Revalorización automática Cláusulas de Ejemplo

Revalorización automática. 10.1 Las prestaciones y primas fijadas en la póliza se revalorizarán automáticamente en cada vencimiento anual, siguiendo la fluctuación de la composición de indicadores del «Índice de Precios de Consumo», publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya a nivel del Estado español.
Revalorización automática. Excepto en el caso en que se pacte expresamente la exclusión de la revalorización automática de garantías, ésta se producirá de acuerdo con las siguientes normas:
Revalorización automática. Salvo pacto expreso en contrario, se conviene que las sumas aseguradas de la póliza y sus primas correspondientes quedarán modificadas automáticamente en cada vencimiento anual, a excepción de las coberturas de asistencia al negocio y protección jurídica. El continente se actualizará de acuerdo con el incremento del precio por metro cuadrado de las “xxxxx xx xxxxx normal” que se publica en el Boletín Económico de la Construcción. El contenido se actualizará con el Índice General de Precios al Consumo (IPC). NO CONTRACTUAL Cuando en las Condiciones Particulares conste la existencia de un acreedor, bien sea por préstamo hipotecario, por leasing o por otro privilegio o garantía real sobre los bienes asegurados, se aplicarán las siguientes reglas:
Revalorización automática. Excepto en el caso en que se pacte expresamente la exclusión de la revalorización automática de garantías, ésta se producirá de acuerdo con las siguientes normas: Los capitales y límites asegurados, las franquicias y la prima neta quedarán revalorizados en cada vencimiento siguiendo las fluctuaciones del Índice General de Precios Industriales publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya a nivel del Estado español, revalorización que como mínimo será del 5%. A estos efectos se considerarán como capitales y límites asegurados y por tanto sujetos a la citada revalorización, no solo los capitales que figuran en las Condiciones Particulares, sino también aquellos que se indiquen en los posibles suplementos que se emitan a la póliza. Los capitales y límites asegurados, franquicias y primas netas, quedarán establecidos en cada vencimiento, multiplicando los que figuran inicialmente en esta póliza por el factor que resulte de dividir el índice de vencimiento por el índice base. Se entiende por índice base el que se indica en las Condiciones Particulares de la póliza. El índice de vencimiento es el que se indica en cada recibo de prima y que corresponde a la actualización del índice base en cada vencimiento siguiendo las fluctuaciones del Índice de Precios de Consumo. Expresamente se conviene que si en el momento del siniestro existiere un exceso de seguro en uno de los capitales asegurados de Continente a valor total o de Contenido, tal exceso se aplicará al otro capital que pudiera resultar insuficientemente asegurado. Esta compensación se efectuará hasta el límite en que la prima neta, que resulte de aplicar las respectivas tasas a este nuevo reparto de capitales, no exceda de la satisfecha por el Tomador del seguro en el último vencimiento. Establecidos así los respectivos capitales asegurados, se procederá a la normal liquidación del siniestro con arreglo a lo establecido en estas Condiciones Especiales. En el supuesto de que la póliza no garantice simultáneamente el Continente a valor total y el Contenido, no habiendo lugar en consecuencia a la compensación de capitales a que se hace referencia anteriormente, si su valor real, o en estado de nuevo (de estar expresamente incluida la garantía de valor de nuevo), fuese superior a la suma asegurada, el daño causado será indemnizado en la misma proporción en la que la póliza cubre el interés asegurado. Si, por el contrario, de la revalorización automática resultara que la suma as...
Revalorización automática. 7.1. Las prestaciones y primas fijadas en la póliza se revalorizarán automáticamente en cada vencimiento anual, siguiendo la fluctuación de la composición de indicadores del «Índice de Precios de Consumo», publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya a nivel del Estado español. No obstante lo anterior, el Asegurador podrá modificar de manera independiente los límites cuantitativos que afectan a las coberturas especificadas en los artículos 3.1.2, 3.3.18 y 3.8.7 de las Condiciones Especiales relativos al reembolso de gastos.
Revalorización automática. Con la finalidad de mantener actualizados los capitales asegurados, al término de cada anualidad de seguro, se aplicará una revalorización automática de los capitales asegurados en función de las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo (índice nacional general), que tendrá también la correspondiente repercusión de aumento de prima, según lo dispuesto para el cálculo de prima. En el caso de que la variación anual de dicho índice sea negativa, los capitales asegurados permanecerán invariables. Esta revalorización automática de capitales se aplicará a la garantía principal de «servicio fúnebre» y, en el supuesto que hubieran sido contratadas, a las garantías complementarias de «fallecimiento por accidente» e «invalidez permanente por accidente, según baremo de lesiones» Las variaciones de capital darán lugar a una actualización de la prima inicial y se tarificarán de acuerdo con la edad alcanzada por los asegurados en el momento que tome efecto dicha variación, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 12 posterior sobre determinación de la prima.
Revalorización automática. CAPÍTULO VIII En cada vencimiento anual se actualizarán los capitales asegurados, a excepción de las garantías de Asistencia al Hogar y Protección Jurídica. El continente se actualizará de acuerdo con el incremento del precio por metro cuadrado de las “xxxxx xx xxxxx normal” que se publica en el Boletín Económico de la Construcción. El contenido y el capital de responsabilidad civil se actualizarán con el Índice General de Precios al Consumo (IPC). Cada año, al renovar el seguro, la prima se calculará teniendo en cuenta los siniestros declarados. La no declaración puede dar derecho a descuentos, mientras que la declaración puede dar lugar a recargos, de acuerdo con los siguientes criterios: En el momento de su contratación, se asigna a las pólizas el nivel base (nivel 5). Cada anualidad sin declaración de siniestros implica la reducción de un nivel en la escala hasta llegar al nivel 1. La declaración de siniestros durante la anualidad implica el incremento de un nivel de la escala por cada siniestro declarado. Si una póliza se encuentra en los niveles 9, 10 u 11 y no realiza ninguna declaración de siniestro durante dos años consecutivos, para la anualidad siguiente se situará en el nivel 6. Mod: S.RE.441/01 47 - nivel 11: 100% - nivel 6: 0% - nivel 4: 5% - nivel 10: 50% - nivel 9: 25% - nivel 8: 15% - nivel 7: 10% - nivel 5: 0% - nivel 3: 10% - nivel 2: 15% - nivel 1: 20% SegurCaixa Hogar Completo Las primas de las coberturas de Protección Jurídica y de Asistencia en el Hogar no tienen recargos ni descuentos en función de la siniestralidad, por lo que la solicitud de un servicio no computará para la modificación del nivel.
Revalorización automática. 1. CONCEPTOS A LOS QUE SE APLICA Los efectos de la revalorización son de aplicación únicamente a las sumas asegura- das y las primas. En consecuencia, no son de aplicación a las cantidades fijas esta- blecidas como límite de cobertura, ni a los límites porcentuales ni a las franquicias. Las sumas aseguradas y la prima neta correspondientes a las garantías de con- tinente y/o contenido quedarán modificadas en cada vencimiento siguiendo las fluctuaciones que experimente el Índice General de Precios al Consumo que pu- blica el Instituto Nacional de Estadística.
Revalorización automática. Artº. 5º. REVALORIZACION DE CAPITALES Y PRIMAS. A fin de compensar en lo posible los efectos negativos de la inflación, a cada vencimiento anual, capitales y primas se revalorizarán, en función del Indice de Precios de Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Para establecer el porcentaje a aplicar en cada año natural se tomará en consideración el período de doce meses anteriores al último índice publicado en Noviembre de cada año. Artº. 6º. ADELANTO A LA REVALORIZACION DE CAPITALES. Cuando se produzca un siniestro, la Compañía incrementará los capitales de forma gratuita, a efectos de la valoración, en un 0,15% por cada mes transcurrido desde el último vencimiento de la póliza, para compensar los efectos negativos que el deterioro de los valores por la inflación produce antes de que la revalorización automática los pueda corregir, al inicio de la siguiente anualidad.