dejarlos en condiciones similares a las existentes inmediatamente antes de ocurrir el Siniestro. La presente cobertura opera una vez terminada la instalación o montaje y después de pasar exitosamente las Pruebas de Operación o Funcionamiento iniciales, ya sea que estén en operación, revisión, mantenimiento o Inactivo y sean consecuencia de los riesgos que enseguida se citan:
RIESGOS AMPARADOS. Los riesgos cubiertos bajo esta cobertura son los siguientes, aplicándose los sublímites para la indemnización como límite máximo establecido: Zurich se obliga a pagar hasta por la cantidad indicada para este riesgo en la carátula de la Póliza a la sucesión legal de la persona que fallezca a bordo del vehículo asegurado o dentro de los 90 días posteriores a la fecha del accidente de tránsito, siempre y cuando el deceso sea a consecuencia de las lesiones causadas por el mismo accidente. Otorga al pasajero lesionado el derecho a recibir la indemnización hasta por la cantidad indicada para este riesgo en la carátula de la Póliza, en los términos que establece la legislación vigente del lugar donde ocurrió el siniestro, al momento de declararse incapacidad total y permanente por una institución de Seguridad Social o basada por la Ley Federal del Trabajo y dictaminada por un médico que esté legalmente facultado para ejercer la profesión, a consecuencia de un accidente automovilístico, desapareciendo toda obligación de Zurich después de efectuarse la indemnización. Zurich se compromete a reembolsar, hasta por la cantidad indicada para este riesgo en la carátula de la Póliza, a la persona que acredite, con recibos o facturas que reúnan los requisitos fiscales correspondientes, haber realizado el pago de los gastos funerarios por causa del fallecimiento del pasajero del vehículo asegurado. Zurich se compromete a otorgar la atención médica, o en su caso, a solventar vía reembolso en caso de utilizar los servicios de un hospital o médico distinto al asignado por Zurich, los gastos de servicios médicos hasta por la cantidad que se indica para este riesgo en la carátula de la Póliza, cuando el pasajero lesionado se vea precisado a requerir atención médica a consecuencia de un accidente por el servicio prestado de acuerdo al alcance de esta cobertura, en el cual se encuentre involucrado el vehículo asegurado, siempre y cuando esta lesión se presente dentro de los 90 días posteriores a la fecha del accidente automovilístico. Para que proceda el reembolso de Gastos Médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso del siniestro a Zurich, por sí mismo o por interpósita persona, de inmediato y a más tardar en un plazo no mayor a 5 (cinco) días, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debiendo proporcionarlo tan pronto desaparezca el impedimento. Asimismo, deberá entregar a Zurich los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos corres...
RIESGOS AMPARADOS. Esta póliza cubre todas las máquinas e instalaciones especificadas en la lista de máquinas. El seguro se aplica tanto si los objetos asegurados estén trabajando o no, si se encuentren en limpieza o revisión, o se trasladen por cualquier medio para tal objeto, o durante la ejecución de dichos trabajos y/o en el curso del subsiguiente remontaje. La Compañía indemnizará por daños o pérdidas súbitos e imprevistos que hagan necesaria una reparación o reemplazo del equipo o maquinaria que resulten de:
RIESGOS AMPARADOS. Daños materiales hasta los límites indicados en la carátula de la póliza incluyendo:
RIESGOS AMPARADOS. Los amparos, límites y coberturas que se detallan a continuación se consideran como oferta básica y son de obligatorio ofrecimiento por parte de los proponentes, por lo tanto no tienen puntaje y el no ofrecimiento o condicionamiento de alguno de ellos, elimina la oferta de este ramo. Este Seguro debe cubrir los daños y pérdidas ante terceros en todos los predios donde el asegurado desarrolle su actividad, propios o no propios o por los cuales: Predios, labores y operaciones, incluyendo incendio y explosión, Uso de ascensores.
RIESGOS AMPARADOS. COBERTURAS O AMPAROS BÁSICOS EN LAS CAJAS MENORES NO HABRÁ DEDUCIBLE
RIESGOS AMPARADOS. Esta póliza ampara los siguientes riesgos: Todo Riesgo de pérdida directa o destrucción física o daño material, de acuerdo a lo definido en el Artículo 2do. Siguiente: La suma asegurada y el deducible para todos los riesgos corresponden a las sumas que aparecen al frente de los mismos en las Condiciones Particulares de esta póliza. En caso de ocurrir un siniestro que implique la necesidad de Remoción de Escombros, Gastos de Extinción de incendio y Otros Gastos, definidos en el Artículo 2do., las sumas máximas (definido como sublímites) que indemnizará la Compañía y sus respectivos deducibles corresponden a los montos que aparecen al frente de cada uno en la Condiciones Particulares de esta póliza. En caso de que el Asegurado adquiera nuevos bienes, el valor máximo para ampararlos automáticamente, es la suma que aparece en las Condiciones Particulares de esta póliza, de acuerdo con la definición del Artículo dos (2) siguiente.
RIESGOS AMPARADOS. La garantía debe cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento por parte del contratista. Los riesgos amparados, su valor y vigencia son:  Buen manejo y correcta inversión del anticipo o pago anticipado: El valor de este amparo debe ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba en calidad de anticipo o como pago anticipado. La vigencia de este amparo debe cubrir el término del contrato.