APROBACIÓN DE INFORMES Cláusulas de Ejemplo

APROBACIÓN DE INFORMES. El responsable de área de ENDE, es quien aprueba los informes mensuales y el informe final. Este último debe ser remitido por el consultor a la Unidad Administrativa, previamente aprobado, para su registro en el SICOES dentro el plazo establecido en la norma vigente (cuando corresponda) y para su archivo en el file del proceso de contratación del Consultor Individual.
APROBACIÓN DE INFORMES. La Contraparte, una vez recibidos los informes descritos en el numeral 8 y sus componentes que emerjan de la Auditoría, efectuará la revisión de los aspectos formales y hará conocer a la firma de auditoría sus observaciones dentro del plazo máximo de cinco (5) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro los días establecidos, la Contraparte no envía sus observaciones a la firma de auditoría, se considerarán aprobados los informes. La firma de auditoría, se obliga a satisfacer dentro del plazo de cinco (5) días calendario de su recepción, cualquier pedido de aclaración u observación efectuada por la Contraparte; el incumplimiento del plazo establecido genera multas por cada día de retraso. Aprobados los informes por la Contraparte se remitirá a la Comisión de Recepción para que recepcione y analice los informes emitidos por la firma de auditoría de acuerdo con lo establecido en los presentes Términos de Referencia, la propuesta técnica, el cronograma de trabajo y las condiciones del contrato, en caso de no existir observaciones aprobará los mismos y elaborará el Informe de Conformidad. Sin embargo, en caso de que los informes presenten observaciones, éstos serán devueltos a la firma de auditoría, la misma que se obliga a satisfacer dentro del plazo de tres (3) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración u observación efectuado por la Comisión de Recepción; el incumplimiento del plazo establecido genera multas por cada día de retraso.
APROBACIÓN DE INFORMES. El plazo para la aprobación de informes será de cinco días calendario, si transcurrido este tiempo el supervisor del consultor no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado.
APROBACIÓN DE INFORMES. El Jefe Regional Cobija de ENDE, es el responsable de la aprobación de los informes mensuales y del informe final. Este último debe ser remitido a la Unidad Administrativa por el consultor, previamente aprobado para el registro en el SICOES dentro el plazo establecido en la norma vigente (cuando corresponda) y para su archivo en el file del proceso de contratación del Consultor Individual.
APROBACIÓN DE INFORMES. Todos los informes y los productos que contienen serán aprobados por el Proyecto PAERE, previo V°B° de la Unidad de Recursos Humanos del MMAyA, a través del técnico designado para el acompañamiento y el control de calidad de los productos, con quien el Consultor deberá establecer un marco de coordinación permanente para la ejecución de la consultoría. ● Diagnóstico de los requerimientos con cada uno de los responsables del manejo de la información. ● Revisión y análisis de los Mockups entregados. ● Revisión y análisis del marco Legal vigente en el País, reglamentos internos y otros. ● Aplicación de herramientas que están siendo usadas dentro del área de Sistemas, como ser Gitlab, balsamiq, y otras. ● Validación de herramientas de evaluación y aplicabilidad. Este módulo comprende un conjunto de procesos para dotar técnicamente de personal a la entidad, previo establecimiento de las necesidades de personal identificadas y justificadas cualitativa y cuantitativamente a partir de la Planificación de Personal, en concordancia con la Planificación Estratégica Institucional, la Programación Operativa Anual, la Estructura Organizacional y los recursos presupuestarios requeridos, por lo que este producto debe contemplar el organigrama institucional, la estructura programática que permita el registro de altas bajas modificaciones, registro de las fuentes de financiamiento, partidas u objeto de gasto. Los procesos que conforman el Subsistema de Dotación son: Clasificación, Valoración y Remuneración de Puestos; Cuantificación de la Demanda de Personal; Análisis de la Oferta Interna de Personal; Formulación del Plan de Personal; Programación Operativa Anual Individual; Reclutamiento y Selección de Personal; Inducción o Integración y Evaluación de Confirmación. Este módulo deberá permitir generar el Personigrama que muestre la localización en la estructura organizacional del ocupante del cargo incluyendo una ficha informativa de sus datos básicos como ser: puesto, datos del ocupante, categoría salarial, número de ítem, objetivo del cargo entre otros. El proceso de Programación Operativa Anual Individual establecida en cada cargo, definirá los objetivos de cada puesto, sus funciones y los resultados que se esperan de su desempeño, este proceso se constituye en la base para la evaluación del desempeño, deberá contener la siguiente información:  Identificación: Denominación, Dependencia, Supervisión ejercida, Categoría y Ubicación del puesto dentro de la estructura organi...
APROBACIÓN DE INFORMES. Todos los informes y los productos que contienen serán aprobados por el Proyecto FC, previo V°B° de la Jefatura de Calidad Hídrica de la Dirección xx Xxxxxxx, a través del técnico designado para el acompañamiento para el control de calidad de los productos, con quien el Consultor deberá establecer un marco de coordinación permanente para la ejecución de la consultoría.
APROBACIÓN DE INFORMES. El Jefe de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y seguridad Industrial de ENDE, es quien aprueba los informes mensuales y del informe final. Este último debe ser remitido a la Unidad Administrativa por el consultor, previamente aprobado, para el registro en el SICOES dentro el plazo establecido en la norma vigente (cuando corresponda) y para su archivo en el file del proceso de contratación del Consultor Individual.
APROBACIÓN DE INFORMES. La contraparte técnica designada para estos efectos, es la Coordinación de Monitoreo y Evaluación del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, con el Visto Bueno del Titular de la Dirección General de Presupuesto. Para el caso del Plan de Trabajo, este deberá ser presentado a la contraparte técnica el día de la firma del contrato y deberá ser aprobado por la contraparte pasados 3 días hábiles de la firma del contrato. La contraparte técnica tendrá 7 días hábiles para aprobar/validar cada informe. En caso de que se requieren ajustes u observaciones al informe, el/la consultor/a dispondrá de 2 días hábiles de plazo para ajustar su informe. Las aprobaciones de los informes, condición para el pago, quedan sujetas a los criterios que la Dirección General de Presupuesto crea pertinentes.
APROBACIÓN DE INFORMES. El Jefe Regional Cobija de ENDE, es quien aprueba los informes mensuales y el informe final. Este último debe ser remitido a la Unidad Administrativa por el consultor, previamente aprobada, para el registro en el SICOES dentro el plazo establecido en la norma vigente (cuando corresponda) y para su archivo en el file del proceso de contratación del Consultor Individual FORMA DE PAGO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO El monto convenido para la presente CONSULTORIA estará fijado por la escala vigente en ENDE a la fecha de inicio de la CONSULTORIA, el cual será cancelado en moneda nacional mediante cuotas parciales, contra presentación de informes mensuales y el Formulario que certifique el pago de contribuciones al SIP, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley Nº 065 de 26 de enero de 2011 y presentación del formulario 610, caso contrario ENDE retendrá el monto correspondiente a los impuestos xx xxx, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. El CONSULTOR, deberá cumplir con las obligaciones tributarias vigentes. La fuente de financiamiento deberá estar contemplada en el COMPRO (certificación presupuestaria). EQUIPOS ENDE, para mejor y correcto cumplimiento de las actividades, podrá proporcionar al CONSULTOR todos los elementos necesarios para el cumplimiento del contrato. A la culminación del contrato el Consultor Individual deberá realizar la devolución de todos los equipos asignados bajo su responsabilidad de acuerdo a lo establecido en normativa vigente.

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  • PRESENTACIÓN DE INFORMES Forma de pago. Propiedad de los trabajos.

  • Intercambio de información 1. Las autoridades competentes de los Estados contratantes intercambiarán la información que previsiblemente pueda resultar de interés para aplicar lo dispuesto en el presente Convenio, o para la administración o la aplicación del Derecho interno relativo a los impuestos de toda naturaleza o denominación exigibles por los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o entidades locales, en la medida en que la imposición así exigida no sea contraria al Convenio. El intercambio de información no está limitado por los artículos 1 y 2.

  • Derecho de información Los datos de carácter personal de los intervinientes serán tratados e incorporados a las actividades de tratamiento de la responsabilidad de cada parte. En el caso de ser el interviniente un empresario individual o autónomo o una persona física, la finalidad del tratamiento es mantener y desarrollar la relación contractual, cuya legitimación en la ejecución de un contrato y se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, determinar las posibles responsabilidades y atender reclamaciones. Si el interviniente es representante de una persona jurídica o un empresario individual, la finalidad es mantener el contacto con la entidad o empresario a los que representa sobre la base del interés legítimo y se conservarán mientras mantenga su representación o en tanto no solicite su supresión enviando a tal efecto un correo electrónico adjuntando su DNI o documento de identidad equivalente. Los datos en ningún caso se tratarán para la toma de decisiones automatizadas o la elaboración de perfiles. Los intervinientes tienen la obligación de facilitar sus datos porque la negativa a facilitarlos tendrá como consecuencia que no se pueda suscribir el contrato. Si el interviniente es empresario individual o persona física, los datos se comunicarán a bancos, cajas de ahorros y cajas rurales y a la Agencia Tributaria. En el caso de representante de una persona jurídica o empresario individual, no se comunicarán los datos a terceros, salvo que exista obligación legal. Los intervinientes pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación u oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, en la dirección que figura en el encabezamiento de este contrato. Si cualquiera de las partes facilitare a la otra datos de carácter personal de sus empleados o personas dependientes, deberá informarles, con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y en caso de ser obligatorio, recabar su consentimiento para el tratamiento y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito al cesionario en el domicilio que figura en el encabezamiento de este contrato. Todas las comunicaciones entre las partes relativas a protección de datos de carácter personal deberán realizarse por escrito. Los firmantes quedan informados de que sus datos serán utilizados para gestionar las obligaciones derivadas del contrato. Los interesados podrán ejercer los derechos indicados anteriormente, dirigiéndose a: Xxxxx Xxxxx 0, 00000, Xxxxxx Xxxx o al delegado de protección de datos cuyos datos: xxx@xxxx-xxxxxxxxxx.xx.

  • Obtención de documentación e información a) Entidad: Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx (Contratación).

  • Obligaciones de información Desarrolla el alcance de la información que periódicamente le(s) remitirá nuestra entidad sobre el valor y evolución de su cartera de inversiones gestionada, comisiones, gastos soportados, entidades con las que se opera y donde están depositados sus activos, así como toda información que se estime relevante. Nuestra entidad podrá proporcionarle(s) también otra información adicional concerniente a su cartera de inversiones siempre que usted(es) lo solicite(n).

  • Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.

  • INFORMES La Empresa Supervisora, presentará al CONCEDENTE, al CONCESIONARIO y al OSINERGMIN, los siguientes tipos de informes, durante la ejecución del servicio y en medio magnético con archivos fuente: Informes mensuales: Al final de cada mes y durante el período de ejecución del Proyecto, la Empresa Supervisora elaborará un informe sobre la situación del Proyecto. Informes de observaciones: En cada oportunidad en que la Empresa Supervisora detecte una observación, elevará el informe respectivo, describiendo los detalles correspondientes.

  • SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.