DE LA FIRMA DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

DE LA FIRMA DEL CONTRATO. 21.1.Una vez que el otorgamiento de la Buena Pro haya quedado consentido y/ o ejecutoriado, se procederá a la firma del Contrato. 21.2.Para este efecto, el Contratante dentro de los cinco días calendario siguientes a la emisión de la Resolución de Otorgamiento de la Buena Pro, comunicará al Postor favorecido el lugar y fecha en que se firmará el Contrato, la que no deberá exceder del plazo previsto en la subcláusula 17.6. 00.0.Xx el Postor favorecido, sin que mediara causa de fuerza mayor, no se acercaran a firmar el contrato en el lugar y fecha señalada en la comunicación a que se refiere la subcláusula 21.2, o no lo hiciera dentro de los siete días. posteriores a la fecha indicada perderán la Buena Pro otorgada, y además, la Garantía de Seriedad de su Propuesta, conforme a la cláusula 17.6 de estas bases. 21.4.Igualmente perderán la Buena Pro otorgada si no presentan las Cartas Fianzas a las que se refiere la subcláusula 19.1 a más tardar el día señalado para la firma del contrato, y para cuyo efecto no se computarán los siete días calendario a los que se refiere el párrafo precedente. Luego, si fuera el caso previa conformidad de los Bancos, se procederá de acuerdo a lo previsto en la subcláusula 19.6, llamando al Postor que ocupa el segundo lugar en la evaluación. 21.5.Previamente, y sin esperar la comunicación a la que se refiere la subcláusula 21.2, el postor presentará al Contratante, en formulario oficial, Declaración Jurada que indique. - El nombre del Ingeniero Civil que se desempeñara como ingeniero Residente de la Obra, con indicación de su Número de Registro en el Colegio de ingenieros del Perú adjunto su certificado de habilidad, si fuera peruano. Para el caso de profesionales extranjeros, será suficiente la presentación de su titulo legalizado de ingeniero civil. - La ubicación de los equipos mecánicos y su sustitución, si fuera el caso. Solo se aceptará la sustitución de equipos mecánicos por otros de capacidad o condición similar o superior a los originalmente ofertados siempre y cuando exista adecuada justificación para ello y sean de uso exclusivo para la obra. 21.6.El Contrato se ajustará a la pro forma adjunta a las Bases, incluyéndose las aclaraciones, precisiones o enmiendas que hubiera hecho el Contratante durante la etapa de consultas. 21.7.En el acto de firma del contrato se producirá el canje de documentos que se describe a continuación. 21.8.El Contratante entregará al Postor favorecido los documentos siguientes: - Un juego del ...
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. Antes de la firma del contrato y como condición previa e ineludible para su suscripción, EL CONTRATISTA; deberá presentar los siguientes documentos:
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. (ART. 28º) La Corte Suprema de Justicia comunicará a la Adjudicataria con 5 (cinco) días de antelación como mínimo, la fecha en la que deberá firmar el respectivo Contrato, debiendo cumplir para tal acto lo normado en el Art. 24º.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. Desde el momento en que se reciba la notificación de aceptación de la oferta adjudicada, el Oferente seleccionado tendrá cinco (05) días hábiles para consignar la Fianza de Fiel Cumplimiento (de ser el caso), a satisfacción de “LA CONTRALORÍA DEL ESTADO XXXXXXX”, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, sin lo cual no se suscribirá el contrato. La circunstancia de que el oferente adjudicatario no acepte las condiciones del contrato, o no consigne la garantía de fiel cumplimiento para la adquisición de los bienes dentro del plazo establecido, será causa suficiente para el decaimiento de la adjudicación y la pérdida de la caución o garantía de la oferta, en cuyo caso y si existieran ofertas que merezcan la segunda y tercera opción, el órgano contratante podrá adjudicar la adquisición de los bienes al oferente que tenga la segunda opción y en defecto de ésta al que tenga la tercera opción, o llamar a un nuevo proceso de selección de contratista. Conforme lo previsto en el artículo 117 de la Ley de Contrataciones Públicas, el lapso máximo para la firma del contrato será de Ocho (8) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. 18.1. El Asociado firma el presente Contrato en señal de conformidad, el cual ha leído y comprendido en su totalidad. De esta manera, el Asociado se somete únicamente a las condiciones, obligaciones y derechos derivados de las disposiciones contenidas en el presente Contrato y en sus normas regulatorias, por lo que acepta que EL CLAN no reconocerá aquellas condiciones u ofrecimientos que no se encuentran previstos en este documento.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. Antes de la firma del Contrato y como condición previa e ineludible para su suscripción “EL CONTRATISTA” deberá presentar los siguientes documentos: Constancia de Vigencia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado emitido por CONSUCODE. Carta Fianza solidaria de Fiel Cumplimiento del 10% equivalente a s/. 29,370.80. Copia del DNI del Representante Legal Copia del poder de mandato extendido por el postor a su representante legal. Copia del RUC Compromiso para cumplir con todas las obligaciones derivadas Del Contrato.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO a. Previamente a la firma del contrato, el contratista ganador presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. 14.1 Cada uno de los Asociados firmará un original y una copia de este Contrato, el mismo que es pre- numerado.
DE LA FIRMA DEL CONTRATO. Desde el momento en que reciba la notificación de aceptación de la oferta adjudicación, el Oferente seleccionado tendrá un (01) día hábil para consignar, la Fianza de Fiel Cumplimiento de acuerdo a los requerimientos xx Xxx, antes de la firma del contrato, contados a partir de la notificación de la adjudicación so pena de las sanciones correspondientes. La circunstancia de que el oferente adjudicatario no acepte las condiciones del contrato o no consigne la garantía de fiel cumplimiento para la prestación del servicio dentro del plazo establecido, será causa suficiente para el decaimiento de la adjudicación y la pérdida de la caución o garantía de la oferta, en cuyo caso y si existieran ofertas que merezcan la segunda y tercera opción, el órgano contratante podrá adjudicar la prestación del servicio al oferente que tenga la segunda opción y en defecto de ésta al que tenga la tercera opción, o llamar a un nuevo proceso de selección de contratista.