ACTIVIDADES DE SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Se consideran actividades de servicio todas las tareas, labores o trabajos ejecutados por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien los contrata, que genere contraprestación en dinero o en especie y que se concreten en la obligación de hacer sin, importar que en ellos predomine el factor material o intelectual.
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Son todas las tareas, labores o trabajos dedicados a satisfacer necesidades de la comunidad, ejecutadas por persona natural o jurídica, por sociedad de hecho o por cualquier otro sujeto pasivo sin que medie relación laboral con quien lo contrata, que genere una contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en la obligación de hacer, sin importar que en ella predomine el factor material o intelectual, mediante la realización de una o varias de las siguientes actividades: expendio de bebidas y comidas, servicio de restaurante, cafés, hoteles, casas de huéspedes, moteles, amoblados, transportes y aparcaderos y formas de intermediación comercial, tales como: el corretaje, la comisión, los mandatos y la compraventa y administración de inmuebles; el servicio de publicidad, interventoría, construcción y urbanización; radio y televisión, clubes sociales, sitios de recreación, salones de belleza, peluquerías, servicios de portería y vigilancia, servicios funerarios, talleres de reparaciones eléctricas, mecánicas, automoviliarias y afines; lavado y limpieza, casas de cambio de moneda nacional o extranjera, salas de cines y arrendamiento de películas y de todo tipo de reproducciones que contengan audio y vídeo; casas de empeño o compraventa, los servicios profesionales prestados a través de sociedades regulares o de hecho, servicios públicos básicos, servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones, computación y demás actividades de servicios análogas. Las demás contempladas dentro del CIIU (Clasificación Industrial Internacional uniforme).
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Se considera como actividad de servicio, incluida la actividad financiera, toda tarea, labor o trabajo ejecutado por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sucesiones ilíquidas y demás sujetos pasivos, sin que medie relación laboral con quien lo contrata, que genere una contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en la obligación de hacer, sin importar que en ellos predomine el factor material o intelectual, mediante la realización de una o varias de las siguientes actividades: Expendio de bebidas y comidas, servicio de restaurante, cafés, hoteles, casas de huéspedes, moteles, amoblados, transporte, aparcaderos, formas de intermediación comercial, tales como el corretaje, la comisión, los mandatos y la compraventa y administración de inmuebles, administración de propiedad horizontal, instalación de comunicaciones telefónicas, energía eléctrica, televisión por cable, satelital, Internet, exploraciones sísmicas, minerales o de cualquier índole, servicios de publicidad, interventoría, construcción y urbanización, radio y televisión, clubes sociales, sitios de recreación, decoración, salones de belleza, peluquería, spa, centros de estética, masajes, depilación, cuidados de mascotas, seguridad y vigilancia, vacunación, fumigación n, portería, servicios funerarios, servicios de salud y odontología diferentes de los prestados con motivo del POS, estética dental, talleres de reparaciones eléctricas, mecánicas, automotoras y afines, lavado, limpieza y teñido, costura, salas de cine y arrendamiento de películas y de todo tipo de reproducciones que contenga (sic) audio y video, servicios temporales de empleados (servicios de mano de obra), servicios de recreación y turismo, servicio de internet o juegos de videos o cualquier forma de entretención en que se interactúe con un sistema de imagen o sonido, cualquier acción destinada a permitir el desarrollo de actividades deportivas o lúdicas, gimnasios, billares, salones de ajedrez, cartas, actualización catastral, avalúos de bienes muebles, inmuebles e intangibles, servicios de asesoría técnica, auditoría, servicios de consultoría profesional prestados a través de sociedades regulares o de hecho y personas naturales, almacenamiento, educación, clases, enseñanza, instrucción en alguna profesión oficio o actividad, alumbrado público, abono, arado de terrenos, recolección de productos, cuando sean prestados por personas diferentes del productor, notariales, cobro de cartera, delegación o concesió...
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad en general o de las personas en particular. Se consideran dentro de las actividades de servicios, las no previstas en los artículos anteriores como actividades industriales y/o comerciales, mediante la realización de una o varias de las siguientes o análogas actividades:
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. 8011 300-01 Educación preescolar 2.0 8012 300-01 Educación básica primaria 2.0 8021 300-01 Educación básica secundaria 2.0 8022 300-01 Educación media 2.0 8030 300-01 Servicio de educación laboral especial (centros de capacitación y escuelas técnicas) 2.0 8041 300-01 Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar y básica primaria. 2.0 8042 300-01 Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar, y básica (básica primaria y básica secundaria). 2.0 8043 300-01 Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar, básica y media. 2.0 8044 300-01 Establecimientos que prestan el servicio de educación básica. (básica primaria y secundaria) 2.0 8045 300-01 Establecimientos que prestan el servicio de educación básica secundaria y media 2.0 8050 300-01 Educación superior 2.0 80600 300-01 Educación no formal (excepto programas de educación básica primaria, básica secundaria y media no gradual con fines de validación). 2.0 80602 300-01 Educación no formal impartida mediante programas de educación básica primaria y básica secundaria y media no gradual con fines de validación 2.0 6021 300-02 Transporte urbano colectivo regular de pasajeros 2.0 6022 300-02 Transporte intermunicipal colectivo regular de pasajeros 2.0 6721 300-03 Actividades auxiliares de los seguros (como los agentes independientes, agencias de seguros y corredores de consultoría) 2.0 6722 300-03 Actividades auxiliares de los fondos de pensiones y cesantías. 2.0 7210 301-01 Consultores en equipo de informática 3.5 7220 301-01 Consultores en programas de informática y suministro de programas de informática 3.5 73101 301-01 Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería, como consultoría profesional 3.5 73201 301-01 Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades, como consultoría profesional 3.5 74111 301-01 Actividades jurídicas, como consultoría profesional 3.5 74121 301-01 Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos como consultoría profesional 3.5 74131 301-01 Investigación de mercados y realización de encuestas de opinión pública, como consultoría profesional. 3.5 74141 301-01 Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, como consultoría profesional. 3.5 74211 301-01 Actividades de arquitectura y de ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico, como consultoría profesional....
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad mediante la realización de una o varias de las siguientes o análogas actividades: PARÁGRAFO 1º: El simple ejercicio de las profesiones liberales y artesanales no estará sujeta a este impuesto, siempre que no involucre almacén, talleres u oficinas de negocios comerciales. PARÁGRAFO 2º: Para efectos de gravamen de Industria y Comercio y Avisos y tableros se define la actividad de profesiones liberales: como aquellas reguladas por el Estado, ejercidas por una persona natural mediante la obtención de un titulo académico de institución docente autorizada, con la intervención de un conjunto de conocimientos de dominio y ciertas habilidades, en cuyo ejercicio predomina el entendimiento y requiere del intelecto. Se excluye de la anterior definición las sociedades jurídicas o de hecho que emplean más de cinco (5) personas simultáneamente en cualquier momento durante el año gravable, ya que estas sociedades ejercen consultoría profesional. PARÁGRAFO 3º: Se entiende que una actividad de servicios se realiza en el municipio de Pitalito, cuando la prestación del mismo se inicia o cumple en la jurisdic- ción municipal. PARÁGRAFO 4º: Los sectores de educación, salud, ciencia y tecnología no se gravarán.
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Es actividad de servicio, toda tarea, labor o trabajo ejecutado por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien lo contrata, que genere una contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en la obligación de hacer, sin importar que en ella predomine el factor material o intelectual. Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad mediante la realización de una o varias de las siguientes o análogas actividades: La Ley 142 de 1994 la cual define la telefonía básica conmutada como un servicio público domiciliario, así como el servicio de telecomunicaciones, entre ellos, telefonía fija pública básica conmutada y los complementarios a estos como telefonía móvil rural y el servicio de larga distancia nacional e internacional, se encuentran gravados con el impuesto de industria y comercio. Las empresas de servicios públicos domiciliarios de telefonía básica conmutada son sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio por cuanto realizan actividades de servicio en los términos del Decreto 1333 de 1986 y lo contemplado en el presente Acuerdo, declararán y pagaran el impuesto de industria y comercio sobre el promedio de los ingresos percibidos por la remuneración del servicio al usuario final, teniendo en cuanta el domicilio de este, así como las celdas de las antenas instaladas en la jurisdicción municipal, siendo el mismo donde efectivamente se presta el servicio, Concepto (DAF) 043523-03 DE 2003. En estos casos se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Transporte; publicación de revistas, libros y periódicos. 301 4 Presentación de películas en salas de cine y video, programación de televisión y radiodifusión. 302 6 Consultoría profesional; servicios prestados por contratistas de la construcción, constructores y urbanizadores, asesorías e interventorías; servicios de escombreras. 303 5 Servicio xx xxxxx de empeño; Servicios de vigilancia; Servicios de recaudo de Peajes prestados a las Concesiones Viales; Servicios de Telecomunicaciones, Telefonía domiciliaría y celular; Servicios de hotel, motel, hospedaje, amoblado y similares. Televisión por cable y servicios públicos domiciliarios, bares, griles, discotecas y similares. 304 10 Actividades de servicios de restaurante, cafetería, colegios, centros institucionales de educación. 305 6 Demás actividades de servicios no discriminadas anteriormente. 399 10 Corporaciones de ahorro y vivienda. 401 5 Demás actividades financieras no discriminadas anteriormente. 499 10 PARÁGRAFO. – No están gravadas con el impuesto de industria y comercio, las actividades realizadas por personas naturales relacionadas con la prestación de servicios de profesiones liberales.‖
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad mediante la realización de una o varias de las siguientes o análogas actividades: expendio de bebidas y comidas; servicio de restaurante, cafés, hoteles, hostales, casas de huéspedes, moteles, amoblados, transporte y aparcaderos, formas de intermediación comercial, tales como el corretaje, la comisión, los mandatos y la compra - venta y administración de inmuebles; servicios de publicidad, interventoría, construcción y urbanización, radio y televisión, clubes sociales, sitios de recreación, salones de belleza, servicios de estéticas, peluquerías, servicio de acondicionamiento físico, servicio de portería y vigilancia, servicios funerarios, talleres de reparaciones eléctricas, mecánica, automoviliarias, motos y afines, lavado, limpieza y teñido, casa de cambio de moneda nacional o extranjera, salas de cine y arrendamiento de películas y de todo tipo de reproducciones que contengan audio y vídeo, casa de empeño o compraventa, los servicios de consultoría profesional prestados a través de sociedades regulares o de hecho, consorcios, uniones temporales, servicio de educación privada, servicios públicos básicos, servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones, servicios de transmisión de datos a través de redes, computación, notariales, servicios prestados por curadores urbanos, y las demás en los términos y condiciones a que se refiere el Artículo 24 de la Ley 142 de 1994 y Artículo 51 de la Ley 383 de 1997. XXXXX 0 Xx. 0X -00 Xxxxxxx Xxxxxxxxx Manaure Teléfono: 0000000 xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad mediante la realización de una o varias de las siguientes o análogas actividades: PARÁGRAFO 1: Se entiende que una actividad de servicios se realice en el municipio xx Xxxxxx Cundinamarca cuando la prestación del mismo se inicia o cumple en la jurisdicción Municipal.