PLAZO DE DURACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE DURACIÓN. El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado H del Cuadro-resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
PLAZO DE DURACIÓN. El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado H del cuadro - resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. El plazo de las entregas sucesivas y el lugar de recepción de los bienes objeto del contrato, son los que se fijan en los apartados N y O del cuadro – resumen o los que resulten de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. El plazo de entrega se computará desde que se remita al contratista el correspondiente formulario de suministro de material.
PLAZO DE DURACIÓN. El contrato tendrá un plazo máximo de duración de 12 meses, a partir de la comunicación por parte de la Sociedad del inicio del proyecto. La puesta en marcha de los trabajos, que incluye la incorporación del personal, deberá realizarse por el adjudicatario en un periodo no superior a 7 días laborables a partir de la fecha en que la Sociedad comunique la adjudicación del contrato. El adjudicatario se obliga a cumplir los plazos e hitos referidos en el presente Xxxxxx. El cumplimiento de estos plazos tiene carácter esencial. Todos los plazos establecidos en los pliegos del presente procedimiento, salvo que se indique que son laborables, se entenderán referidos a días naturales. El cumplimiento de estos plazos tiene carácter esencial, no obstante, dicho plazo podrá extenderse si se registran retrasos que sean justificados a juicio de la Sociedad. El presupuesto máximo del contrato para el máximo 12 meses es de CIENTO SETENTA Y DOS MIL EUROS (172.000 €), IVA excluido La distribución presupuestaria es la siguiente: • Un máximo de 166.000 €, IVA excluido, destinados a servicios de asistencia técnica. • Un máximo de 6.000 €, IVA excluido, destinados a gastos de viaje y asistencia a eventos. El adjudicatario deberá realizar su oferta económica sobre el presupuesto máximo del contrato para el periodo máximo de 12 meses. Las ofertas que superen dicho importe total no serán tenidas en cuenta en el correspondiente procedimiento de adjudicación. Para la determinación de la oferta económica se exigirá la designación del precio total y de los precios unitarios por recurso referidos a 220 jornadas anuales. Dichos precios unitarios serán los que determinarán la facturación mensual por el número de jornadas efectivamente realizadas. El presupuesto máximo destinado a viajes y asistencia a eventos se mantendrá fijo en la oferta económica, conforme a los importes máximos indicados en el presente punto, sin perjuicio de que solo serán facturables los gastos debidamente justificados y aprobados por INTECO. El precio de referencia para la ponderación y valoración de las ofertas económicas de los licitadores será el precio total de la oferta para el periodo máximo de 12 meses. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, no admitiéndose variante alguna. Quedan incluidos dentro del presupuesto máximo, y por tanto el licitador lo debe incluir tanto en la oferta total como en la repercusión de los precios unitarios: • Los gastos relacionados con los desplazamientos (medi...
PLAZO DE DURACIÓN. La duración inicial del contrato de arrendamiento será de 5 años, cuyo cómputo se iniciará desde la fecha de la firma del contrato. Durante los cinco primeros años de vigencia del contrato del arrendamiento, el adjudicatario podrá ejercer, en cualquier momento, derecho de opción a compra sobre los locales arrendados. Transcurrido dicho plazo, el arrendatario deberá notificar de forma fehaciente al arrendador su voluntad de renovar el citado contrato por plazos anuales hasta un máximo de cinco años más, siendo facultad potestativa del arrendador la aceptación de esas prórrogas anuales y la concesión de un nuevo derecho de opción a compra sobre el local arrendado. Para la concesión de las prórrogas el/la adjudicatario/a vendrá obligado/a a presentar la solicitud de prórroga en el plazo de dos meses anteriores al vencimiento. En caso de renuncia unilateral del arrendatario durante el plazo de duración del contrato de arrendamiento, será necesaria la previa notificación fehaciente a PROCASA con dos meses de antelación, incautando la fianza PROCASA en concepto de daños y perjuicios en caso de falta de preaviso fehaciente en dicho plazo. El/la adjudicatario/a, no tendrá derecho a percibir indemnización por ningún concepto cuando finalice el contrato de arrendamiento, sea cual sea la duración de éste. Asimismo, el arrendatario se obliga a renunciar expresamente a la indemnización establecida en el artículo 34 de la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos. Por consiguiente, el ejercicio por el arrendatario en el local objeto de arriendo de una actividad al público durante los cinco años, o más, anteriores al de extinción del arriendo, en ningún caso dará derecho al arrendatario a indemnización alguna a cargo del arrendador.
PLAZO DE DURACIÓN. La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la última Fecha de Pago de Servicios que corresponda según el artículo 4.2, sin perjuicio de su continuación por las tareas de liquidación. Sin perjuicio de ello el plazo de duración máxima del presente Fideicomiso será de cinco (5) años, salvo prórroga expresa que se acuerde entre el Fiduciario y los Beneficiarios, aunque en ningún caso excederá el plazo establecido en el inciso c) del artículo 4 de la ley 24.441
PLAZO DE DURACIÓN. El plazo de duración del presente contrato será de 2 años, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato. Dicho plazo podrá ser objeto de prórroga expresa, bajo sus mismas cláusulas, anualmente, por mutuo acuerdo de las partes, por 2 años más. En todo caso, la duración total del contrato, incluidas sus prórrogas, no podrá ser superior a 4 años.
PLAZO DE DURACIÓN. El presente Contrato tendrá un plazo de duración indefinido. Sin embargo, LAS PARTES dejan constancia que cualquiera de ellas podrá ponerle fin en cualquier momento, mediante comunicación escrita dirigida a la otra Parte, remitida con treinta (30) días calendario de anticipación, en cuyo caso, LAS PARTES quedan obligadas a cumplir íntegramente las obligaciones que hayan asumido durante la vigencia del presente Contrato de Intermediación. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el artículo 1430 del Código Civil, el presente Contrato se resolverá de pleno derecho en cualquiera de los siguientes casos:
PLAZO DE DURACIÓN. El plazo de duración del contrato será de dos (2) años a partir del día siguiente a la firma del contrato, pudiendo prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de cuatro años más, mediando notificación fehaciente por parte de CICC al contratista al respecto, con una antelación mínima de dos meses previos a la finalización del contrato en curso, y quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
PLAZO DE DURACIÓN. El plazo pactado de duración del presente contrato de arrendamiento es de un año, a contar desde la fecha de este otorgamiento, es decir, desde el día………. de…………………………... de……….., por lo que concluirá llegado el día………. de…………………………... de………... En todo caso, el arrendatario está facultado para prorrogar el contrato hasta un plazo máximo de cinco años. Dicha prórroga no tendrá lugar si el arrendatario así lo notifica por escrito al arrendador con, al menos, treinta días de antelación al plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas legales.
PLAZO DE DURACIÓN. El plazo de duración del presente contrato será de cuatro (4) meses adicionales al plazo de ejecución establecido en la Cláusula Novena. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: