Domingos y festivos Cláusulas de Ejemplo

Domingos y festivos. 8.00 a 15.30 horas. HORARIO XX XXXXXX Lunes a Sábado: Mañana: De 8.00 a 14.30 horas. Lunes a Sábado: Tarde: De 15.30 a 22.00 horas. Domingos y Festivos: De 8.00 a 14.30 horas Descanso Semanal: S/ Convenio VACACIONES ANUALES: Ver artº 11 del texto del Convenio Laboral en vigor. Lunes a Viernes: De 8.00 a 15.30 horas Sábados alternos que se cambian por el viernes. HORARIO XX XXXXXX Lunes a Viernes: De 8.00 a 14.30 horas
Domingos y festivos. 33.1 Se garantiza a todo el personal afectado de este convenio disfrutar en forma alterna de 2 de cada 4 domingos.
Domingos y festivos. El trabajador cuya jornada laboral se desarrolle en domingo o festivo tendrá derecho al complemento especificado en el artículo 32.d) del presente convenio. No obstante lo anterior, las empresas de mutuo acuerdo con los trabajadores podrán sustituir el abono del plus xx xxxxxxxx y festivos por un día más de descanso cuyo disfrute será igualmente determinado por acuerdo entre la empresa y el trabajador. NOMBRE: Firmado con sistema externo
Domingos y festivos. Los domingos y festivos se abonarán con el salario de la tercera columna de las tablas salariales más antigüedad.
Domingos y festivos. 32.1. Se garantiza a todo el personal afectado de este convenio disfrutar en forma alterna de 2 de cada 4 domingos.
Domingos y festivos. Se percibirá por los trabajadores que su turno de trabajo comprenda algún domingo o festivo un complemento consistente en el 35% de su salario base, más la antigüedad que en cada caso corresponda por cada domingo o festivo trabajado.
Domingos y festivos. No tendrán obligación alguna de trabajar en domingos o festivos de apertura comercial aquellas personas contratadas con anterioridad al ocho xx xxxxx de dos mil seis, que no tengan reflejada la obligatoriedad de trabajar en domingo o festivo contractualmente, por lo que sólo lo harán si así lo deciden de manera voluntaria. cve: BOE-A-2016-8184 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El trabajo en domingo o festivo autorizado tendrá una compensación económica cifrada en un 50% de incremento sobre el valor de la hora ordinaria. Una misma persona no tendrá obligación de trabajar más del 75% de las aperturas comerciales autorizadas. Este sistema no será de aplicación al trabajo realizado en domingo y/o festivo por los trabajadores y trabajadoras cuya jornada contratada incluya dichos días, cuando tal trabajo constituya al menos un 33% de su jornada en la semana en que se produzca la efectiva prestación de servicios en domingo y/o festivo. Aquellos trabajadores y trabajadoras que hubieran optado en el año dos mil seis por un sistema diferente al aquí establecido, conforme a lo estipulado en el I Convenio Colectivo de Supermercados DIA, S. A. (2006-2009), podrán mantenerlo a título personal.
Domingos y festivos. De 10 a 14 horas.
Domingos y festivos. Aquellos trabajadores que realicen su jornada en domingos y/o festivos en cualquiera de los días que se establezcan anualmente en el calendario laboral de la empresa, tendrán derecho a percibir el plus xx xxxxxxxx y festivos por un importe de 7,5 € por cada domingo o festivo en que tenga lugar la prestación de servicio. El descanso correspondiente al trabajo realizado en cualquiera de los 14 festivos anuales, recogidos en el calendario laboral de la empresa, correspondientes a los festivos del Ayuntamiento de Madrid, se anexarán y disfrutarán de manera continuada quedando reflejados en el calendario anual de turnos y libranzas de cada trabajador/a. La empresa concederá además una gratificación especial de 12 euros brutos/hora, en los siguientes días en que se preste servicio: 24 de diciembre: Desde las 18:00 horas hasta la finalización del servicio prestado. 25 de diciembre: Desde el inicio del servicio hasta las 17:00 horas. 31 de diciembre: Desde las 18:00 horas hasta la finalización del servicio prestado. 1 de enero: Desde el inicio del servicio hasta las 17:00 horas. 6 de enero: Desde el inicio del servicio hasta las 17:00 horas. Se asegurará un disfrute mínimo del 50% de los festivos en cómputo anual. Si durante el descanso que compensa a un festivo trabajado el trabajador/a estuviera en situación de incapacidad temporal, de mutuo acuerdo se le asignará otro día de descanso.
Domingos y festivos. Dos grúas por cada turno de mañana, tarde y noche. El número de plazas en servicio en sábados y festivos, podrá reducirse en un 50%, de acuerdo con la reducción de grúas, a excepción del mes xx Xxxxxx, cuya reducción de plazas en servicio podrá ser del 66% para todos los días del mes. En todo caso, se deberá garantizar durante las 24 horas de cada día, el acceso del ciudadano a la base en que esté depositado su vehículo, así como la gestión correspondiente para viabilizar su retirada del mismo. Estos servicios mínimos podrán ampliarse, en periodos semanales, a requerimiento de los servicios de Policía Local, mediante orden escrita que podrá ser cursada y tenida por notificada mediante FAX o correo electrónico, con la antelación suficiente, o mediante llamada telefónica, si la necesidad se produce, realizada por el jefe xx xxxxxxx de Policía Local en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos. Estos servicios mínimos nunca supondrán incumplimiento alguno de la cláusula de calidad. El Adjudicatario se compromete a cumplir una cláusula de calidad que se fija en un tiempo máximo de 30 minutos de respuesta, desde que se recibe la petición del servicio en la base de grúas hasta que se ha procedido a su enganche o sea resuelto el servicio, adecuando por lo tanto los recursos disponibles a los requerimientos de Policía Local en garantía de un servicio eficaz a la ciudad. Con objeto de garantizar la cláusula de calidad, la Policía Local o el Contratista podrán plantear la reordenación de los recursos que están a disposición del servicio o que, en virtud del Contrato, puedan exigirse por modificación de las circunstancias, tanto por hechos puntuales como habituales, por lo que, tras la sustanciación del procedimiento (audiencia y/o informe), se resolverá y notificará la solución adoptada con otorgamiento de plazo para su cumplimiento, cuya inobservancia dará lugar al inicio de procedimiento sancionador. En cuanto al resto de recursos humanos para atender con la diligencia debida el servicio, en todos los órdenes que le son exigibles, de conformidad con los pliegos técnicos y administrativos, deberá ser propuesto por el licitador y aceptarse por el Ayuntamiento. 4-2 El Adjudicatario en la gestión del servicio deberá: