RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del presente concurso, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente informe, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio de Tráfico y Transportes como responsable del contrato. El Servicio de Tráfico y Transportes realizará la inspección facultativa del servicio, ejerciendo las labores de Dirección Técnica. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS EN RELACIÓN CON LA LICITACIÓN SERVICIO DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL Y VERTICAL EN EL TÉRMINO MUNICIPAL XX XXXXXX La dirección técnica podrá hacer todas las indicaciones que estime conveniente para el buen desarrollo del servicio objeto de este contrato, debiendo emitirlas por escrito, en función de su importancia y, en todo caso, cuando el adjudicatario así lo demande. Se procederá a la imposición de sanciones en los casos de incumplimiento de las obligaciones de conformidad con lo establecido en el presente Pliego, así como en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del Jefe de Servicio, previa tramitación del reglamentario expediente y con audiencia del contratista, podrá imponer multas desde 120 € hasta 1.500 €, en base a las penalidades señaladas por la Jefatura del Servicio Municipal, las cuales a continuación se especifican Concepto Importe € Por cada día de demora, hasta 7, en el plazo de realización de los trabajos encargados hasta 120 Por no efectuar el trabajo Adecuadamente hasta 240 CLASIFICACIÓN XX XXXXXX Y SANCIONES FALTAS LEVES: Concepto Importe € Por cada día que supere los 7, hasta 15, sobre el plazo de ejecución. hasta 360 Por no adoptar las medidas de seguridad reglamentarias o no haber obtenido los permisos oportunos. hasta 600 Por incumplimiento de órdenes municipales en relación al objeto del contrato hasta 900 Concepto Importe € Por cada día que sobrepase los 15 días sobre el plazo de ejecución normal o por cada día sobre el de urgente realización hasta 1.200 Por incumplimiento reiterado de órdenes municipales en relación al objeto del contrato Hasta 1.500 Por incumplimiento de cualquiera de las condiciones contractuales esenciales del presente contrato Hasta 10.000 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS EN RELACIÓN CON LA LICITACIÓN SERVICIO DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL Y VERTICAL EN E...
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Se considerarán infracciones administrativas, los actos u omisiones que contravengan las disposiciones legales que regulan la actividad a que los presentes pliegos se refieren, así como el incumplimiento de las prescripciones que en los mismos se contienen.
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Faltas muy graves Faltas graves. Faltas leves.
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Las obligaciones de las entidades aseguradoras comprendidas en esta Ley tienen la consideración de normas de ordenación y supervisión de los seguros privados. Su incumplimiento constituirá infracción administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. El régimen de infracciones y sanciones aplicable al presente contrato será el regulado en el artículo 10 del Reglamento de Régimen Interno del Vivero de Empresas para mujeres del Ayuntamiento de Las Xxxxxx xx Xxxxxxxx.
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. TÍTULO VII ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Faltas muy graves Faltas graves
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. El régimen sancionador en la materia regulada en la presente orden será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviem- bre, General de Subvenciones. 0.7 RAÓ SOCIAL CIF / NIF TELÈFON DOMICILI (CARRER, PLAÇA, NÚMERO i PORTA) MUNICIPI CP PROVÍNCIA TIPUS D'ACTIVITAT B DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT C ADREÇA DE L'OFICINA DE LA XARXA COGNOMS DOMICILI (XXXXXX, XXXXX, XXX. I PORTA) NOM LOCALITAT CP CIF / NIF EN QUALITAT DE PROVÍNCIA TELÈFON/FAX ADREÇA CORREU ELECTRÒNIC ADREÇA CORREU ELECTRÒNIC . DESPESES DE PERSONAL DESPESES DE LOCAL DESPESES DE MATERIAL DIVULGATIU ALTRES DESPESES CORRENTS TOTAL PRESSUPOST E DOCUMENTACIÓ APORTADA (Còpia compulsada) CIF de l'entitat sol·licitant Escriptura de constitució i estatuts fundacionals amb les successives modificacions, si és procedent, acompanyada del certificat del Rregistre d'associacions de la Generalitat Valenciana, en el supòsit d'entitats privades sense ànim de lucre Documentació acreditativa del representant legal de l'entitat sol·licitant DNI o passaport del representant legal de l'entitat Certificat de l'òrgan competent pel qual s'acorda sol·licitar les presents ajudes i facultar el representant per a efectuar la sol·licitud Certificat de l'interventor o secretari interventor o òrgan competent que acredite l'existència de crèdit o compromís d'habilitar-lo assumit per l'òrgan competent, si hi ha compromís de contribuir al finançament
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Sin perjuicio de lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas, tendrán consideración xx xxxxxx: • Los incumplimientos de las obligaciones que se derivan del contenido de este pliego. • La prestación de servicios de forma impuntual, parcial o deficiente. • La descortesía, maltrato y molestias que la persona pueda causar a terceros con motivo de la prestación del Servicio. El adjudicatario será el único responsable de las faltas cometidas y de los posibles daños a terceros que de ellas se deriven, así como de los daños que cometan los operarios o los medios empleados en el ejercicio de sus funciones.
RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. 1.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa podrá imponer a la adjudicataria penalidades por la comisión, en el cumplimiento de sus obligaciones, de incumplimientos leves o graves, previo expediente contradictorio y con cumplimiento de la normativa vigente en materia sancionatoria.