REPÚBLICA ARGENTINA Cláusulas de Ejemplo

REPÚBLICA ARGENTINA. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO LEG/SGO/CSC/EZSHARE-_
REPÚBLICA ARGENTINA. 1 El BIRF y la AIF se conocen generalmente como el Banco Mundial. Puesto que los requisitos del BIRF y de la AIF en materia de adquisiciones son idénticos, en estos documentos el término "Banco Mundial" se refiere al BIRF y a la AIF, y la palabra "préstamo" alude a un préstamo del BIRF o a un crédito de la AIF. Sin embargo, en el Llamado a Licitación debe hacerse la distinción.
REPÚBLICA ARGENTINA. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
REPÚBLICA ARGENTINA. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 6 pagina/s. Digitally signed by XXXX Xxxxx Xxxxxx Date: 2017.07.31 08:29:37 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires Xxxx Xxxxx Xxxxxx Subsecretario Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales Ministerio de Finanzas Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564
REPÚBLICA ARGENTINA. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO Secretario de Asuntos Estratégicos Fecha: de de 2020 Representante del Banco en Argentina Fecha: de de 2020 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 14 pagina/s. Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE Date: 2020.05.29 21:18:04 -03:00 Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo Secretaría de Asuntos Estratégicos Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
REPÚBLICA ARGENTINA. CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO Nombre: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Cargo: Ministro de Finanzas Fecha: Nombre: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Cargo: Director Representante de CAF en Argentina Fecha: IF-2017-18316857-APN-SSRFI#MF
REPÚBLICA ARGENTINA. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO IF-2018-64713650-APN-SSRFI#MHA
REPÚBLICA ARGENTINA. MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
REPÚBLICA ARGENTINA. CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO Nombre: D. Xxxxxxx Xxxxxxx Cargo: Ministro de Hacienda de la Nación Fecha: Nombre: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Cargo: Representante Fecha: IF-2018-39953946-APN-SSRFI#MHA Buenos Aires, [ ] de [ ] de 201[ ] Señor: [ ] Ministerio de Hacienda de la Nación [Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Teléfono No. 00-00-0000-0000. Fax No. 00-00-0000-0000.] De nuestra consideración: Hacemos referencia al Convenio de Línea de Crédito Contingente No Comprometida, suscrito el [ ], entre la República Argentina (en adelante el “Prestatario”) y la Corporación Andina de Fomento (en adelante “CAF”), en virtud del cual CAF acordó otorgar al Prestatario una Línea de Crédito Contingente No Comprometida para Argentina hasta por la cantidad de setecientos cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 750.000.000,00) para respaldar la estrategia de gestión de la deuda pública mediante un instrumento preventivo de financiamiento que provea recursos financieros a la República Argentina en caso de no tener acceso competitivo a los mercados de capitales internacionales (el “Convenio”). Los términos incluidos en mayúscula en la presente carta y no se encuentren definidos en la misma tendrán el significado que se les atribuye en el Convenio. En virtud de lo previsto en la Cláusula del Convenio denominada Vigencia de la Línea por medio de la presente les comunicamos que CAF ha decidido extender el Período de Vigencia hasta el [ ], en los mismos términos y condiciones previstos en el Convenio. Muy atentamente, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Corporación Andina de Fomento Representante IF-2018-39953946-APN-SSRFI#MHA República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 11 pagina/s. Digitally signed by XXXX Xxxxx Xxxxxx Date: 2018.08.16 20:35:12 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires Xxxxx Xxxxxx Xxxx Subsecretario Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales Ministerio de Hacienda Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564

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  • Solvencia económica, financiera y técnica La justificación de la solvencia económica, financiera y técnica del empresario o persona física se acreditará de acuerdo con lo establecido en el apartado 9 del cuadro de características. Declaración responsable de suscribir la póliza del seguro de responsabilidad civil en la forma y en el plazo indicado por la cláusula 45.9 del presente PCAP, y de contratar una póliza de seguro de todo riesgo en la construcción por razón de la obra objeto del presente contrato, en el caso de ser el adjudicatario del contrato. Declaración responsable, de acuerdo con el Anexo 4 bis de este PCAP, firmada de forma manuscrita por el representante de la empresa o la persona física, conforme no se está incurso en prohibición para contratar con la administración, no se ha estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o a resolución de contrato público por causa culpable, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. Declaración responsable firmada por el representante de la persona jurídica, o en su caso, por la persona física, de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias que, de manera directa o indirecta, puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.1, apartado e) del TRLCSP y el Anexo 5 de este PCAP. Cuando así se indique en el apartado 20 del cuadro de características, los licitadores deberán incluir, en el sobre A, los Anexos 17 y 18 de este PCAP relativos a la prevención de riesgos laborales, debidamente cumplimentados. Tanto las personas jurídicas como las personas físicas, deberán presentar el Anexo 3 de este PCAP debidamente completado y firmado por quien en cada caso corresponda.

  • Alcance de la cobertura El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, se hará conforme a la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en la República Mexicana o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. El pago de los gastos de defensa del Asegurado incluye:

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 21.2 de condiciones específicas del contrato. Solvencia económica y financiera Respuesta

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL 7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:

  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego. Igualmente podrá acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta

  • SUMA ASEGURADA El límite máximo de responsabilidad por pasajero que otorga la Compañía se estipula en la carátula de la póliza. Los riesgos cubiertos bajo esta cobertura son los siguientes, aplicándose los sublímites para la indemnización como límite máximo establecido:

  • Movilidad geográfica 1. El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial. Se entenderá que concurren las causas a que se refiere este artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda. La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte xxxx xx xxxxxxx por año trabajado, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, que nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación citado, el trabajador que no habiendo optado por la extinción de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen. Cuando, con objeto de eludir las previsiones contenidas en el apartado siguiente de este artículo, la empresa realice traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales allí señalados, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichos nuevos traslados se considerarán efectuados en fraude xx Xxx y serán declarados nulos y sin efecto.

  • FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución Fechas Grado Académico Título en Provisión Nacional Desde Hasta Universidad / Institución Fechas Nombre del Curso Duración en Horas Desde Hasta