DEL ADJUDICATARIO Cláusulas de Ejemplo

DEL ADJUDICATARIO. Las obligaciones descritas en el presente artículo constituyen condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento en materia medioambiental dará lugar a la imposición de penalidades tipificadas como muy graves. Tanto el contratista, como sus subcontratistas deberán cumplir las condiciones especiales de ejecución señaladas en el apartado K) del Cuadro de Características. Su incumplimiento dará lugar a la incoación de un expediente de imposición de penalidades que irá, atendiendo a su proporcionalidad, del 10% al 50% del precio del contrato e incluso, podrán llevar aparejada la resolución del contrato
DEL ADJUDICATARIO. Hacer uso del espacio con la diligencia debida y de conformidad con la buena fe contractual. - Comunicar cualquier acto de perturbación o usurpación que sufra el espacio. - Abonar todos los impuestos, tasas y contribuciones especiales, tanto de ámbito estatal, autonómico o local. - Deberá contratar un seguro que cubrirá los daños en el inmueble, cualquiera que fuera su causa. - Explotará directamente la industria o negocio y en su caso las actividades alternativas que se le hubieren autorizado. - Abonar en tiempo y forma el canon que resulte de la licitación. - Con carácter previo al inicio de la actividad deberá solicitar licencia de apertura. - Cualquier forma de cesión y en especial la subconcesión, deberá ser autorizada por el Ayuntamiento. - En el caso de autorizarse la transmisión del espacio de bar, el Ayuntamiento percibirá el 15 % del importe del traspaso. - Serán de su cuenta todos los gastos que origine la presente licitación. - Si antes de transcurrir el periodo pactado el adjudicatario diere por finalizado este contrato, abonará al Ayuntamiento el importe correspondiente a un año del canon concesional. - Corresponde a la Oficina Técnica Municipal (O.T.I.) supervisar el proyecto y ejecución de las obras de adaptación a que hubiere lugar. Igual competencia le corresponde en orden al mobiliario, enseres y revestimientos del inmueble para la finalidad prescrita. - Limpieza adecuada de la superficie objeto de este contrato, manteniendo las debidas condiciones de higiene, salubridad y ornato. - Deberá mantener abierta al publico la instalación todo el año, y con el uso previsto en este Pliego de Condiciones. Cualquier alteración en ambas condiciones deberá tener autorización municipal. - Contratará a su xxxxx el adecuado servicio de seguridad. - El adjudicatario queda obligado a la limpieza de los servicios destinados al público, permitiendo el acceso a los mismos de cualquier ciudadano, con el objeto de garantizar la adecuada utilización se podrán cerrar, pidiendo el ciudadano la llave para su utilización.
DEL ADJUDICATARIO. Las condiciones en las que deberá prestarse el servicio, y definidas como obligaciones esenciales, que han de ser cumplidas por el adjudicatario, son las siguientes:
DEL ADJUDICATARIO. 26.1.- Del Personal:
DEL ADJUDICATARIO a) Los trabajos objeto de la presente contratación se efectuarán conforme a las instrucciones que al contratista dirija la Administración y con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas.
DEL ADJUDICATARIO. I.5.1. Plazo de constitución de la sociedad concesionaria
DEL ADJUDICATARIO. Una vez en firme el acto de adjudicación el contratista deberá tomar en cuenta lo siguiente:
DEL ADJUDICATARIO. Serán obligaciones del concesionario:
DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario tendrá en general los derechos que establece la legislación vigente, los cuales constituyen a su vez obligaciones del Ayuntamiento xx Xxxx del Real, y en particular:  A recibir las contraprestaciones económicas previstas, de acuerdo con las condiciones que se establecen en este Pliego.  A la revisión de precios, una vez que se cumplan las condiciones establecidas en los Pliegos.  A recibir las instalaciones y elementos del Punto Limpio en un estado de conservación y funcionamiento adecuados.
DEL ADJUDICATARIO. 1.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades económicas previstas en el art. 212.4 del TRLCSP.