DEFENSA JURÍDICA Cláusulas de Ejemplo

DEFENSA JURÍDICA. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por Ia póliza, el Asegurador asumirá, a sus expensas, Ia dirección jurídica frente a Ia reclamación del perjudicado, designando los Letrados y procuradores que defenderán y representaran al Asegurado en las actuaciones judiciales que se Ie siguiesen en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aun cuando dichas reclamaciones fuesen infundadas. EI Asegurado deberá prestar Ia colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y Ia asistencia personal que fuesen necesarios, y a facilitar cuanta información y documentación se Ie requiera por el Asegurador. Sea cual fuese el fallo o resultado del procedimiento judicial, el Asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos Legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el Asegurador estima improcedente el recurso, lo comunicara al Asegurado, quedando este en Libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjera algún conflicto de intereses entre el Asegurado y el Asegurador, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a Ia defensa del Asegurado, el Asegurador Io pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para Ia defensa. En este caso, el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de Ia dirección jurídica por el Asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este ultimo caso, el Asegurador quedara obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica. Las cantidades que, en virtud de la presente cobertura, deba pagar el asegurado tendrán como Límite la suma asegurada para "responsabilidad civil profesional". La presente cobertura no será de aplicación cuando el importe de la reclamación que se formule contra el Tomador/Asegurado sea inferior al importe de Ia franquicia establecida en póliza.
DEFENSA JURÍDICA. Cuando en la carátula de la póliza se haga constar su contratación se otorgará la defensa jurídica del Asegurado o conductor, a través de los abogados que la Compañía designe, misma que se extiende a cubrir y a otorgar, con motivo de un accidente de tránsito causado con el vehículo amparado bajo esta póliza o robo del mismo, lo que a continuación se describe:
DEFENSA JURÍDICA. La defensa en juicio en caso de accidente de circulación. • Abogados a cargo de Mutua Madrileña: ilimitado. • Abogados de su elección y conflicto de interés: hasta 600€. • Fianzas penales: hasta 6.000€. • Mutua Madrileña se ocupa de su defensa. • Si opta por un abogado de su elección, comuníquelo a Mutua Madrileña. • Siempre deberá colaborar con nosotros y enviarnos la documentación y notificaciones que reciba.
DEFENSA JURÍDICA. Con MM Xxxxx tendrá la ayuda legal que necesite en las actividades de su vida privada. MM Xxxxx asume hasta el límite fijado en Condiciones Particulares: Los gastos judiciales incluidos los honorarios de abogados y procuradores. La constitución de fianzas penales y asistencia al detenido. El pago de las costas que correspondan. En los procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales únicamente en los siguientes supuestos: La reclamación de los daños causados en caso de robo de identidad del asegurado (Por ejemplo, obtención de claves en internet de forma ilegal). La defensa penal del asegurado, salvo comportamiento malintencionado, en caso de reclamaciones por la utilización de internet. La reclamación de los derechos del asegurado como consumidor en la compra de productos por internet.
DEFENSA JURÍDICA. 1. Condiciones comunes de aplicación a las modalidades de Defensa jurídica
DEFENSA JURÍDICA. Grupo de garantías en virtud de las cuales el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.
DEFENSA JURÍDICA. Finalmente, no olvide su obligación de colaborar en los procedimientos judiciales, que comprende el traslado y comunicación a Mutua Madrileña, a la mayor brevedad, de todas las notificaciones judiciales que reciba con respecto al siniestro. Además de las “Exclusiones Generales de su Seguro” quedan excluidos: • Mutua Xxxxxxxxx asumirá la dirección jurídica y designará para ello un letrado y, si fuera necesario, un procurador. • En los procesos penales, el asegurado podrá designar libremente a dichos profesionales y Mutua Xxxxxxxxx asumirá sus honorarios hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares. • Si opta por un abogado o procurador de su libre elección, deberá comunicarlo a Mutua Madrileña por escrito, indicando el nombre de los profesionales elegidos y siempre antes del inicio de su intervención. Coberturas Coberturas 29 Los gastos que se produzcan en la reclamación frente a los responsables del accidente de circulación del vehículo asegurado hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares, por los siguientes conceptos:
DEFENSA JURÍDICA. 6.5. Fianzas en procedimientos penales.
DEFENSA JURÍDICA. En caso que el asegurado fuere detenido por la eventual responsabilidad civil o penal que le puede corresponder en un accidente de tránsito en que haya participado el vehículo asegurado, la compañía asumirá los gastos que se requieran para la correspondiente defensa jurídica hasta obtener la libertad definitiva o provisional. El límite máximo de esta prestación, por asegurado y por viaje será el indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. Esta cobertura sólo opera cuando el accidente haya ocurrido a una distancia superior a la que se estipula en las Condiciones Particulares en relación al domicilio del asegurado registrado en la póliza. La compañía constituirá por cuenta del asegurado la fianza que los Tribunales exijan para garantizar su libertad provisional, en el procedimiento penal respectivo seguido por un accidente de circulación en el que el asegurado fuera conductor. La cantidad máxima que la compañía adelantará por este concepto, por asegurado y por viaje será la indicada en las Condiciones Particulares de la póliza. Cuando la fianza quede sin efecto su monto deberá ser restituido a la compañía.
DEFENSA JURÍDICA. Gestión xxx xxxx de defensa jurídica