VALOR OFRECIDO Cláusulas de Ejemplo

VALOR OFRECIDO. El oferente deberá tener en cuenta para la estimación del valor ofrecido todos los gastos en los que incurra por la suscripción, legalización y ejecución del contrato, como impuestos, publicaciones, constitución de garantía única, transporte, operarios, etc.
VALOR OFRECIDO. El Cotizante deberá señalar el valor detallando todos y cada uno de los ítems solicitados, discriminando el valor unitario y total de los mismos, para el efecto deberá tener en cuenta, al fijar su cotización, todos los gastos en que incurra por la suscripción, legalización y ejecución del contrato, tales como impuestos, pólizas, transporte operarios etc.
VALOR OFRECIDO. El cotizante deberá tener en cuenta todos los gastos directos e indirectos en los que incurra por la suscripción, legalización y ejecución del contrato, como impuestos, tributos, constitución garantía única, y demás gastos para el debido cumplimiento.
VALOR OFRECIDO. Indique el valor del presupuesto oficial para la contratación. Informe expresamente: “Quien cotiza deberá tener en cuenta todos los gastos en los que incurra por la suscripción, legalización y ejecución del contrato tales como pago de impuestos y contribuciones, constitución garantía única, transporte, operarios, etc. “ RANGO DE PRODUCCIÓN DE LA EMPRESA Solicite a los cotizantes que señalen: - Tiempo de existencia del proponente - Calidad de Mipyme - Experiencia general que tiene - Experiencia Específica en la actividad objeto de contratación - Régimen Tributario PLAZO PARA PRESENTAR COTIZACIÓN Plazo con que cuentan los interesados para presentar la cotización respectiva, así como el lugar donde deben radicar su cotización o los correos electrónicos y fax habilitados para remitirla. FIRMA Firma o Visto bueno del funcionario que solicita la cotización De acuerdo con el mercado del bien, obra o servicio, para establecer el valor del presupuesto oficial, se podrán utilizar varias metodologías de análisis de precios. Se pueden por ejemplo verificar los precios obtenidos en procesos de selección anteriores, o el porcentaje de descuento real entre las cotizaciones iniciales y los valores ofrecidos en la convocatoria. En este sentido, se debe verificar que no existan condiciones que distorsionen los precios xxx xxxxxxx, tales como ofertas especiales de almacenes xx xxxxxx, fenómenos de escasez o abundancia del producto, etc. Una vez obtenidas las cotizaciones, el responsable deberá elaborar un análisis comparativo de las mismas, que se plasmará en un informe en el que conste la existencia o no xx xxxxxxx real de contratación, la aceptación de las condiciones de pago ofrecidas por la Procuraduría y el precio promedio del bien o servicio y la metodología y fórmula para fijar el presupuesto oficial de la contratación. En las carpetas de los contratos deberán reposar tanto la solicitud de cotización, como las cotizaciones presentadas por los interesados y el respectivo informe comparativo. Para establecer el presupuesto oficial se deben tener en cuenta que los precios cotizados que no presentan entre ellos variaciones de más del 30% (hacia arriba o abajo) del promedio de todos los valores obtenidos. Aquellas cotizaciones que no cumplan con las exigencias efectuadas por la entidad tampoco serán tenidas en cuenta. Se podrán solicitar aclaraciones a los cotizantes para evidenciar las fluctuaciones de los precios indicados. Cuando por las condiciones xxx xxxxxxx del bien...
VALOR OFRECIDO. El interesado que cotice deberá tener en cuenta los gastos en los que incurra por la suscripción, legalización y ejecución del contrato, como impuestos, constitución de garantía única, transporte, operarios etc.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

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  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

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