DE LOS SOCIOS Cláusulas de Ejemplo

DE LOS SOCIOS. Nota: Incluida Fe de Erratas en numeral, publicada en Registro Oficial No. 326 de 25 de Noviembre de 1999
DE LOS SOCIOS. Art. 67.- El comanditario tiene derecho al examen, inspección, vigilancia y verificación de las gestiones y negocios de la compañía; a percibir los beneficios de su aporte y a participar en las deliberaciones con su opinión y consejo, con tal que no obste la libertad de acción de los socios solidariamente responsables. Por lo mismo, su actividad en este sentido no será considerada como acto de gestión o de administración.
DE LOS SOCIOS. Art. 31.- Podrán ser socios todas las personas naturales y mayo- res de dieciocho años, sin distinción de sexo, raza, credo o religión e ideología que formen parte del sistema de agua potable y las personas jurídicas que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva de la Asociación. Desde el momento de su ingreso los socios serán registrados en un libro de registro de miembros y afiliados que la Asociación llevará para tal efecto en el que consignarán la clase o categorías de socios, nombre, profesión u oficio, domicilio, nacionalidad, fecha de ingreso y retiro de los mismos. La calidad de socio no puede enajenarse, transferirse, ni heredarse, ni podrá cederse a otro el ejercicio de los derechos respectivos.
DE LOS SOCIOS. Art. 5.- La Asociación contará con tres clases de Socios
DE LOS SOCIOS. Artículo 7. Podrán ser miembros de la Cooperativa todas las personas naturales o jurídicas que necesiten energía eléctrica, o servicios de telecomunicaciones, telefonía, telegrafía o radiocomunicaciones o cualquier otro servicio otorgado por la Cooperativa; que no hallan injuriado o calumniado a los Consejeros, gerente o ejecutivos de la Cooperativa o a ésta; que no hayan causado perjuicio a la Cooperativa tanto en su patrimonio como en su honor; que suscriban y paguen la cantidad y monto de cuotas de participación que para su ingreso fije el Consejo de Administración.
DE LOS SOCIOS. ARTICULO OCTAVO.- Son socios aquellas personas, físicas x xxxxxxx, que hubieren participado en la formación de la Sociedad y que hubieren efectuado su aportación. También podrán ser socios aquellas personas, físicas x xxxxxxx, que previa aprobación de la Junta de socios sean admitidas en el futuro como tales en la sociedad Habrá dos tipos de socios, los Socios “A” y los Socios “B”, los cuales tendrán las siguientes responsabilidades dentro de la sociedad, y los siguientes caracteres: Socios “A”.- Serán los que aporten a la empresa el dinero para realizar los fines de la propia sociedad Dichos socios serán admitidos mediante Asamblea General Ordinaria de Socios la cual también determinará la exclusión de los mismos, exclusión que se deberá de notificar a cada uno de los socios mediante comunicación enviada por correo certificado o cualquier otro medio probatorio Socios “B”.- Serán quienes aportarán a la sociedad sus conocimientos y trabajo para el desempeño de la sociedad para sus fines sociales, para tales efectos, dichos socios recibirán una remuneración económica la cual será aprobada previamente a su aceptación como Socio “B” Los Socios “B” no podrán intervenir en algún cargo administrativo dentro de la sociedad.
DE LOS SOCIOS. ARTICULO 11o. La Cámara tendrá dos clases de Socios que serán:
DE LOS SOCIOS. Artículo 6.- Podrán ser Socios Las personas naturales mayores de edad, vinculadas laboralmente a la empresa NEXTEL del Perú S.A. y a sus empresas subsidiarias que pudiesen constituir; otras personas jurídicas sin fines de lucro, previa aprobación de la asamblea general de socios. Los socios de la cooperativa que dejen de pertenecer a NEXTEL del Perú S.A. podrán continuar efectuando todo tipo de operaciones pasivas hasta su cancelación de su Registro de Socio acordada por el Consejo de Administración

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  • DE LOS SEGUROS Durante la prestación del SERVICIO, el PROVEEDOR se obliga a resguardar los ambientes e instalaciones que le hubiesen sido proporcionados y al objeto mismo de la contratación, para tal efecto, deberá adquirir un seguro a favor de la ENTIDAD, que cubra los posibles daños en la prestación del SERVICIO. La ENTIDAD, de producirse el siniestro o daño, procederá a la ejecución de la garantía constituida.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • ORIGEN DE LOS RECURSOS DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN I INCISO “D” DEL REGLAMENTO DE LA LEY, SE INDICA QUE EL CONTRATO QUE SE DERIVE DE LA PRESENTE INVITACIÓN SERÁ ÚNICAMENTE POR EL EJERCICIO 2017, BAJO LA PARTIDA PRESUPUESTAL 21401, “CONSUMIBLES DE CÓMPUTO”. PARA LO CUAL SE CUENTA CON SUFICIENCIA PRESUPUESTAL AUTORIZADA CONFORME A LA SOLICITUD DE PEDIDO (SOLPED) N° 10094946.

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • ALCANCE DE LOS SERVICIOS El alcance del servicio a ser proporcionado por el consultor está enmarcado en la Promoción del Programa de Inserción Laboral que incluye al Proyecto “Mejora de la Empleabilidad y los Ingresos Laborales de los Jóvenes” (PMEIL) hasta la selección de jóvenes para ocupar vacancias en empresas, en cumplimiento a los lineamientos dictados por el Supervisor Técnico Operativo de la Unidad de Coordinación General del Plan Nacional de Empleo (UCGPE) y el Manual Operativo del Proyecto. Sin ser limitativas, las tareas y actividades más importantes que debe cumplir el Oficial Operativo de Empresas son las siguientes: Implementar las estrategias operativas del Programa de Inserción Laboral. Visitar empresas para promocionar el Programa de Inserción Laboral ofreciendo los paquetes de incentivos existentes siguiendo los lineamientos y distribución de empresas a cargo del Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE. Coordinación de actividades con Oficiales Operativos de Jóvenes. Participar de eventos, ferias y otros para difundir los beneficios del Programa de Inserción Laboral de acuerdo a programación preparada por el Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE. Coadyuvar en los procesos de búsqueda de alianzas estratégicas que sirvan al éxito del Programa de Inserción Laboral. Apoyar a empresas en el registro de información en el Sistema con acceso Web creado para el efecto. Verificar que las empresas adjunten al Sistema de Registro en digital, los documentos escaneados necesarios para su registro. Gestionar la firma de Convenios Interinstitucionales entre el MPD y las empresas. Verificar que las empresas realicen correctamente el registro de vacancias en Sistema. Verificar las listas cortas de jóvenes para el proceso de selección de jóvenes previo a su entrega a las empresas. Enviar a las empresas la lista corta de jóvenes y formato de carta compromiso para que la empresa pueda seguir el proceso de selección respectivo e informar sobre el tiempo límite para hacerlo. Realizar el seguimiento de actividades desde el registro de empresas hasta la selección de jóvenes para ocupar vacancias, velando por su concreción. Realizar el seguimiento a los resultados de selección de jóvenes. Habilitar nuevamente a los jóvenes que no fueron seleccionados para que puedan participar de otros procesos de selección y registrar el estado del o los jóvenes seleccionados por las empresas. Revisar las Cartas Compromiso y gestionar la aprobación de las mismas por parte del Coordinador Nacional previo visto bueno del Encargado Jurídico. Escanear la documentación relativa a las gestiones realizadas (Convenio Interinstitucional, Carta Compromiso) y resguardar la documentación hasta su entrega al Oficial Operativo de Jóvenes asignado. Entregar los convenios de Pasantía al Oficial Operativo de Jóvenes para continuar el trámite de firma. Gestionar con el Encargado Jurídico la firma en el MPD del Convenio de Pasantía con el joven seleccionado. Registrar en el sistema SIG información de vacancias atendidas. Escanear toda la documentación firmada y final una vez concluida la gestión e incorporarla al Sistema SIG. Registrar información de seguimiento en el Sistema de Información Gerencial (SIG) de acuerdo a roles asignados. Informar el/la Responsable Técnico Administrativo continuamente sobre las actividades fuera de oficina realizadas para efectos de control. Presentar los descargos solicitados para la reposición de gastos de transporte con fondos de caja chica ante el Responsable Técnico Administrativo de su oficina departamental. Otras actividades encomendadas por el/la Responsable Técnico Administrativo de acuerdo a la planificación de las estrategias del Programa de Inserción Laboral de la UCGPE. Se esperan los siguientes resultados finales de la consultoría, los mismos que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo: Promoción del Programa de Inserción Laboral realizada con éxito en diversos espacios, eventos y a través de visitas a empresas. Procesos de búsqueda de alianzas estratégicas apoyados. Registro de empresas completo en el sistema de registro web que incluye la documentación digital requerida. Seguimiento a todo el proceso, desde el registro de empresas hasta la selección de jóvenes realizado. Cartas compromiso, convenios interinstitucionales debidamente firmados. Convenios de pasantía de jóvenes firmados en el MPD. El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes, que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo. Informes mensuales sobre las actividades y resultados alcanzados en el período. Informe Final a la conclusión de la consultoría, que dé cuenta de los resultados en relación a los objetivos y alcances de su trabajo e Informe Final del Proyecto reportando avances hasta la conclusión de su contrato. Aprobación de informes: Los informes mensuales e informe final serán aprobados por el/la Responsable Técnico Administrativo, el plazo de aprobación de informes será de 10 días a partir de la presentación, si transcurrido este tiempo el Inmediato superior no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado.

  • DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: ▪ Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. ▪ Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepción de la prestación (salvo casos de excepción) ▪ Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

  • Dirección de los trabajos La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el órgano de contratación. Son funciones del responsable del contrato o del representante del órgano de contratación:

  • Apertura de las Ofertas 24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estarán indicados en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitucion o modificacion de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.