Funcionalidades básicas Cláusulas de Ejemplo

Funcionalidades básicas.  Identificación de la línea llamante. Esta funcionalidad debe cumplir los siguientes requisitos: para llamadas internas, independientemente si la extensión es fija o móvil aparecerá siempre el número corto de la extensión. Cuando se recibe una llamada externa, aparecerá el número público asociado al llamante. Cuando se realice una llamada al exterior, aparecerá en el destinatario el número público de la extensión o cabecera genérica que establezca el Ayuntamiento de Abarán.  Facturación detallada por extensión. El operador facilitará un sistema de información de la tarificación en soporte electrónico así como el software necesario para su tratamiento por parte del Ayuntamiento de Abarán .  Buzón de voz. Las llamadas entrantes no contestadas serán opcionalmente atendidas por el buzón de voz, dando paso a la posibilidad de dejar un mensaje grabado. El servicio deberá notificar la existencia de mensajes en el buzón. El usuario xxx xxxxx asociado a la extensión podrá personalizarlo y consultar los mensajes recibidos desde cualquier terminal y extensión.  Servicio de operadora automática. Se requiere una solución que permita implantar en cualquier centro de la organización de un servicio de operadora automática que permita personalizar mensajes de bienvenida y llevar a cabo la redirección automática a extensiones internas.  Movilidad de extensiones. Se deberá permitir el uso de la extensión fija asociada al usuario cuando éste no se encuentre en su puesto de trabajo, desde cualquier punto con acceso al Ayuntamiento de Abarán. Esta funcionalidad deberá permitir a un usuario cambiar su ubicación física manteniendo la extensión corporativa, sin necesidad de realizar ninguna modificación en el cableado ni reconfiguraciones en los sistemas de telefonía.  Grupo de captura. Se permitirá configurar un grupo de extensiones en el que el estado de comunicación de cada una de ellas sea visible para todo el grupo, desde cualquier extensión del grupo será posible capturar las llamadas dirigidas a cualquier otra y transferir las mismas entre ellas.  Grupo xx xxxxx. Esta funcionalidad permitirá distintas configuraciones: cola única/múltiple, priorizable/no priorizable, seleccionable/no seleccionable.  Jefe Secretaria. Permitirá la configuración de un grupo de extensiones, de forma que las llamadas dirigidas a una de las extensiones sean atendidas inicialmente por uno o varios asistentes en otras extensiones. Una vez atendida la llamada, ésta podrá ser terminada, o tran...
Funcionalidades básicas. 2.3.1. Requisitos organizativos solicitados por la CAIB al Contratista El contratista aportará los siguientes procedimientos: Seguimiento de las actuaciones. Especificaciones para la presencia de personal en las instalaciones de la C.A.I.B. Procedimiento para comunicar a la empresa adjudicataria la necesidad de un servicio.
Funcionalidades básicas. Conexión con bases de datos externas para personalizar la conversación. • Navegación de características xx xxxxxxxx • Conexión con otros recursos complementarios (ej: página web de ayuda vocacional) • Guardado de datos a nivel individual para posterior evaluación Funcionalidades avanzadas: • Recomendador xx xxxxxxxx para continuar buscando. • Elegibilidad a beneficios económicos personalizados. • Envío de correos electrónicos complementarios al flujo. Herramientas tecnológicas utilizadas:
Funcionalidades básicas. Conexión con bases de datos externas para personalizar la conversación. • Navegación de características xx xxxxxxxx e instituciones de educación superior • Conexión con otros recursos complementarios (ej: página web de ayuda vocacional) • Guardado de datos a nivel individual para posterior evaluación Funcionalidades avanzadas: • Recomendador xx xxxxxxxx para continuar buscando. • Elegibilidad a beneficios económicos personalizados. • Envío de correos electrónicos complementarios al flujo. Herramientas tecnológicas utilizadas: • Código del chatbot: Python • FrontEnd del chatbot: React • Hosting: Amazon Web Service (AWS) • Plataforma de envíos: Twilio, Sendgrid Sept 1,202 Xxxxxxxxxxx Xxxxxx
Funcionalidades básicas. Adicional a las funcionalidades planteadas en el punto 4 de este pliego de condiciones, el nuevo portal del ICETEX debe cumplir con los siguientes requisitos:  El portal se debe observar de forma apropiada y ser completamente funcional con sus aplicativos en diversos navegadores web, como mínimo ser compatible con Google Chrome, Internet Explorer, Mozilla Firefox, Apple Safari y Opera, tanto en sus versiones PC (Windows, Mac, Linux) como en sus versiones para dispositivos móviles como smart phones y tablets.  Capacidad para vincularse e interactuar de forma fácil y dinámica con redes sociales, tales como: Twitter, Facebook, Youtube, Linkedin, entre otras.  Permitir de forma fácil e intuitiva la inclusión de streaming y podcasting, por parte de los administradores del sitio.  Este sitio debe poder navegarse de manera fácil en un navegador para personas con incapacidad visual, es decir que la implementación y desarrollos deben estar basados en la Norma NTC5854 del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación INCONTEC, Anexo 17.  La estructura del Portal debe brindar claridad en la ruta que cada tipo de usuario debe tomar, de acuerdo con sus necesidades.  Permitir la creación y administración de mini sitios dentro de la página para manejar comunidades afines.  Proveer opciones para cambiar el tamaño de la letra en todos los niveles y secciones (A+ A A-), facilitando la lectura a personas con dificultades visuales.  Xxxxxxxse a las directrices de usabilidad que se encuentran en el documento denominado "Lineamientos y metodologías en usabilidad para el Gobierno en línea", Anexo 20 de este pliego de condiciones.  El diseño, elaboración e implementación de la página web del ICETEX debe ajustarse a lo contemplado en el "Manual para la implementación de la estrategia de Gobierno En Línea", Anexo 20 de este pliego de condiciones.  Cumplir con el nivel de conformidad AAA, de acuerdo con lo establecido en la Norma NTC 5854 "Accesibilidad a Páginas Web"; aspecto que debe ser evaluado con varias de las herramientas de validación de accesibilidad, referenciadas en el portal de la Web Accesibility Initiative (htlp://xxx.x0.xxx/XXX/XXxxxxxx/xxxxxxxx) de la W3C y cuya herramienta de referencia será la ubicada en (htlp://xxx.xxxxxx.xxx). El diseño y contenidos del nuevo portal del ICETEX deben cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:  Deben ser contenidos resumidos que le cuenten al usuario la información básica de cada producto.  El diseño w...
Funcionalidades básicas. El dispositivo debe ser una solución de software y hardware basado en appliances, el cual tenga la capacidad de realizar su monitoreo y prevención de manera en línea además de ser de un sólo fabricante. El sensor deberá de poder operar en línea sin necesidad de configurar direcciones IPs ni cambiar direccionamiento interno proporcionando un mecanismo de puenteo con base en pares de interfaces para cada segmento de red. Con el fin de monitorear el comportamiento de la red y así poder definir una política de seguridad efectiva, el sistema deberá de poder operar en modo de aprendizaje detectando posibles ataques pero sin bloquear paquetes. El dispositivo deberá soportar funcionamiento pasivo como un IDS (sistema de detección de intrusos), con alertas de ataque, tráfico malicioso o no deseado, sin interferir con el tráfico. El dispositivo debe de soportar la identificación y protección de ataques en protocolos de Voice over IP (VoIP), tales como: SIP, MGCP, H.323, H.225, H.245, Q.931, T.120 y SCCP. El dispositivo deberá contar mínimo con 4 interfaces 10/100/1000 cobre. El dispositivo debe contar con 1 interface 10/100/1000 Mbps para comunicación con el sistema de administración de correlación de eventos. Para una mayor eficiencia en la inspección de tráfico, se deberá contar con un lenguaje abierto para la afinación de las firmas y poder así eliminar en la medida de lo posible los falsos positivos. Por seguridad el equipo no deberá de basar sus funcionalidades de protección únicamente en firmas sino proporcionar un mecanismo de protección y análisis de tráfico a nivel aplicativo, revisando anomalías de protocolo algún tipo de mecanismos que permita identificar tipo de aplicaciones y tipos de Sistemas operativos de manera pasiva si tener que utilizar necesariamente un analizador de vulnerabilidades propio o de terceros con el fin de correlacionar la información identificada y detener ataques de manera dinámica como por ejemplo gusanos que pueden cambiar su código dinámicamente y que son difíciles de detener con tecnologías basadas exclusivamente en firmas. El sistema deberá de proporcionar un mecanismo que automáticamente habilite firmas o protecciones para contener ataques que puedan ser explotados en los recursos de la red a partir de la correlación de los resultados de un escaneo de vulnerabilidades. El dispositivo debe permitir la detección de ataques desconocidos y/o variaciones de ataques conocidos. El dispositivo debe de permitir el paso del tráfico en e...
Funcionalidades básicas. El Proveedor deberá incluir en su propuesta técnica, que todas las facilidades básicas descritas anteriormente, se incluirán como facilidades estándar asociadas a los “Servicios de Voz IP” con Teléfono IP, con excepción de aquellas para las cuales el administrador del contrato establezca alguna restricción, de la cual informará al invitado que resulte adjudicado al inicio de la vigencia del contrato. El Proveedor deberá incluir en su propuesta técnica, que el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP que se utilice para proporcionar el Servicio de Voz IP objeto de estas especificaciones técnicas, deberá contar con los elementos necesarios para garantizar como mínimo, el cumplimiento de las siguientes funcionalidades básicas: Establecimiento de llamadas Capacidad de realizar llamadas internas dentro de un inmueble o hacia otro inmueble y desde y hacia la Red Pública de Telefonía. Estado de la llamada por línea. Facilidad que permite visualizar en el display del teléfono IP, el estado de las llamadas establecidas (recibidas o generadas), en el que se muestre como mínimo el número y la duración.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.