CONDICIONES ECONÓMICAS Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES ECONÓMICAS a) Los precios del suministro de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen en las condiciones económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas de Acceso vigentes o en los demás conceptos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la Administración para el periodo de vigencia del presente contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro establecidos en la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales. Asimismo, para el suministro de electricidad GNS repercutirá al CLIENTE las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigente. En caso de supresión de cualquiera de las tarifas de referencia, GNS comunicará al cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigor. No obstante, si la supresión de las tarifas de referencia hubiera sido publicada con una antelación inferior a dos meses a la fecha efectiva de su supresión, GNS comunicará al cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación mínima de un mes a su entrada en vigor. Hasta que sea aplicable la nueva fórmula de precios comunicada, GNS podrá seguir aplicando el precio vigente hasta la supresión de la tarifa de referencia. El cliente podrá optar por resolver el contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la nueva fórmula de precio aplicable. A los precios del suministro de gas y/o electricidad establecidos en las condiciones económicas se les añadirá el correspondiente I.V.A/I.G.I.C. y el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la empresa distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisible.
CONDICIONES ECONÓMICAS. Sección 1ª
CONDICIONES ECONÓMICAS. EPÍGRAFE l.º Principio general EPÍGRAFE 2 º: FIANZAS Y GARANTIAS Fianzas Fianza provisional Ejecución de trabajos con cargo a la fianza De su devolución en general Devolución de la fianza en el caso de efectuarse recepciones parciales EPÍGRAFE 3.º: DE LOS PRECIOS Composición de los precios unitarios Precios de contrata. Importe de contrata Precios contradictorios Reclamaciones de aumento de precios por causas diversas Formas tradicionales de medir o de aplicar los precios De la revisión de los precios contratados Acopio de materiales EPÍGRAFE 4.º: OBRAS POR ADMINISTRACIÓN Administración Obras por Administración directa Obras por Administración delegada o indirecta Liquidación de obras por Administración Abono al Constructor de las cuentas de Administración delegada Normas para la adquisición de los materiales y aparatos Responsabilidad del Constructor en el bajo rendimiento de los obreros Responsabilidad del Constructor EPÍGRAFE 5.º: DE LA VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS Formas varias de abono de las obras Relaciones valoradas y certificaciones Mejoras de obras libremente ejecutadas Abono de trabajos presupuestados con partida alzada Abono de agotamientos y otros trabajos especiales no contratados Pagos Xxxxx xx xxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxx xx xxxxx xx xxxxxxxx XXXXXXXX 0.x: DE LAS INDEMNIZACIONES MUTUAS Importe de la indemnización por retraso no justificado en el plazo de terminación de las obras Demora de los pagos EPÍGRAFE 7.º: VARIOS Mejoras y aumentos de obra. Casos contrarios Unidades de obra defectuosas pero aceptables Seguro de las obras Conservación de la obra Uso por el Contratista de edificios o bienes del propietario
CONDICIONES ECONÓMICAS. Artículo 13
CONDICIONES ECONÓMICAS. El Canon de la Concesión es el que resulte de la adjudicación.
CONDICIONES ECONÓMICAS. El Cliente pagará a INSIGNIA GAS S.L. como contraprestación por los servicios contratados el precio que se establece en las Condiciones Particulares. Los precios se actualizarán de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Particulares. Los peajes de acceso, cánones, derechos de acometida, enganche, verificación, alquiler de equipos y otros valores regulados que, de acuerdo con la normativa aplicable, corresponda recibir a la Empresa Distribuidora, serán a cargo del Cliente. INSIGNIA GAS S.L. realizará el pago de dichos valores regulados a la empresa distribuidora, y lo repercutirá al Cliente dentro del precio de suministro en una factura única. De igual forma, INSIGNIA GAS S.L. repercutirá al Cliente cualquier importe reclamado por la Empresa Distribuidora debido a refacturaciones de consumos o que sea resultado de actas de inspección en relación con el punto de suministro del Cliente. Las variaciones de los peajes de acceso y cánones, incluidas aquellas variaciones debidas al cambio de grupo tarifario de acceso asignado por la Empresa Distribuidora al punto de suministro del Cliente, así como cualquier otro establecimiento, variación o modificación de los demás conceptos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la Administración dentro del periodo de vigencia del presente Contrato serán trasladadas automáticamente a los precios, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales. De igual forma será repercutido, en el sentido que proceda, cualquier tributo que se devengue como consecuencia del suministro. Los precios establecidos en las Condiciones Particulares no incluyen IVA, IGIC, ni el impuesto especial sobre hidrocarburos.
CONDICIONES ECONÓMICAS. Sección 1ª.
CONDICIONES ECONÓMICAS. Precio.‌‌ El precio del Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras o servicios, y toma en consideración el valor total del Contrato. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, incluyendo todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos (“Precio del Contrato”). Sujeto a los ajustes del Precio del Contrato expresamente permitidos en el mismo, se considera que el Proveedor ha investigado y que está conforme respecto de cada una y todas las condiciones y circunstancias que afectan o que pudieran afectar el Precio del Contrato (incluyendo pero no limitándose a la naturaleza y características del trabajo a ser desarrollado, la ubicación y las condiciones ambientales, condiciones sísmicas y del clima que prevalecen en el sitio de realización de los servicios y/u obras, la presencia de otros contratistas y subcontratistas u otras instalaciones en el mismo, las condiciones del suelo y del subsuelo, las condiciones topográficas, los usos locales, códigos, ubicaciones existentes e instalaciones -si las hubiera-, las condiciones generales de trabajo en el sitio donde se realizarán los servicios y/u obras y en otros lugares, rutas de acceso, condiciones de superficie, derechos y permisos etc.) y el Proveedor ha determinado la suficiencia del Precio del Contrato de conformidad con dichas condiciones y circunstancias y libera cualquier reclamo para un aumento en el Precio del Contrato relativo a dichas condiciones y circunstancias. Los precios se estipularán en el Contrato, y en todo caso se acepta por ambas Partes que: • El Precio incluye todos los servicios y/u obras que sean necesarios para la realización de los mismos, además de los tributos aplicables, los costes de las garantías económicas, seguros y otras garantías. • No se pagarán materiales, equipos, obras o servicios no incluidos en el Contrato, si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. • El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes, embalaje y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecida...
CONDICIONES ECONÓMICAS. 1. Las condiciones económicas son las que para cada categoría se establecen en la tabla salarial anexa, de acuerdo a lo dispuesto en el texto del presente convenio.
CONDICIONES ECONÓMICAS. 8. Canon de arrendamiento