OBLIGACIONES CON EL PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia impositiva, seguros, laboral y de seguridad social. A esos efectos, la adjudicataria estará obligada a presentar -entre el 15 y el 25 de cada mes -ante la Gerencia de Contrataciones de este Banco-, una declaración jurada certificada por Contador Público Nacional en donde conste el cumplimiento mensual de las obligaciones laborales, previsionales, sindicales e impositivas que se deriven del contrato, como así también la inexistencia de deudas exigibles. Deberá, además, estar acompañada de las pertinentes copias de las respectivas boletas de depósito y la nómina y monto percibido en el mes que se declara del personal que cumple tareas en el Banco y que las mismas se encuentran incluidas en el Libro Ley N° 20.744. La firma del certificante deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de no cumplirse tales requisitos, esta Institución se reserva el derecho de retener la totalidad de los importes que sean debidos con motivo del contrato hasta tanto sea presentada -en un lapso prudencial- la documentación antes indicada. Si esto no ocurriera, el Banco podrá efectuar el pago por cuenta y orden de la contratista, sino también establecer, a su juicio, que el incumplimiento será causal de rescisión del contrato con aplicación de penalidades y ejecución de la garantía.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia impositiva, seguros, laboral y de seguridad social. A esos efectos, la adjudicataria estará obligada a presentar -entre el 15 y el 25 de cada mes -ante la Gerencia de Contrataciones de este Banco-, una declaración jurada certificada por Contador Público Nacional en donde conste el cumplimiento mensual de las obligaciones laborales, previsionales, sindicales e impositivas que se deriven del contrato, como así también la inexistencia de deudas exigibles. Deberá, además, estar acompañada de las pertinentes copias de las respectivas boletas de depósito y la nómina y monto percibido en el mes que se declara del personal que cumple tareas en el Banco y que las mismas se encuentran incluidas en el Libro Ley N° 20.744. La firma del certificante deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de no cumplirse tales requisitos, esta Institución se reserva el derecho de retener la totalidad de los importes que sean debidos con motivo del contrato hasta tanto sea presentada -en un lapso prudencial- la documentación antes indicada. Si esto no ocurriera, el Banco podrá efectuar el pago por cuenta y orden de la contratista, sino también establecer, a su juicio, que el incumplimiento será causal de rescisión del contrato con aplicación de penalidades y ejecución de la garantía. La fiscalización que al respecto podrá practicar el Banco se hará extensiva a los registros contables que deba llevar la adjudicataria. El incumplimiento reiterado de la presentación de la documentación requerida dará lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de denunciar ante los organismos de contralor pertinentes las anomalías registradas, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 24.769.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia laboral y de seguridad social. A esos efectos, la adjudicataria estará obligada a presentar -entre el 15 y el 25 de cada mes -ante la Gerencia de Contrataciones de este Banco-, una declaración jurada certificada por Contador Público Nacional en donde conste el cumplimiento mensual de las obligaciones laborales, previsionales, sindicales e impositivas que se deriven del contrato,
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia laboral y de seguridad social.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia laboral y de seguridad social. A esos efectos, la adjudicataria estará obligada a presentar - entre el 15 el 25 de cada mes - ante la Gerencia de Contrataciones - de este Banco, una declaración jurada certificada por Contador Público Nacional en donde conste el cumplimiento mensual de las obligaciones laborales, previsionales e impositivas que se deriven del contrato, la que deberá estar acompañada de las pertinentes copias de las respectivas boletas de depósito y la nómina y monto percibido en el mes que se declara del personal que cumple tareas en el Banco. La firma del certificante deberá ser legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de no cumplimentarse tales requisitos, esta Institución se reserva la facultad de retener la totalidad deNloOs VimApLorItDesOqPueAsReaAnCdeObTidIoZsAcRon motivo del contrato hasta tanto sea presentada - en un lapso prudencial - la documentación. La fiscalización que al respecto podrá practicar el Banco se hará extensiva a los registros contables que deba llevar la adjudicataria. El incumplimiento reiterado de la presentación de la documentación requerida dará lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de denunciar ante los organismos de contralor pertinentes las anomalías registradas, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 24.769 XIX - UNIFORME Y CREDENCIAL: La adjudicataria proveerá a su dotación de un uniforme de trabajo (camisa y pantalón de igual tela, color y tonalidad), en el que no se podrá lucir inscripción o mención publicitaria alguna. El personal de la adjudicataria estará debidamente individualizado mediante credencial identificatoria plastificada - exhibida en forma permanente sobre el bolsillo superior izquierdo de su camisa -, en la cual se consignará razón social o denominación de la empresa, fotografía del agente, nombre y apellido y tipo y número del documento de identidad. Como condición previa para autorizar el uso de estos elementos - sin los cuales no se permitirá comenzar la prestación del servicio - deberán presentarse para su aprobación, muestras de los respectivos uniformes y credenciales. XX -
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La firma adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia impositiva, seguros, laboral y de seguridad social. La fiscalización que al respecto podrá practicar el Banco se hará extensiva a los registros contables que deba llevar la adjudicataria. El incumplimiento reiterado de la presentación de la documentación requerida dará lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de denunciar ante los organismos de contralor pertinentes las anomalías registradas, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 24.769. XII.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL a) Planes de pensiones de aportación definida Para algunos colectivos de trabajadores en España, Repsol tiene reconocidos planes de aportación definida adaptados a la legislación vigente. Adicionalmente, fuera de España, algunas sociedades del Grupo disponen de planes de pensiones de aportación definida para sus empleados. El coste anual cargado en la cuenta de “Gastos de personal” de la cuenta de resultados en relación con los planes de aportación definida descritos anteriormente ha ascendido a 44 millones de euros en 2014 y 43 millones de euros en 2013. Para los directivos del Grupo Repsol en España existe un sistema de previsión social, complementario al plan de pensiones de empleo, denominado “Plan de Previsión de Directivos”, que consiste en un plan destinado a cubrir tanto la jubilación como la invalidez y fallecimiento de los partícipes. La empresa realiza aportaciones definidas correspondientes a un porcentaje xxx xxxxxxx base de los partícipes. El plan reconoce una rentabilidad determinada y garantizada igual al 125% del Índice General Nacional de Precios al Consumo del año anterior. Este plan está instrumentado a través de seguros colectivos de compromisos por pensiones que están suscritos con una entidad aseguradora. El pago de las primas de estas pólizas de seguro financia y exterioriza, por una parte, los compromisos correspondientes a las aportaciones ordinarias y, por otra, los correspondientes a la rentabilidad determinada garantizada. El directivo (o sus beneficiarios) tendrán derecho a recibir la prestación del plan en caso de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, así como en algunos supuestos específicos contemplados en el Reglamento del Plan. El coste por este plan registrado en el epígrafe “Gastos de personal” de la cuenta de resultados en los ejercicios 2014 y 2013 ha ascendido a 14 millones de euros, respectivamente.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. La contratación del personal para cualquiera de los servicios u obras resultantes de este llamado, será de exclusiva cuenta del concesionario, quien será único responsable de todos los aspectos de la misma, (pagos de salarios, seguros, etc.), así como del pago de todos los aportes y obligaciones derivadas de la aplicación de las leyes laborales y de seguridad social y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a cualquier compromiso que pudiere contraer, por lo que esta Administración no asume ninguna obligación en tal sentido. El cumplimiento de las obligaciones del concesionario será controlado por la I.M.M., a través del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño. El hecho de otorgársele la concesión, no exonera al adjudicatario de ningún tipo de tasas, impuestos ni demás obligaciones, o permisos en caso de realizar cualquier tipo de evento o espectáculo. El adjudicatario asume la obligación de financiar las inversiones y atender, por su cuenta, la totalidad de los gastos y desembolsos para cumplir con las prestaciones contenidas en el objeto de la licitación. El concesionario deberá contratar por todo el período de concesión, una póliza de seguro contra riesgo de incendios a favor de la I.M.M. sobre el local o sus instalaciones. La I.M.M. no asume responsabilidad por robos, siniestros o cualquier destrucción de elementos provenientes de hechos dolosos o casos fortuitos. El costo del referido seguro será de cuenta del concesionario. El adjudicatario deberá gestionar previo al comienzo de su actividad todos los certificados que le corresponden por su destino los que podrán ser entre otros: Habilitación comercial. Habilitación bromatológica Habilitación bomberos. (DNB) Habilitación ventilación mecánica. (SIME) Habilitación alumbrado de seguridad. (SIME) El incumplimiento por parte del concesionario, de cualquiera de las condiciones contenidas en este pliego será sancionado con una multa equivalente al 10% del canon mensual ofrecido, por día de incumplimiento. En caso de incumplimiento grave o incumplimientos reiterados, la I.M.M. podrá revocar unilateralmente la concesión con pérdida de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En dicho caso el concesionario deberá dejar libre el local dentro de los 20 días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución respectiva. La demora en entregar el bien otorgado en concesión devengará una multa de Unidades Indexadas mil ochocientas (UI 1.800) por cada día de atraso, sin perjuicio de los da...
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario sin que exista relación laboral entre dicho personal y la Comunidad de Madrid. entre la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio y el personal asignado por el contratista para la ejecución de los trabajos. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y de las demás que sean aplicables y que se puedan promulgar durante la prestación del servicio objeto de este contrato.
OBLIGACIONES CON EL PERSONAL. 25 XX. UNIFORME Y CREDENCIAL: 25 XXI. SEGUROS: 25 XXII. RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS 25 XXIII. HERRAMIENTAS: 26 XXIV. ASESORAMIENTO EN INGENIERÍA 26 XXV. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: 26 ANEXO I -DETALLE DE LOS EQUIPOS 27 ANEXO II - PLANILLA DE COTIZACIÓN - 30 ANEXO III 36 - ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 36 ANEXO IV 37 - DECLARACIÓN JURADA 37 ANEXO V - 38 MODELO DE ESTRUCTURA DE COSTOS 38 ANEXO VI - DECLARACIÓN JURADA 39 ANEXO VII - SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD - NORMA PARA CONTRATISTAS 40