OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. No se establecen.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. El adjudicatario acreditará, antes de la firma del contrato, tener, suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de la actividad contratada, por importe igual o superior al valor estimado de este contrato. Ésta póliza deberá cubrir los daños y perjuicios ocasionados tanto al IDIVAL como a terceros, continente y contenido y siempre derivados de la prestación del servicio contratado, y en la misma deberá figurar como beneficiario IDIVAL.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. Obligación de presentar el plan de trabajo: SI Obligación de redactar el Plan de Seguridad y Salud: SI El contratista deberá tener suscrita una póliza de responsabilidad civil cuyo capital asegurado será al menos de 300.000,00 €. Solicitada la correspondiente licencia de obras ante el Ayuntamiento, correrán, por cuenta del contratista todos los costes y gastos derivados de su concesión, en proporción a la cuantía de la obra, en su fase II. El contratista adjudicatario de las obras se comprometerá a establecer y mantener, durante el período de vigencia del contrato, una oficina ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la que exista un representante legal. Se establece un plazo máximo de dos semanas, entre la fecha de firma del contrato, por parte del contratista adjudicatario de la obra y la fecha de realización del Acta de Inicio de las Obras. En el caso de gastos ocasionados como consecuencia de la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra, o de informes específicos sobre los mismos que superen el coste conjunto de los previstos para el control de calidad en el presupuesto de ejecución material del proyecto se imputarán a: el órgano de contratación. El contratista está obligado a instalar a su xxxxx los carteles anunciadores de las obras, en los que aparecerá el logotipo de la Fundación, así como las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupen los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus límites e inmediaciones. El contratista deberá llevar los Libros de Ordenes e Incidencias, previamente diligenciados. Igualmente deberá disponer de un Libro de Subcontratación habilitado por la autoridad laboral autonómica (B.O.C. 2 de noviembre de 2007).
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. En el marco de este Convenio las partes asumen las siguientes obligaciones. • Proporcionar los medios personales y materiales, así como la estructura administrativa necesarios para la buena gestión del Convenio. • Confeccionar una “Bolsa” de alumnos y titulados, con carácter de Registro, en la que figurarán los candidatos que realizarán las prácticas de formación previstas en este Convenio. A tal fin, cuando se trate de titulados que no figuren previamente en los archivos de la Universidad Pública xx Xxxxxxx, la sola solicitud de acceso a los programas de formación conllevará la inclusión automática del titulado en la “Bolsa” para la realización de prácticas. • Suscribir una póliza de seguros a favor de los estudiantes en prácticas, complementaria del seguro escolar, al objeto de cubrir la contingencia de accidentes; así como suscribir un seguro de responsabilidad civil y accidentes a favor de los titulados en prácticas. • Formalizar, en su caso, los Acuerdos específicos necesarios para la ejecución del presente Convenio, procediendo a su archivo como Anexos al presente Convenio. • Gestionar, en su caso, las ayudas económicas correspondientes a los estudiantes y titulados en prácticas, percibiendo sus importes de la empresa y haciéndolas llegar a sus destinatarios. • Llevar la contabilidad y prestar el servicio de caja, facturando, cobrando y realizando pagos. • Organizar y ofertar, en su caso, aquellas actividades docentes que formen parte del programa de formación en ejecución, y a las que deban asistir los estudiantes y titulados, sean o no beneficiarios de ayudas económicas. Así como señalar al titulado las opciones de formación académica entre las que puede optar en orden a completar las prácticas formativas desde el punto de vista docente. • Velar, juntamente con la Universidad Pública xx Xxxxxxx, por que las prácticas se adecuen a la formación académica de los alumnos y titulados, asegurándose de que las tareas encomendadas en la empresa con motivo de su formación práctica estén en consonancia con la formación acreditada. • Realizar un seguimiento de las prácticas desarrolladas por los titulados en orden a asegurar su adecuación a lo dispuesto en este Convenio. • Proporcionar un Tutor-Profesor al alumno en prácticas para su seguimiento desde el punto de vista académico. • Evaluar, a través del Tutor-Profesor nombrado, la formación práctica a efectos de su reconocimiento académico, si procede. • Señalar al titulado las opciones de formación académica...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. Las obligaciones específicas de cada una de las partes se encuentran definidas en el Convenio. Bogotá D.C., 26/10/2022 Gerente de Proyectos de Valor Compartido Director de Planeación y Control del Negocio Sucursal de Transmisión GEB 551001432 En cumplimiento de lo establecido en el Manual de Contratación y control de ejecución del GRUPO ENERGÍA BOGOTÁ S.A. ESP o GEB S.A. ESP (en adelante LA EMPRESA o GEB), me permito informarle que ha sido designado como supervisor del Convenio citado en el asunto suscrito entre LA EMPRESA o GEB, el DISTRITO ESPECIAL TURÍSTICO Y CULTURAL DE RIOHACHA, cuyo objeto es aunar esfuerzos técnicos, operativos, administrativos y financieros para desarrollar el proyecto CALLEJÓN DE LOS CAPUCHINOS, UN ESPACIO PARA LA CREATIVIDAD Y LA CULTURA. Para el desarrollo de la actividad encomendada, deberá sujetarse a lo establecido en el Contrato y todos los documentos que hacen parte integral del mismo, ejerciendo funciones de gerencia e interventoría integral que comprenda el desarrollo de actividades de carácter técnico, administrativo, legal, financiero y de desarrollo sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Contratación y Control de Ejecución de LA EMPRESA. La labor de supervisión deberá estar orientada por los principios señalados en el Manual de Contratación, entre otros, por el de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, transparencia, planeación y gestión fiscal. Corresponde al supervisor verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, y la calidad de los bienes o servicios objeto del contrato, suscribiendo para tal efecto el certificado de cumplimiento en el que conste la entrega parcial y/o total por parte del contratista, de los bienes, obras o servicios contratados y el recibo a satisfacción de la Empresa. Igualmente, el supervisor deberá informar oportunamente al Autorizado para Contratar, sobre los atrasos o incumplimientos que puedan dar origen a la aplicación de cláusulas de apremio o penales pecuniarias, según lo establecido en el contrato, y sobre las situaciones que puedan dar origen a la modificación y/o suspensión del contrato, para lo cual deberá emitir justificación respecto de la viabilidad de las mismas. A partir de la fecha de recibo del presente documento, asume todas las funciones, obligaciones, responsabilidades, facultades y prohibiciones contenidas en el Manual de Contratación de LA EMPRESA, y en consecuencia, deberá informar de inmediato si...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. VI.-OBLIGACIONES DE ECOVIDRIO.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. El ARRENDATARIO se compromete a:
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. 1) DEL VENDEDOR:
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. Obligación de presentar un Plan de Trabajo: SI NO X U.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES. El adjudicatario acreditará, antes de la firma del contrato, tener, suscrita una póliza de seguro que cubra, como mínimo, los siguientes riesgos e importes - Seguro de accidentes en caso de fallecimiento o incapacidad permanente, incluido repatriación del viajero desde España a su lugar de origen o desde cualquier lugar del mundo a España, cuando éste enferme, sufra un accidente o fallezca. Importe mínimo de cobertura: 1.200.000,00 €. - Seguro de equipajes (pérdida, robo y daños). Importe mínimo de cobertura: 2.100,00 €. - Seguro de hospitalización y gastos médicos: importe mínimo 15.000,00 €. - Seguro de asistencia en viaje 24 horas: importe mínimo 300.000,00 €. El adjudicatario acreditará, antes de la firma del contrato, disponer de los medios financieros suficientes y adecuados para hacer frente a los pagos, incluso los anticipados, o garantías exigidos por las compañías de transporte, de alojamiento u otro tercero con el que contraten.