ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO Cláusulas de Ejemplo

ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. 4.3.10. LAS GARANTÍAS QUE LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. Para la estimación de los riesgos en los estudios previos, las dependencias solicitantes realizarán las matrices de riesgos correspondientes, las cuales deben cumplir con los lineamientos establecidos por Colombia Compra Eficiente. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado determinará de manera previa las garantías que pedirá a sus contratistas de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Sección 3 del Decreto 1082 de 2015. En aquellos eventos donde no se exijan garantías, la dependencia interesada en la contratación deberá indicar las consideraciones que justifican la decisión adoptada. Se podrá asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, mediante cualquiera de los siguientes instrumentos: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) Patrimonio Autónomo (Fiducia) y (iii) Garantía Bancaria. A través de los mencionados instrumentos, los oferentes o contratistas que celebren contratos con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, garantizaran los siguientes eventos:
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. Para la estimación de los riesgos en los estudios previos, las dependencias solicitantes realizarán las matrices de riesgos correspondientes, las cuales deben cumplir con los lineamientos establecidos por Colombia Compra Eficiente y las políticas propias que Canal Capital acoja sobre este tema. La Coordinación Jurídica de conformidad con el análisis del riesgo y la forma de mitigarlo realizado por la dependencia determinará de manera previa las garantías que pedirá a sus contratistas de acuerdo con los lineamientos establecidos por el área solicitante de conformidad con el análisis de riesgos efectuado en los estudios previos. En aquellos eventos donde no se exijan garantías, la dependencia interesada en la contratación deberá indicar las consideraciones que justifican la decisión adoptada. Se podrá asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, mediante cualquiera de los siguientes instrumentos: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza, en estos casos, se deberá tener en cuenta el FORMATO PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (ii) Patrimonio Autónomo (Fiducia) y (iii) Garantía Bancaria. A través de los mencionados instrumentos, los oferentes o contratistas que celebren contratos con CANAL CAPITAL, garantizaran los siguientes eventos:
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. El riesgo es un evento que pueda generar efectos adversos y de distinta magnitud, en el logro de los objetivos del proceso de contratación o en la ejecución del contrato. La dependencia solicitante deberá evaluar los riesgos que el proceso de contratación representa de acuerdo con los manuales y guías expedido por Colombia Compra Eficiente. (Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación, visible en la Página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El análisis de riesgos previsibles se hará siempre para todas las modalidades de contratación (sin excepción alguna), teniendo en cuenta el valor y la naturaleza del contrato, justificando su existencia. Se prescindirá de este análisis para los contratos o convenios en los cuales no existan erogación alguna. Para hacer un adecuado análisis de riesgos es necesario que las entidades estatales examinen en el pasado qué tropiezos o dificultades han tenido en la ejecución de sus contratos, incluso la ejecución de contratos en el sector privado. En aquellos contratos que por su objeto contractual no se encuentren riesgos previsibles, deberá justificarse así en los estudios previos. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. Las garantías son el instrumento por medio del cual el proponente o el contratista amparan los perjuicios que le pueden generar a la entidad las acciones u omisiones en las que incurra o el incumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato. Las garantías pretenden entonces, reparar los daños provocados a la SUPERINTENDENCIA por conductas atribuibles al proponente o al contratista en todos los momentos de la contratación administrativa. Se debe proyectar, desde los estudios previos, el monto, vigencia y amparos o coberturas de las garantías, teniendo en cuenta el objeto, la naturaleza y las características de cada contrato, los riesgos tipificados y estimados que se deban cubrir según el respectivo análisis, y las reglas propias establecidas en la Ley. Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para respaldar la seriedad de la oferta y el cumplimiento de las obligaciones son las siguientes: i) Contrato de seguro contenido en una póliza; que puede ser otorgada en modalidad de coaseguro por dos o más Compañías Aseguradoras ii) Patrimonio Autónomo; y iii) Garantía Bancaria. Las garantías deben cubrir las contingencias que ocurran, respecto del cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de las Enti...
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. 47 11. GARANTÍAS A EXIGIR POR PARTE DE LA CORPORACIÓN 47 12. SUPERVISIÓN 47 13. OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR 48
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. 27 16. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 27 17. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 28 18. CLAUSULA DE INDEMNIDAD 28 19. DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD 28 20. TRATADOS DE LIBRE COMERCIO 28 De conformidad con lo normado en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 1082 de 2015, y conforme con el Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC, con posición de catálogo de gasto A-05-01-01-003-005 - otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre); A-05-01-01-003-006 - productos de caucho y plástico; A-05-01-01-003-008 - muebles; otros bienes transportables n.c.p; A-05-01-01-004-002 - productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo); A-05-01-01-004-006 - maquinaria y aparatos eléctricos. Se procede a realizar los siguientes estudios previos para “contratar el suministro de productos de aseo personal, misceláneos y productos de aseo general y limpieza, para la comercialización a la población privada de la libertad y el buen funcionamiento de los proyectos productivos expendio y panadería del establecimiento penitenciario de mediana seguridad y carcelario xx Xxxxxxxxx”.
ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO. El Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario xx Xxxxxxxxx - INPEC, identifica los siguientes riesgos asociados al Proceso de Contratación. Para lo cual se adjunta tabla de matriz de riesgo al final del estudio previo.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.