Límite de indemnización. III.1. El límite máximo de indemnización, por hechos cubiertos por este grupo de garantías de los apartados I y II, es el 100% de la suma asegurada de Continente y del Contenido en caso de que éste se hubiera contratado, indicado en las Condiciones Particulares.
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Límite de indemnización. III.1III. 1. El límite máximo de indemnización, por hechos cubiertos por este grupo de garantías de los apartados I y II, es el 100% de la suma asegurada de Continente y del Contenido en caso de que éste se hubiera contratado, indicado en las Condiciones Particulares.
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Límite de indemnización. III.1. El límite máximo de indemnización, por hechos cubiertos por este grupo de garantías de los apartados I II y IIIII, es el 100% de la suma asegurada de Continente y del Contenido en caso de que éste se hubiera contratado, indicado en las Condiciones Particulares.
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Límite de indemnización. III.1IV.1. El límite máximo de indemnización, por hechos cubiertos por este grupo de garantías de los apartados I II y IIIII, es el 100% de la suma asegurada de Continente y del Contenido en caso de que éste se hubiera contratado, indicado en las Condiciones Particulares.
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