LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN Cláusulas de Ejemplo

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, México, y renuncian de manera irrevocable a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. NINTH. Applicable Law and Jurisdiction. For the interpretation, performance and enforcement of this Agreement, the Parties hereby irrevocably submit to the jurisdiction of the competent courts of Mexico City, Mexico, and hereby irrevocably waive any other jurisdiction that may apply to them for reason of their present or future domicile or for any other reason.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. La Ley de Obligaciones Negociables resultará aplicable con relación a los requisitos formales necesarios para que las Obligaciones Negociables califiquen como tales. Por su parte, la Ley General de Sociedades, la Ley de Mercado de Capitales y las Normas de la CNV resultarán de aplicación con relación a la capacidad del Emisor para emitir y colocar las Obligaciones Negociables, a ciertas cuestiones relativas a la celebración de las asambleas de tenedores y a la autorización para la oferta pública de las Obligaciones Negociables otorgada por la CNV. Todos los restantes términos y condiciones de una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables podrán regirse por las leyes de Argentina, del Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte o por la ley de cualquier otra jurisdicción, según lo determine el Emisor y se especifique en el Suplemento de Prospecto correspondiente y en cada contrato de fideicomiso (Indenture) que se celebre, en caso de corresponder. Toda controversia que se suscite entre la Compañía y los tenedores en relación se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal Arbitral de la BCBA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por ByMA a la BCBA, en materia de constitución de tribunales arbitrales, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la CNV. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores podrán someter sus controversias en relación con la Obligaciones Negociables a la jurisdicción no exclusiva del Tribunal Arbitral de la BCBA o el que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales o bien a la de los tribunales judiciales en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción exclusiva del tenedor en cuestión. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial. Asimismo, en el caso de colocaciones internacionales, la Sociedad podrá someterse a la jurisdicción de tribunales extranjeros con sede en la Ciudad de Nueva York, Londres o en cualquier otra plaza internacional donde se destine la colocación.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. La ley aplicable será la de la República Argentina. Ante eventuales controversias que pudieren suscitarse entre el Adjudicatario y la Empresa, ya sea en relación al presente Pliego como al eventual contrato que pudiera firmarse en caso de resultar seleccionado como proveedor, ambos acuerdan que intentarán resolverlas de buena fe y a través de negociaciones amigables en un plazo de treinta (30) días corridos desde la notificación de una controversia de una parte a la otra. De no llegar a un acuerdo en ese plazo, quedará expedita la vía judicial. El Adjudicatario y la Empresa se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la decisión de cualquier cuestión que pudiera suscitarse, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Los términos y condiciones aplicables a este Contrato se regirán por la legislación española. En caso de controversias entre las Partes, estas acuerdan expresamente someterse, a los Juzgados y Tribunales de Barcelona, lugar de cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato y domicilio social de la Entidad. Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente Contrato, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento. Firma: El Cliente acuerdo con la misma y salvo que tales modificaciones sean exigibles por Ley, dispondrá de un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha de entrada en vigor de la modificación del La Entidad Contrato, dentro del cual podrá dar por modificado o resolver el Contrato mediante notificación escrita fehaciente dirigida a la Entidad. El transcurso de dicho plazo sin que el Cliente haya manifestado su DENOMINACIÓN SOCIAL Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DIRECCIÓN (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL EMAIL TELÉFONO POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL OBJETO SOCIAL/ ACTIVIDAD LUGAR CONSITUCIÓN FECHA CONSTITUCIÓN SECTOR INGRESOS ANUALES ORIGEN DEL PATRIMONIO NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD EMAIL TELÉFONO DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL % PARTICIPACIÓN PRP SITUACIÓN LABORAL PROFESIÓN NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD EMAIL TELÉFONO DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL % PARTICIPACIÓN PRP SITUACIÓN LABORAL PROFESIÓN NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD EMAIL TELÉFONO DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL % PARTICIPACIÓN PRP SITUACIÓN LABORAL PROFESIÓN NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD EMAIL TELÉFONO DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL % PARTICIPACIÓN PRP SITUACIÓN LABORAL PROFESIÓN NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD PAÍS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD EMAIL TELÉFONO DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL % PARTICIPACIÓN PRP SITUACIÓN LABORAL PROFESIÓN NOMBRE Y APELLIDOS Nº DOCUMENTO IDENTIDAD FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD PAÍS DE RESIDENCIA DIRECCIÓN DE RESIDENCIA (CALLE, Nº, PISO) POBLACIÓN CÓDIGO POSTAL EMAIL TELÉFONO % PARTICIPACIÓN PROFESIÓN SITUACIÓN LABORAL SECTOR CARGO PRP INGRESOS ANUALES ACTIVOS TOTALES SÍ NO <30.001  <20.001  Los productos complejos se corresponden con mis ob...
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El presente contrato se regirá por las normas de Derecho Común español, con expresa renuncia a cualquier norma de Derecho xxxxx o especial. Para la resolución de cualquier divergencia que pudiera surgir de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, las Partes acuerdan someterse a los juzgados y tribunales del domicilio del CLIENTE. Y en prueba de conformidad, las Partes suscriben el presente contrato, por duplicado, en Madrid a XX de XXXX de 202X. EL CLIENTE QUADRIGA ASSET MANAGERS SGIIC, S.A. Fdo.: XXXXX Fdo.: XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX En cumplimiento de la normativa vigente el Folleto recoge las tarifas máximas que QUADRIGA ASSET MANAGERS SGIIC, S.A. podrá aplicar a sus clientes por la prestación de los servicios consignados en el Programa de Actividades de dicha entidad. Sin perjuicio de lo anterior, la Entidad y el cliente acordarán la retribución que la primera percibirá en concepto de los servicios que preste en el marco de operaciones que puedan considerarse singulares Asesoramiento en materia de inversión Tarifa % Minimo (€) Euros por hora - Sobre el valor efectivo de la cartera asesorada. (Anual) 2.00 500 - Sobre la revalorización de la cartera asesorada. (Anual) 30.00 - Por el tiempo dedicado a la prestación del servicio. 400
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Ambas partes convienen que cualquier disputa, controversia, reclamación o diferencia (“la controversia”) que surja o se relacione con el presente contrato será resuelta y decidida definitivamente mediante arbitraje. El arbitraje será resuelto por un árbitro, el cual será nombrado de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la Asociación Mexicana de Mediación y Arbitraje A.C. (en adelante la “AMMAC"), vigentes al momento del arbitraje. Dicho arbitraje será regido por el reglamento mencionado. El árbitro deberá resolver la controversia aplicando las estipulaciones del presente contrato y en su defecto las disposiciones sustantivas mercantiles aplicables en el Distrito Federal. El idioma a utilizarse en el arbitraje será el español. El lugar del arbitraje será la Ciudad de México, sin perjuicio de que se puedan pactar diligencias y llevar a cabo audiencias en cualquier parte. En caso de que por cualquier motivo la AMMAC estuviera en imposibilidad de administrar el arbitraje, las partes acuerdan que el Centro de Arbitraje de México (CAM) administrará dicho arbitraje y las reglas de arbitraje comercial del mismo serán aplicables. Las partes señalan como sus domicilios para oír y recibir notificaciones y avisos los que aparecen bajo sus nombres en las páginas de firma del presente contrato, renunciando expresamente a otro fuero que pudiese corresponder por razón de sus domicilios actuales o cualquier otro domicilio futuro.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Los Títulos se regirán e interpretarán por las leyes de la República Argentina. Cualquier controversia vinculada con los Títulos será sometida a la jurisdicción exclusiva e irrevocable de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Entre Xxxx, la Justicia Federal o el Tribunal Arbitral de la BCBA, según lo que se indique en cada Suplemento de Prospecto. Los Títulos podrán ser ofrecidos en las fechas a ser informadas oportunamente según se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo respecto de cada una de las Series. Se podrá solicitar el listado de los Títulos en el Merval a través de la BCBA (en virtud de la delegación de facultades otorgadas por el Merval a la BCBA, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 17.501 de la CNV) y el listado y negociación de los Títulos en el MAE y/o en uno o varios mercados autorizados en la Argentina. La Provincia utilizará el producido de cualquier emisión de los Títulos, para la refinanciación, y/o reestructuración de los servicios de la Deuda Pública, y para el financiamiento del déficit acumulado y consolidado de las rentas generales.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El presente CONTRATO tiene carácter mercantil, y será interpretado y regido por el derecho sustantivo del Reino de España. En caso de que surja alguna controversia entre las Partes acerca de la interpretación, ejecución o extinción del presente CONTRATO, las Partes procurarán de buena fe alcanzar una solución amistosa para la resolución de dichas controversias. Si no fueran capaces de ello, las Partes, con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Y en prueba de conformidad con lo pactado, ambas partes firman el presente contrato por duplicado en lugar y fecha arriba indicados, quedando una copia en poder de cada una de las partes. En nombre y representación del DISTRIBUIDOR En nombre y representación de INDRA Fdo.: Fdo.: Fdo.: Las sumas que debe pagar el DISTRUIBUDOR como contraprestación al derecho, intransferible y no exclusivo, que INDRA le concede a DISTRIBUIR en el TERRITORIO son las siguientes: CONCEPTO Importe sin descuento y sin IVA (en euros) Periodicidad Descuento (%) Importe a pagar a INDRA con descuento aplicado (en euros)1 Cuota de afiliación al programa de PARTNERS ISOCLOUD 1.000,00 anual2 100% 0,00 CUOTA DE ALTA3 300,00 una sola vez 20% 240,00 PRECIO4 Sistema de Gestión de Calidad o Sistema de Gestión Medioambiental CLIENTE FINALcon menos de 10 empleados 38,00 mensual 20% 30,40 CLIENTE FINAL con entre 10 y menos de 100 empleados 65,00 mensual 20% 52,00 CLIENTE FINAL con entre 100 y menos de 250 empleados 90,00 mensual 20% 72,00 CLIENTE FINAL a partir de 250 empleados PEDIR PRESUPUESTO PERSONALIZADO PRECIO5 Sistema de Gestión Integrado de Calidad y Medioambiente CLIENTE FINALcon menos de 10 empleados 55,00 mensual 20% 44,00 CLIENTE FINAL con entre 10 y 80,00 mensual 20% 64,00 1 Estos importes no incluyen el IVA aplicable 2 A la firma del presente CONTRATO y en la fecha de aniversario de dicha fecha 3 Por cada CLIENTE FINAL, con independencia de que contrate el Sistema de Gestión Integrado o el Sistema de Gestión de Calidad o el de Medioambiente por separado
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. 21.1 El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación común española.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El Préstamo se interpretará y regirá de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento xxx Xxxxxxxx, los Juzgados y Tribunales del lugar que la ley establezca para el caso.