CRITERIOS DE SOLVENCIA Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los criterios de solvencia cuyo cumplimiento se exige a las empresas son los que se relacionan a continuación. En la siguiente tabla se muestra la concreta y precisa solvencia económica y financiera y técnica o profesional que deben tener, como mínimo, las empresas para ser admitidas a la licitación: Nivel, grado o medida
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los criterios de solvencia cuyo cumplimiento se exige a los licitadores son los que se relacionan a continuación. • Se exige tener suscrito un Seguro de indemnización por riesgos profesionales que incluya riesgo por intoxicación alimentaria por una suma asegurada mínima de 100.000,00 €. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 148 de la LCSP. • Servicios o trabajos de hostelería: Los licitadores deberán haber realizado servicios o trabajos de hostelería de igual o similar naturaleza, en los que se haya utilizado al menos 4 productos de comercio justo debidamente certificados, en los últimos tres años. • Productos: Los licitadores deberán aportar al menos cuatro productos con la certificación de comercio justo Por cada producto, se presentará el Anexo IV del PCAP “Ficha técnica del producto”, junto con el sello o certificado de producto de comercio justo. Se considerarán sellos o certificados válidos, los siguientes: - Aquellos productos que porten el sello o certificado Fairtrade, otorgado por la Organización Internacional de la Certificación del Comercio Justo y reconocida por el sistema internacional ISO con la certificación ISO 17065 - También los productos de comercio justo que posean el sello de comercio justo emitido por WFTO (Organización Mundial de Comercio Justo), cumplen con los criterios o principios de la Resolución del Parlamento. Esta entidad internacional es una de las Organizaciones de mayor implantación a nivel mundial. - Otras certificaciones y sellos de comercio justo equivalentes reconocidos, que se incorporan a la Resolución son los siguientes: • Naturland Fair • EcoCert • Fair for Life • Símbolo de Pequeños Productores El órgano de contratación acordará la adjudicación basándose en los criterios que se definen y ponderan en este apartado. Dichos criterios operan en la fase de valoración de las proposiciones presentadas. Las proposiciones de los interesados deberán acreditar la situación de su oferta respecto a cada uno de estos criterios por los medios que para cada caso de indican, a efectos de asignarle la puntuación resultante.
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los empresarios interesados en incluirse como comercializadores de contenidos y/o canales temáticos de CSRTV deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia técnica y económica: • Solvencia económica: volumen de negocio en el último ejercicio cerrado superior a 35.000 € si se opta al lote 1 y de 70.000 € si se opta al lote 2. Para el caso de optarse a ambos, la cifra de negocio a superar será de 90.000 €. Esta cifra de negocio se acreditará con las cuentas anuales del licitador, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviere inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. FIRMADO POR XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXX 05/06/2019 13:41:18 PÁGINA 4/11 VERIFICACIÓN 52Pr46731CZTFH9v0Q3aWUPnE5Ma8K xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx/ • Solvencia profesional: experiencia en la comercialización de contenidos audiovisuales en alguno de los cinco años anteriores a la fecha de incorporación, sin cuantía mínima alguna, que se podrá acreditar mediante la justificación de los contratos o los mandatos de comercialización que se hayan concertado con entidades gestoras o emisoras de contenidos audiovisuales.
CRITERIOS DE SOLVENCIA. 5. Importe de adjudicación del contrato.
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los licitadores deberán comprometer la adscripción al contrato del personal y los medios técnicos necesarios para la ejecución de todos trabajos incluidos en este pliego. Asimismo, deberán contar con los medios informáticos, telemáticos y de otra índole precisos a efectos de mantener una fluida comunicación con Puerto Seco de Madrid S.A.
CRITERIOS DE SOLVENCIA. No tiene.
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los criterios de solvencia cuyo cumplimiento se exige a las empresas son los que se relacionan a continuación. En la siguiente tabla se muestra la concreta y precisa solvencia económica y financiera y técnica o profesional que deben tener, como mínimo, las empresas para ser admitidas a la licitación: Solvencia económica y financiera Declaración Notariada relativa a la cifra de negocios global o Fotocopia Razonada por Notario Público de los Estados Financieros certificados por Contador Público Autorizado y/o Auditado, correspondientes a los tres (3) últimos años. Cifra de negocios global Cifra de negocios anual del licitador (ventas o ingresos ordinarios de la empresa), referido al año de mayor volumen de negocios de los tres (3) últimos años concluidos Debe ser superior al importe del presupuesto base actual según el ítem o los ítems ofertados Se debe cumplir esta condición Solvencia técnica Fotocopia Razonada por Notario Público de Contratos, facturas, actas de recepción de bienes o cualquier otra certificación en donde se pueda comprobar el importe del contrato que haya tenido la empresa que presenta la oferta, correspondiente a los principales suministros realizados en los tres (3) últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Contratos de naturaleza análoga Principales suministros realizados en los tres (3) últimos años Al menos un (1) CONTRATO O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO que certifique que el oferente participante ha suministrado de bienes similares por montos que igualen al 20% o superiores al presupuesto base actual, según el Ítem o los ítems ofertados. Se debe cumplir esta condición
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Los licitadores deberán poseer la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los últimos 5 años de dichos trabajos. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato
CRITERIOS DE SOLVENCIA. Solvencia técnica y profesional
CRITERIOS DE SOLVENCIA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.4, a) todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la LCSP, el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el ROLECE, a que alude el inciso final de la letra a) del apartado 4 del artículo 159 de la LCSP, deberá aportar el acuse de recibo de la solicitud emitido por dicho Registro, cuya fecha ha de ser anterior a la fecha final de presentación de ofertas, así como una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. En este supuesto, deberán aportar la documentación justificativa de todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en esta cláusula.