Jurisdicción competente y recursos Cláusulas de Ejemplo

Jurisdicción competente y recursos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano, o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
Jurisdicción competente y recursos. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del TRLCSP. pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): E418A3B5ECB7CDCDD742 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx Firmado por el Alcalde XXXXX XXXXX XXXXXXX el 29/11/2017 , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación del suministro de materiales y maquinaria para la ejecución del proyecto de obra denominado “MATERIALES OBRA PFEA 2017 MEJORA RED DE AGUA EN POLÍGONO LA MINILLA”, incluido dentro del Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA 2017), mediante procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, ante — Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación. — Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. — Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. — Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras) — Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es . Y para que conste, firmo la presente declaración. En , a de de 20 . Firma del licitador, Fdo.: ». pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): E418A3B5ECB7CDCDD742 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx Firmado por el Alcalde XXXXX XXXXX XXXXXXX el 29/11/2017 « , con domicilio a efectos de notificaciones en , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del suministro de materiales y maquinaria para la ejecución del proyecto de obra denominado “MATERIALES OBRA PFEA 201...
Jurisdicción competente y recursos. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, siempre que se trate de un acuerdo marco o contratos basados en el mismo conforme al artículo 44.1 b) de la LCSP 9/17, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los acuerdos de adjudicación, las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP 9/17, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Dicho recurso, de carácter potestativo, podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP. Asimismo, podrá presentarse en el Registro del órgano de contratación o en el Registro de la Comisión Jurídica de Extremadura, según lo que dispone el 51 de la LCSP 9/17. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 60 de la LCSP 9/17. Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. De conformidad con el artículo 44.6 de la LCSP 9/17, contra los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial en materia de contratación, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de la resolución, ante el órgano administrativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. Dicho recurso podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP. Asimismo, podrá presentarse en el Registro del órgano de contratación. El interesado podrá, sin necesidad de interponer recurso de reposición, impugnar el acto directamente por medio del correspondiente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. DILIGENCIA: Certifico que el presente Pliego de Cláusulas Adminis...
Jurisdicción competente y recursos. 25.1. Contratos cuyo valor estimado sea inferior o igual a cien mil euros.
Jurisdicción competente y recursos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación (salvo en el caso de la letra d) del apartado 2 de la presente cláusula), resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Conforme a lo establecido en el artículo 44.2 de la LCSP, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo las siguientes actuaciones:
Jurisdicción competente y recursos.  La Jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para conocer de las cuestiones que se planteen en torno a la preparación y adjudicación y en su caso, modificación del contrato, y el orden jurisdiccional civil, para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción.  Las cuestiones litigiosas surgidas en relación a la preparación, adjudicación y modificación del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano de contratación en el plazo de un mes, previsto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  Los acuerdos adoptados sobre efectos, cumplimiento y extinción del contrato se impugnarán ante la jurisdicción civil. Código Seguro de Verificación: 11775636711755460567. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. Código Seguro de Verificación: 11775636711755460567. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. Para determinar la oferta económicamente más ventajosa se atenderá al siguiente criterio de valoración directamente vinculado al objeto del contrato: El precio más bajo (artículo 150.1 RDLeg. 3/2011 de 14 de noviembre)
Jurisdicción competente y recursos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares ha sido elaborado por la Dirección de Servicios Generales del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área xx Xxxxxxx, informado por la Secretaría General del Consorcio, con fecha 5 de diciembre de 2018, y aprobado mediante Resolución del Director Gerente N.º 392/2018, de 5 de diciembre.
Jurisdicción competente y recursos. Conforme al artículo 21.1 del TRLCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.
Jurisdicción competente y recursos. II. CLÁUSULAS DE LICITACIÓN.
Jurisdicción competente y recursos. A. ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE Todas las cuestiones o divergencias que puedan surgir en relación con la preparación, adjudicación, ejecución, efectos y extinción de los contratos de servicios concertados por el Ayuntamiento xx Xxxx al amparo del presente pliego se resolverán en vía administrativa, y una vez agotada, por la jurisdicción contencioso-administrativa de los Tribunales con fuero en el Municipio xx Xxxx. La concurrencia a procedimientos de adjudicación de estos contratos supone la renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder a los licitadores o candidatos.