POR PARTE DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

POR PARTE DEL CONTRATISTA. El administrador o gestor de cuentas será el funcionario del Postor ganador de la buena pro, que sea designado para tal fin, y será comunicado vía correo electrónico al administrador del contrato de San Gabán S.A. Los cambios del funcionario deberán ser notificados con anterioridad al mismo correo. Asimismo, se proveerá un hotline, call center o servicio de soporte continuo (24x7x365), el cual se mostrará mediante una ficha de datos que asegure la operación y continuidad del servicio. A continuación, se indican los tipos de equipos de telefonía móvil requeridos con la especificación según el tipo de servicio: Equipo telefónico ejecutivo que permita servicio de voz, correos electrónicos y SMS: El postor deberá considerar el costo de seis (06) Equipos con el servicio según el plan solicitado en el punto 7.1.2 dentro del valor total de su oferta económica, para el cual el equipo deberá tener las siguientes características técnicas mínimas: Red Celular, a través del SIM Card de un operador nacional 2G, 3G, 4G/LTE - Sistema Operativo IOS 13 o posterior - Dimensiones 6.1 - Velocidad y tipo 2.65 / 1.8GHz – 6x núcleos - Primaria 4 GB RAM, 64 GB Memoria interna - Protocolos 2G 850 900 1800 1900 3G 850 1700 1900 2100 4G LTE - Principal 12 + 12 MP con flash - Frontal 12 MP sin flash - Capacidad 3110 Equipo telefónico ejecutivo que permita servicio de voz, correos electrónicos y SMS: El postor deberá considerar el costo de once (11) Equipos con el servicio según el plan solicitado en el punto 7.1.2 dentro del valor total de su oferta económica, para el cual el equipo deberá tener las siguientes características técnicas mínimas: Red Celular, a través del SIM Card del POSTOR 2G, 3G, 4G/LTE - Sistema Operativo Android 12 - Dimensiones 6.6 - Velocidad y tipo 2.2/2.0 GHz / 8x núcleos - Primaria RAM 4 GB, ROM 64 GB - Tarjeta de ampliación Con MicroSD, hasta 256 GB - Protocolos 2G 850 900 1800 1900 3G 850 900 1700 1900 2100 4G LTE - Principal 50+5+2+2 MP con flash - Frontal 8 MP sin flash - Capacidad 5000 mAh
POR PARTE DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA nombrará un administrador de la Orden de Compra a fin de que realice las acciones para el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Podrá suscribir el acta de entrega recepción, para lo cual requerirá de la autorización del representante legal, de ser el caso.
POR PARTE DEL CONTRATISTA a. Producir con alta calidad las piezas publicitarias y comunicacionales de conformidad con los requerimientos técnicos solicitados por la Corporación Parque Arví.
POR PARTE DEL CONTRATISTA a) La garantía aprobada por la entidad.
POR PARTE DEL CONTRATISTA. Constituir las garantías previstas en el contrato. Para el cumplimiento de los requisitos señalados en el presente numeral, el contratista dispone de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato. Aprobar la Garantía que ampara el contrato. Expedir el Registro Presupuestal
POR PARTE DEL CONTRATISTA. Constituir las garantías previstas en el contrato. • Suscribir el acta de inicio Para el cumplimiento de los requisitos señalados en el presente numeral, el contratista dispone de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato. • Aprobar la Garantía que ampara el contrato. • Expedir el Registro Presupuestal • Suscribir el acta de inicio
POR PARTE DEL CONTRATISTA. El proveedor seleccionado, deberá nombrar un administrador del Convenio Xxxxx, quien será obligatoriamente un directivo o servidor con poder y atribuciones suficientes como para atender de manera directa lo relacionado con la ejecución del presente instrumento. Son funciones del administrador del Convenio Xxxxx las siguientes:
POR PARTE DEL CONTRATISTA. El soporte provisto por parte del contratista cobija el caso de recambios y reemplazos ante la falla de componentes que afecta a uno o los dos balanceadores para no tener afectación en el servicio (esto no se incluye en el soporte del fabricante). El tiempo de respuesta a los requerimientos de la Entidad deberá ser de máximo de cuatro (4) horas hábiles o inhábiles, en modalidad 7x24 durante el período de garantía (36 meses, contados a partir de la fecha de aceptación de la solución), contados a partir de la notificación realizada por el líder del servicio en la Subdirección de Recursos Tecnológicos, sobre la falla en el dispositivo o equipo. A efectos de acreditar lo anterior, se deberá incluir en la propuesta certificación expedida por el representante legal del contratista. El contratista deberá reparar o reemplazar las partes requeridas en garantía, realizar la instalación y configuración, y dejar los equipos en perfecto estado de funcionamiento de la siguiente forma: Si hay daño en uno (1) de los dispositivos, el contratista tendrá máximo hasta 30 días calendario para solucionar el problema, contados a partir de la notificación realizada por el líder del servicio en la Subdirección de Recursos Tecnológicos, sobre la falla en el dispositivo o equipo. Si hay daño sobre los dos (2) dispositivos, el proveedor deberá garantizar el funcionamiento de la solución por medio de la puesta en marcha de una solución de forma provisional de elementos o equipos de iguales o superiores características, no necesariamente en clúster, hasta el reemplazo o reparación definitiva de los elementos defectuosos. En cualquier caso el tiempo de reemplazo o reparación definitiva del elemento no podrá superar los 30 días calendario a partir de la notificación de ICBF de la falla del dispositivo o equipo, al contratista. El tiempo máximo para la adecuación de la solución provisional y la puesta en funcionamiento no podrá ser superior a 8 horas hábiles o inhábiles contadas a partir de la notificación de ICBF de la falla del dispositivo o equipo al contratista. El envío, instalación y configuración de los repuestos y equipos a la Sede de la Dirección General será responsabilidad del contratista y no implicará costo adicional para el ICBF.

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  • DATOS DEL CONTRATISTA A P E L L ID O S Y N O M B R E / R A Z Ó N S O C IA L : APELLIDOS Y NOMBRE (del autorizador):

  • DERECHOS DEL CONTRATISTA 7.1. Recibir una remuneración por la ejecución de la obra en los términos pactados en la Cláusula 4 del presente Contrato.

  • Riesgos del Contratista 12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista

  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 25.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la letra N del Cuadro de características del contrato.

  • Importe del Contrato El importe del presente contrato asciende a la cuantía de treinta mil euros; el precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 67.203,4 euros por los dos años de vida inicial del contrato al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 12.096,6 lo que supone un total de 79.300 euros. (39.650 anuales) El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 161.288,14 (IVA excluido), teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo. El importe se abonará con cargo a la partida 1.212 y 4.227 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.

  • Riesgos del Contratante 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación.

  • Clasificación del Contratista Dada la cuantía del presente contrato y de conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, todavía en vigor tal y como establece la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, para contratar será requisito indispensable que el empresario disponga de la siguiente clasificación:

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • RESPONSABLE DEL CONTRATO 1. Los órganos de contratación podrán designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquéllos le atribuyan. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él.

  • CESIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.