FACTOR ECONÓMICO Cláusulas de Ejemplo

FACTOR ECONÓMICO. La oferta deberá venir firmada por el Representante Legal del oferente. Teniendo en cuenta que el contrato se ejecutará por la modalidad de precio unitario fijo sin fórmulas de reajuste, el oferente al elaborar la oferta económica deberá tener en cuenta los cambios que se puedan presentar tanto en los valores de mano de obra como de materiales por el cambio de año. El valor TOTAL propuesto no podrá ser mayor al 100 del presupuesto estimado para la presente convocatoria. En caso que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta. Los valores unitarios, deberán ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto. Si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente. Si la cifra decimal del peso es menor a cinco (5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal. El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución DEL CONTRATOS, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos y administrativos que se requieran. La propuesta económica debe presentarse en medio escrito y magnético con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana. El oferente deberá ajustar al peso los precios ofertados, en caso contrario, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. aproximará los precios, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. En todo caso los valores de los precios propuestos y corregidos no podrán exceder el valor de los respectivos precios oficiales ni ser inferiores al 90 de los mismos. La oferta económica contemplará todos los costos directos, indirectos, impuestos, tasas y contribuciones y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato resultado del presente proceso, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas. El (los) precio (s) ofertado (s), no estará sujeto a ajuste alguno, razón por la cual, el proponente deberá prever en su oferta que tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la ejecución del contrato por cambio de año. Se verificará que el precio de la oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan: Que el precio total de la oferta presentada no sea mayor al 100 del valor del presupuesto, si no cumple lo anterior, la propuesta será rechazada y como consecuencia d...
FACTOR ECONÓMICO. Plaza Mayor Medellín S.A., a partir del valor de las ofertas debe asignar máximo 100 puntos de acuerdo con la ponderación de la oferta económica, utilizando la siguiente fórmula: Tabla 16: Formula Evaluación Propuesta Económica P= 100 x Pm/Pi P: Puntaje para el factor precio Pm: Valor oferta más económica Pi Valor propuesta a comparar 100 Puntaje máximo asignado al factor Este criterio se evaluará a partir de la información suministrada en el Anexo 4 “propuesta económica”.
FACTOR ECONÓMICO. INFICALDAS a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo de QUINIENTOS (500) puntos acumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica:
FACTOR ECONÓMICO. El Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea, a partir del valor de las Ofertas deberá asignar máximo Calidad 400 precio 200 puntos acumulables de acuerdo con el método escogido para la ponderación de la oferta económica: Menor valor Precio: (Máximo 200 puntos): Se asignará un Máximo de 200 puntos, al proponente que en su propuesta económica presente el menor valor de acuerdo a lo establecido en los pliegos de condiciones del presente proceso. Las demás propuestas, se evaluarán en forma proporcional, mediante regla de tres (3) simple, utilizando la fórmula que se describe a continuación: Precio de la propuesta económica de menor valor Puntaje = X Puntaje máximo Precio de la propuesta económica en estudio La propuesta económica, no podrá de ninguna manera exceder de ninguna manera el presupuesto oficial, ni tampoco los Precios de Referencia, so pena de ser rechazada. Adicionalmente se debe tener en cuenta lo contenido en el Decreto 1082 de 2015 PARTE 2 REGLAMENTACIONES TITULO 1 CONTRATACION ESTATAL, SECCION 2 ESTRUCTURA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACION, SUBSECCION 2 SELECCIÓN ART. 2.2.1.1.2.2.4, Oferta con valor artificialmente bajo La oferta deberá presentarse en pesos colombianos, sin decimales. Los factores de ponderación son opcionales no son obligatorios y su ofrecimiento no genera costo económico adicional para la DISAN FAC Se revisarán las operaciones aritméticas elaboradas por el proponente en el FORMULARIO No. 5 PROPUESTA ECONÓMICA. Las ofertas serán analizadas para determinar entre otros, si en los cálculos se han cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de evaluación y selección el comité económico realizará las correcciones necesarias. SELECCIÓN ART. 2.2.1.1.2.2.4- Oferta con valor artificialmente bajo. Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su deber de análisis de que trata el artículo en mención, el valor de una oferta parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas. Cuando el valor de la oferta sobre la cual la Entidad Estatal tuvo dudas sobre su valor, responde a circunstancias objetivas del oferente y de su oferta que no ponen en riesgo el cumplimiento del contrato si éste es adjudicado a ...
FACTOR ECONÓMICO. 5.8. VALOR TOTAL DE LA OFERTA.
FACTOR ECONÓMICO. En este componente se tendrá en cuenta el valor establecido para adelantar las labores a contratar, conforme la propuesta económica que se presente, la cual debe ser acorde a las condiciones establecidas en el siguiente numeral. El proponente deberá discriminar en su oferta económica el IVA de los bienes y/o servicios ofertados y todos los impuestos a que haya lugar conforme a las normas tributarias vigentes en Colombia. Si el proponente no discrimina el impuesto al valor agregado (IVA) u otro impuesto y el bien y/o servicio causa dicho impuesto, Bancóldex lo considerarán INCLUIDO en el valor total de la Propuesta y así lo acepta el Proponente. La Propuesta económica deberá cubrir todos los gastos en los que incurra el Proponente, incluyendo traslados, gastos de viajes, tiquetes aéreos y cualquier otro gasto. El valor total de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos, así como todos los impuestos. Para efectos de los proponentes extranjeros, estos deberán igualmente presentar la propuesta en pesos colombianos. En ningún caso el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. reembolsará o cubrirá gastos adicionales que superen el valor de la propuesta presentada. Todo error u omisión en la oferta económica, indebida interpretación del alcance del objeto de la presente invitación y condiciones previstas en estos Términos de Referencia, así como de las normas tributarias aplicables, será responsabilidad del Proponente y no se le permitirá ajustar sus precios. Obtendrá una mayor calificación el proponente que presente el menor valor para el desarrollo del objeto de la contratación, los demás proponentes serán calificados por regla de tres inversa. Bancóldex revisará las operaciones aritméticas de la propuesta económica y en caso de error se le solicitará las respectivas aclaraciones al proponente de acuerdo con lo establecido en el numeral
FACTOR ECONÓMICO. Se ordenarán las propuestas de menor a mayor valor y se le asignará el mayor puntaje (300 puntos) a la propuesta de menor valor. El puntaje de las ofertas restantes se calculará en forma inversamente proporcional al valor de la misma, como resultado de aplicar la siguiente fórmula: Donde: P = Puntaje para la propuesta en evaluación VP = Valor de la propuesta en evaluación PM = Valor de la propuesta más económica. El Proponente, en el momento de elaborar su propuesta, no puede formular condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación del contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993. En caso de que la propuesta que se encuentre en primer orden de elegibilidad tenga un valor inferior al diez por ciento (10%) o más del presupuesto oficial, la Contaduría General de la Nación solicitará explicación del por qué del menor valor. De esta explicación se dejará constancia en acta. Si los argumentos presentados por el proponente explican satisfactoriamente para la entidad el menor valor, se mantendrá esta oferta como primera en el orden de elegibilidad para la adjudicación, En caso contrario la propuesta se descartaría y se modificaría el orden de elegibilidad; de ser necesario, se aplicará el mismo procedimiento hasta encontrar la oferta que cumpla con los requerimientos y condiciones exigidas por la Contaduría General de la Nación. La evaluación de la experiencia comprobada del proponente tendrá un puntaje total de Será evaluada la experiencia de los últimos tres (3) años contados a partir de la fecha de presentación de las propuestas y para adquirir puntuación debe haber ejecutado o estar ejecutando por lo menos uno o más contratos que hayan tenido por objeto o dentro de su alcance actividades de mantenimiento y/o soporte técnico de servidores SUN y/o de herramientas Sun One, en cuatro (4) contratos como máximo. En un máximo de 450 puntos para este aspecto, se diferenciará de la siguiente manera según la clase de trabajo realizado por el PROPONENTE. Actividades realizadas en uno o más contratos (máximo 4 contratos) cuyo objeto incluya el servicio de mantenimiento y soporte técnico de servidores sun y/o de herramientas sun one por un monto mayor o igual a $32.000.000 y menor a $62.000.000. 100 Puntos Actividades realizadas en uno o más contratos (máximo 4 contratos) cuyo objeto incluya cuyo objeto incluya el servicio de mantenimiento y soporte técnico de ser...
FACTOR ECONÓMICO. Se ordenarán las propuestas de menor a mayor valor y se le asignará el mayor puntaje (300 puntos) a la propuesta de menor valor. El puntaje de las ofertas restantes se calculará en forma inversamente proporcional al valor de la misma, como resultado de aplicar la siguiente fórmula: Donde: P = Puntaje para la propuesta en evaluación VP = Valor de la propuesta en evaluación PM = Valor de la propuesta más económica. El Proponente, en el momento de elaborar su propuesta, no puede formular condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación del contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993; en todo caso se considerará para los efectos de la presente contratación que es artificialmente baja aquella propuesta que sea inferior al 95 % del presupuesto oficial estimado, por lo cual será rechazada por la Contaduría General de la Nación. La evaluación de la experiencia comprobada del proponente tendrá un puntaje total de 500 puntos. Será evaluada la experiencia de los últimos tres (3) años contados a partir de la fecha de presentación de las propuestas y para adquirir puntuación debe haber ejecutado o estar ejecutando por lo menos uno o más contratos que hayan tenido por objeto o dentro de su alcance actividades de servicio de soporte técnico o mantenimiento de equipos de computo y/o soporte técnico o mantenimiento de equipos de comunicaciones de datos, en cuatro (4) contratos como máximo. En un máximo de 500 puntos para este aspecto, se diferenciará de la siguiente manera según la clase de trabajo realizado por el PROPONENTE. Actividades realizadas en uno o más contratos (máximo 4 contratos) cuyo objeto incluya el servicio de soporte o mantenimiento de equipos de computo y/o soporte técnico o mantenimiento de equipos de comunicaciones de datos, los cuales sumados presenten monto mayor o igual a $1.184.833.000 y menor a $1.500.000.000. 25 Puntos Actividades realizadas en uno o más contratos (máximo 4 contratos) cuyo objeto incluya cuyo objeto incluya el servicio de soporte o mantenimiento de equipos de computo y/o soporte técnico o mantenimiento de equipos de comunicaciones de datos, los cuales sumados presenten monto mayor o igual a $1.500.000.000 y menor a $2.000.000.000. 50 Puntos Actividades realizadas en uno o más contratos (máximo 4 contratos). cuyo objeto incluya cuyo objeto incluya el servicio de soporte o mantenimiento de equipos de computo y/o soporte té...
FACTOR ECONÓMICO. (400 Puntos) Los proponentes deberán diligenciar el Formato No. 3 OFERTA ECONÓMICA. Solamente se efectuará la evaluación económica de aquellas propuestas que no superen el valor del presupuesto estimado. Solamente se otorgará puntuación al proponente que no haya sido rechazado o inhabilitado para continuar el proceso. Se otorgan 400 puntos a la propuesta económica que refleje el menor valor, el cual se tomará como el 100%, a las demás se les otorgará puntaje en forma proporcional y decreciente, según la siguiente fórmula: Puntaje Oferta “X” = Vr. Menor Oferta Vr. Oferta “X” Dónde: Puntaje Oferta “X”: Puntaje que se asigna a la oferta que se está calificando. Vr. Menor Oferta: Valor de la oferta hábil que presenta el menor precio. Vr. Oferta “X”: Valor de la Oferta que se está calificando. Para efectos de evaluación el resultado final de aplicar la formula anterior será truncado en dos (2) decimales. El valor ofertado deberá incluir el costo de todos los gastos en que incurra el proponente para la ejecución del objeto del presente proceso. Serán de exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar los valores totales en la propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores y omisiones. La calificación final de las ofertas corresponderá a la suma de los puntajes parciales que obtengan por concepto de los factores calificables. Establecida la calificación final, el PA-FCP clasificará a los proponentes en orden descendente, desde aquel que obtenga el mayor puntaje hasta el que obtenga el menor, y este mismo será el orden de elegibilidad que se tendrá en cuenta para la selección del proponente con quien se suscribirá el contrato.