DEL PRECIO Cláusulas de Ejemplo
DEL PRECIO a) EL USUARIO pagará a GPS MONSTER el valor correspondiente a cada uno de los equipos de localización que El USUARIO tenga instalados. El precio y el modo de pago acordado incluye el valor del equipo GPS de rastreo, la instalación inicial y configuración del mismo, la instalación de un (01) botón de emergencia (opcional a requerimiento del cliente) y la garantía por defectos de fabricación del equipo, la cual se perderá si hubiese sido manipulado por parte del USUARIO o por parte de terceras personas ajenas a GPS MONSTER. b) Por dichos servicios El USUARIO pagará a GPS MONSTER, la cantidad acordada en la forma acordada. En caso de incumplimiento por parte del USUARIO en el pago de los servicios pactados, GPS MONSTER suspenderá automáticamente la prestación de los servicios y bloqueará de manera temporal o definitiva la utilización del sistema de localización y rastreo satelital, la prestación del servicio será restablecida cuando se haya efectuado el pago correspondiente. GPS MONSTER se reserva el derecho de promover las acciones legales que procedan a fin de cobrar las cantidades adeudadas por el USUARIO. c) El precio correspondiente al servicio del equipo se encuentra determinado en pesos colombianos. El precio por los servicios, podrá ser modificado por GPS MONSTER, en cualquier momento, atendiendo a los costos propios del servicio y las variaciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ por servicios de comunicaciones u otras regulaciones adicionales del Gobierno o del ente regulador. GPS MONSTER, informará como mínimo con treinta días de anticipación al USUARIO de cualquier cambio en las cuotas. En caso que el USUARIO no dé aviso de inconformidad, se entenderá que acepta las nuevas cuotas anunciadas. d) En el caso de que el USUARIO deseé trasladar algún equipo de localización y rastreo, de alguna unidad móvil a otra, posteriormente a su instalación en la unidad móvil original, estará sujeta a autorización expresa por parte de GPS MONSTER; consecutivamente, el USUARIO deberá asumir los costos correspondientes, tanto del traslado del dispositivo, como de los daños que presente el vehículo en partes que no hayan sido intervenidas por los técnicos de GPS MONSTER. El USUARIO podrá contratar en fecha posterior cualquier otro tipo de servicio que GPS MONSTER esté en la posibilidad de proporcionarle.
DEL PRECIO. El precio deberá ser firme y definitivo, sujeto a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
a. Los oferentes deberán cotizar preferiblemente en colones costarricenses, pero en caso de cotizar en dólares, se le aplicará la conversión a moneda nacional, para efectos de presupuesto, análisis y evaluación del factor precio, a las ofertas en dólares se les aplicará la conversión a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio vigente para la venta del Banco Central ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica al día de la apertura.
b. La oferta económica debe incluir el monto expresado por cada línea cotizada y el monto total, en moneda nacional, en número y en letras, prevaleciendo en caso de divergencia, la consignada en letras. Además deberá asumir el costo de traslado y entrega del equipo, estos deben ser asumidos por el adjudicatario en caso que requiera el traslado de la maquinaria a otro lugar que no sea el ▇▇▇▇▇▇ de la Unidad Técnica, de no hacerlo se le aplicará el artículo 25 del RLCA. La misma debe confeccionarse libre del impuesto de ventas y consumo.
DEL PRECIO. La Oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida. Al formular su propuesta, el Postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra. Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en Nuevos Soles y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
DEL PRECIO. No hay compraventa si los contratantes no convienen en el precio o en la manera de determinarlo; pero si la cosa vendida fuere entregada, se presume que las partes han aceptado el precio corriente que tenga en el día y lugar en que se hubiere celebrado el contrato.
DEL PRECIO. La “SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR”, por el objeto del presente contrato, la cantidad de: $15’981,000.00 (Quince millones novecientos ochenta y un mil pesos 00/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor agregado incluido.
DEL PRECIO. La “SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR”, por los servicios objeto del presente contrato, la cantidad de $194,562.00 (Ciento noventa y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos 00/100 Moneda Nacional), Impuesto al Valor Agregado incluido. Precio Unitario por la cantidad de $167,725.86 (Ciento sesenta y siete mil setecientos veinticinco pesos 86/100 Moneda Nacional) sin el impuesto al valor agregado.”
DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para el servicio objeto de este contrato hasta por la cantidad de
DEL PRECIO. El precio de este arrendamiento será de euros por todo el periodo, a pagar en plazos mensuales de euros por adelantado en los días de cada mes. El pago se hará en la cuenta corriente que designe al efecto el arrendador. Dentro de este importe se incluyen los gastos generales, tributos, servicios y suministros del inmueble con excepción de los servicios con medidor (agua, gas y electricidad), que se pagaran en forma mensual entre todos los inquilinos del inmueble.
DEL PRECIO. La “SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR”, por los servicios objeto del presente contrato, hasta la cantidad de $167,040.00 (Ciento Sesenta y Siete Mil Cuarenta Pesos 00/100 Moneda Nacional), Impuesto al Valor Agregado incluido.
DEL PRECIO. El valor total de la locación se establece en la suma de pesos trece millones doscientos mil con 00/100 ($ 13.200.000,00.-) pagaderos por mes adelantado del 1º al 10º día de cada mes, siendo el valor locativo mensual de pesos seiscientos treinta mil ($ 630.000,00) mensuales para el período comprendido desde el 01 de octubre de 2023 al día 31 de diciembre de 2023, de pesos ochocientos veinte mil ($ 820.000,00) mensuales para el periodo desde el 01 de enero de 2024 al día 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024, y de pesos un millón sesenta y cinco mil ($ 1.065.000,00) mensuales para el período desde el 01 de julio de 2024 al día 31 de diciembre de 2024.----------------------- ---
