ABONO DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

ABONO DE LOS TRABAJOS. El contratista tendrá derecho al abono del precio de los servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por la SMASSA con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. El pago del precio se efectuará, entregado y recepcionado su objeto, en orden a la oferta presentada por el adjudicatario. El contratista deberá presentar mensualmente la factura ante el Registro General de Documentación de la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios, S.A., sito en Plaza Xxxxx El Rico 2-3, en tiempo y forma y en el plazo de 30 días desde la entrega de los productos, debiéndose indicar en ella el contrato al que corresponde así como el número de cuenta corriente en la que desee que se le transfiera dicha cantidad. Dicha factura, una vez aprobada, será abonada, mediante cualquier medio de pago aceptado, en un plazo de 30 días desde la fecha de aprobación de la misma. Para ser aceptada la tramitación de las facturas presentadas, será necesario Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. que: .- el CONTRATISTA presente , con cada una de las facturas, el certificado específico regulado en el artículo 43.1.f de la Ley 58/2003, General Tributaria, acreditativo de que el CONTRATISTA se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, certificado de estar al corriente de sus obligaciones con respecto a la Seguridad Social, informe de trabajadores en Alta y TC2 y recibo de liquidación de cotización ( antiguo TC1) del período anterior, así como documento acreditativo del pago de salarios a sus trabajadores. .- La garantía definitiva deberá estar cubierta al 100% Nº. Rgtro. Entidades locales 01290672 – C.I.F. A-29178902 – Registro Mercantil de Málaga, Inscripción 1ª., Hoja 6.133-A, Folio 1, Tomo 805, Sección 3ª. Del mismo modo, el contratista autorizará a la SMASSA, de forma previa a la firma del contrato, para el acceso al Sistema Red de la Seguridad Social, al objeto de realizar la comprobación de estar al corriente con sus obligaciones así como el alta de los trabajadores. Dicha autorización estará vigente durante el plazo de ejecución de la obra o servicio realizado. La demora en el pago por plazo superior a 30 días devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en ...
ABONO DE LOS TRABAJOS. El contratista tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en contrato. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.
ABONO DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio- convenido, de los trabajos realmente efectuados, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso. Dentro del mes siguiente de haber sido realizados los trabajos, se presentará la factura (por duplicado ejemplar, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido) al Responsable del servicio para que de su conformidad, quien la trasladará a contabilidad, para que la tramite. La retribución se materializará en el plazo de treinta 30 días desde la fecha de facturación. En caso que la factura no sea conforme se le devolverá al adjudicatario, quien deberá modificarla para ajustarla a lo convenido y volverla a presentar, iniciándose de nuevo el cómputo del plazo referido.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Para la gestión del servicio público de inmovilización, retirada y depósito de vehículos, el abono de los trabajos se realizará mediante facturas mensuales conformadas por el responsable de la Policía Local y aprobadas por la Corporación. Si la gestión la hace el adjudicatario, deberá autoliquidarse antes de realizar el pago. Para la gestión del servicio público de estacionamiento limitado y controlado de vehículos en la vía pública bajo control horario, el adjudicatario abonará, en la Depositaría Municipal, por trimestres vencidos dentro de los 10 días primeros de cada trimestre natural, el canon ofertado.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Tal y como se indicó en el apartado 5.- Presupuesto de licitación, el presupuesto anual de licitación asciende a la cantidad de 425.943,84 € (IVA excluido) dentro del cual debemos establecer dos partidas presupuestarias diferentes las cuales se abonarán de forma distinta y sobre las que habrá que aplicar la baja económica propuesta por el licitador en su Oferta económica.  Mantenimientos conductivo-preventivo-predictivo-correctivo-normativo: 304.563,84€ (IVA excluido) El abono de esta partida, será un fijo mensual resultante de aplicar la baja propuesta por el Adjudicatario (correspondiente a todos los conceptos citados en este Pliego, y que incluye mano de obra, maquinaria móvil, medios técnicos, útiles, herramientas, materiales, instalaciones, almacén, y toda la estructura que considere necesaria poner a disposición del Contrato por parte del Adjudicatario para su correcta ejecución. En caso de incumplimiento por parte del Contratista de los servicios mínimos exigidos en este Pliego para todos los conceptos anteriormente citados o respecto a los incluidos en la Propuesta técnica del licitador, SFM se reserva el derecho a sancionar económicamente al Adjudicatario de acuerdo a las penalizaciones indicas en este Pliego.  Presupuesto mantenimiento modificativo: 121.380,00 € (IVA excluido) El abono de esta partida se efectuará dentro del mes siguiente a la actuación y se ajustará al presupuesto aceptado por SFM para la actuación propuesta por el licitador de acuerdo a la valoración de los trabajos presentada por el mismo. Esta partida es una bolsa económica para acometer aquellos trabajos correspondientes a mantenimiento modificativo, pero en ningún caso suponen una cantidad anual a consumir obligatoriamente, se valorará y aceptará únicamente en función de las necesidades de SFM. SFM se reserva el derecho de poder encargar este tipo de reparación a otro Contratista, y en todo caso a cargo del presupuesto anual habilitado en el Contrato para la realización de presupuestos modificativos. En ningún caso se abonarán los trabajos realizados por el Adjudicatario fuera del plazo ordenado por el Director facultativo. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma. Se facturará a mes vencido. Tan sólo se abonarán los trabajos efectivamente realizados previa conformidad del Director del Contrato La forma de pago que se establece...
ABONO DE LOS TRABAJOS. 14.1. La valoración de los trabajos se ajustará a los artículos 200 y 201 de la LCSP y al sistema de determinación de precios establecido en la cláusula 2.1 del presente pliego.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Medición y expedición de la certificación de obra.
ABONO DE LOS TRABAJOS. El precio del contrato se abonará por el Ayuntamiento por mensualidades vencidas, y contra factura presentada por el adjudicatario, previo reconocimiento de la obligación por parte del órgano competente y tras los trámites previos de fiscalización e intervención del gasto conforme a las normas de aplicación.
ABONO DE LOS TRABAJOS. VIII.1. El abono de los trabajos se realizará mensualmente, debiendo presentarse previamente la factura correspondiente expedida por la empresa adjudicataria.
ABONO DE LOS TRABAJOS. El abono del precio del contrato se realizará en dos pagos anuales correspondientes al 50% de cada una de las partes de la temporada deportiva correspondiente: el primero con fecha 31 de diciembre y el segundo con fecha 30 xx xxxxx Todo ello, previa conformidad del responsable de la unidad gestora del contrato, mediante transferencia bancaria tras la presentación por el contratista de factura electrónica a la que acompañará una memoria detallada de las actividades realizadas, debiendo emitirse la citada factura de conformidad con las disposiciones vigentes: numeración seriada, fecha de expedición, descripción de los trabajos realizados, NIF del expedidor y destinatario y el IVA repercutido. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación. En el caso de que el patrocinio no se llevará a cabo del modo previsto en las prescripciones técnicas, el precio se reducirá proporcionalmente al patrocinio efectivamente efectuado. En caso de no realizarse ningún patrocinio, el patrocinado no tendrá derecho a contraprestación económica alguna.