Descripción Cláusulas de Ejemplo

Descripción. Con respecto a la liberalización de inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional, Altos directivos y consejos de administración y Comercio transfronterizo de servicios – Acceso a los mercados, Trato nacional: En BG: Será obligatoria la constitución de una sociedad (no se admitirán sucursales). Los servicios de agencias de viajes y de organización de viajes en grupo podrán ser prestados por una persona establecida en el EEE siempre que, al establecerse en el territorio de Bulgaria, dicha persona presente una copia de un documento que acredite su derecho a ejercer esa actividad y un certificado u otro tipo de documento expedido por una entidad de crédito o aseguradora que certifique que la persona interesada dispone de un seguro de responsabilidad civil por los daños que pueda ocasionar en caso de incumplimiento culpable de sus obligaciones profesionales. En aquellos casos en que la participación pública (estatal o municipal) en el capital de una empresa búlgara supere el 50 %, el número de administradores extranjeros no podrá exceder del número de administradores de nacionalidad búlgara. Requisito de nacionalidad de un país del EEE para guías de turismo (CCP 641, 642, 643, 7471, 7472). Medidas: BG: Ley de Turismo, artículos 61, 113 y 146. Con respecto a la Liberalización de las inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional y Comercio transfronterizo de servicios - Acceso a los mercados, Trato nacional, Presencia local: En CY: Únicamente las personas de la Unión podrán obtener una licencia de establecimiento y explotación de una agencia o empresa de viajes y turismo, así como renovar la licencia de explotación de una agencia o empresa existente. Las agencias no residentes, a excepción de las domiciliadas en otro Estado miembro, no podrán ejercer en la República xx Xxxxxx, de forma organizada o permanente, las actividades previstas en el artículo 3 de la Ley anteriormente señalada, salvo que se encuentren representadas por una agencia residente. La prestación de servicios de guías de turismo, de agencias de viaje y de operadores turísticos estará supeditada al requisito de nacionalidad de un Estado miembro (CCP 7471, 7472). Medidas: CY: Ley de 1995 de Agencias de Viajes y Turismo y de Guías de Turismo [Ley n.º 41(I)/1995 en su versión modificada]. Con respecto a la Liberalización de las inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional, Trato de nación más favorecida y Comercio transfronterizo de servicios – Acceso a los mercados, Trato naciona...
Descripción. Esta cobertura deberá ser solicitada durante el periodo de vigencia de la presente póliza de seguro de Asistencia Sanitaria y a tenor de las definiciones que se detallan a continuación:
Descripción. 2.01 Para alcanzar el objetivo indicado en el párrafo 1.01 anterior, el Programa comprende los siguientes componentes:
Descripción. El artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado establece que “bajo responsabilidad del Ministerio de la Presidencia existirá un sistema de dirección electrónica habilitada para la práctica de estas notificaciones que quedará a disposición de todos los órganos y organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado que no establezcan sistemas de notificación propios. Los ciudadanos podrán solicitar la apertura de esta dirección electrónica, que tendrá vigencia indefinida, excepto en los supuestos en que se solicite su revocación por el titular, por fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica, que una resolución administrativa o judicial así lo ordene o por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de notificaciones, supuesto en el cual se inhabilitará ésta dirección electrónica, comunicándose así al interesado”. La Orden PRE/878/2010, de 5 xx xxxxx, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada previsto en el artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, fija las condiciones que ha de reunir la entidad habilitada para la prestación del servicio de dirección electrónica, así como las condiciones para su prestación, establece en su artículo 2.1 que “la titularidad de la dirección electrónica a partir de la que se construyan las direcciones electrónicas habilitadas de los interesados corresponde al Ministerio de la Presidencia”. En aplicación de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) ha desarrollado un servicio de notificaciones electrónicas y de dirección electrónica habilitada para la Administración General del Estado, que es prestado en colaboración con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. (CORREOS), gracias al Convenio de colaboración que ambas partes tienen suscrito con esta finalidad. El MINHAP, con el objetivo de impulsar la implantación de la administración electrónica, quiere facilitar a las administraciones y entidades públicas la utilización de los sistemas que ha desarrollado para prestar este servicio en el ámbito de la AGE. El objeto del presente anexo es la regulac...
Descripción. 2.01 El Programa está estructurado en los componentes que se describen a continuación:
Descripción. 2.01 Para alcanzar los objetivos anteriores, el Proyecto comprende los siguientes dos componentes:
Descripción. La prestación de los servicios de mantenimiento, conservación y reparación de las instalaciones necesarias para asegurar el normal funcionamiento de los edificios, comprenderá las siguientes prestaciones: reposición de elementos agotados o defectuosos, la sustitución de productos o piezas consumidos o desgastados en su normal funcionamiento, la inspección de instalaciones, las limpiezas necesarias para hacer operativas las canalizaciones y conductos expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal, los trabajos correctivos en: carpintería, pintura, fontanería, electricidad, albañilería, herrería y cristalería, así como cualesquiera otros de análoga naturaleza sin que en ningún caso tengan naturaleza inventariable. A título de ejemplo y sin afán exhaustivo se relacionan algunas de las actividades a realizar por el contratista del servicio: o Desatranco de la red de desagües de bajantes y alcantarillado de los edificios. Reposición de aplacados, azulejos y pavimentos. o Mecanismos de accionamiento de ventanas y persianas, y todas sus partes, como cintas, ejes y cierres. o Mecanismos de fijación y orientación en celosías o paneles fijos y móviles reparación/reposición. o Reposición de cerraduras o bombines. o Trabajos generales de albañilería y pintura: reparación de arquetas, pintura en paredes, fachadas y techos. o Reposición de todo tipo xx xxxxxxx, con retirada de restos y colocación, sellado y estanqueidad. o Sustitución de todo aquello que se incluye en la denominación de pequeño material eléctrico: tomas de corriente, interruptores, pulsadores, pilotos de señalización, timbres, etc. o Sustitución de todo tipo de lámparas: halógenas, incandescentes, reflectoras y fluorescentes. o Mecanismos de acción y seguridad para puertas de acceso y de emergencias. o Limpieza, tratamiento y ejecución de revestimientos en fachadas y cubiertas para evitar problemas de humedad. o Arreglo y reposición de partes de cerramientos deteriorados de los edificios, rejas, ventanas y cristaleras. Además de lo indicado, el adjudicatario vendrá obligado a realizar todos los trabajos complementarios necesarios para la adecuada prestación de los servicios requeridos, como señalización, trabajos preparatorios de seguridad y colaboración con las autoridades, limpieza y retirada al vertedero haciéndose cargo del canon de vertido estipulado según la Ordenanza de limpieza pública y gestión de residuos urbanos en el municipio xx Xxxxxxx publicada en el BOP nº 112 de 17 xx xxxx de2003. ...
Descripción. El acoso y la violencia se deben al comportamiento inaceptable de uno o más individuos y pueden adoptar diversas formas, algunas de las cuales se pueden identificar más fácilmente que otras. El ambiente del trabajo puede influir en la exposición de las personas al acoso y a la violencia, por lo que podríamos decir que: − Constituye acoso toda conducta sistemática y prolongada que se ejerce sobre una/s persona/s en el desempeño de su trabajo y que tenga como objetivo y/o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo. − Existe violencia cuando una o más personas trabajadoras o directivas son agredidas en el seno de una relación de trabajo. El acoso y la violencia pueden ser realizadas por una o más personas trabajadoras, con el propósito o el efecto de violar la dignidad de una persona de nivel jerárquico superior o trabajador/a, afectando a su salud y/o creando un ambiente hostil en el trabajo. Concienciar y formar adecuadamente a la parte empresarial, social y a las personas que en ella trabajan reduce la probabilidad del acoso y la violencia en el trabajo. Procedimientos: Las partes procurarán inicialmente solucionar el conflicto dentro del seno de la empresa a través de un procedimiento interno, sin perjuicio o renuncia del ejercicio de las acciones legales a las que tenga derecho la/s persona/s afectada/s. El procedimiento interno puede incluir una etapa informal en la cual una persona de confianza de la parte empresarial y de la parte trabajadora esté disponible para dar consejo y ayuda. Un procedimiento adecuado podría apoyarse, de manera no limitativa, en lo siguiente: – Interesa a todas las partes proceder con la discreción necesaria para proteger la dignidad y la confidencialidad de todos/as. − No se debe divulgar ninguna información a partes no implicadas en el caso. − Las quejas deben ser investigadas y tratadas sin demoras indebidas. − Todas las partes implicadas deben conseguir una audiencia imparcial y un tratamiento justo. − Las quejas deben estar apoyadas por información detallada. − Las acusaciones falsas no deben ser toleradas y deben dar lugar a acciones disciplinarias. − Las partes pueden apoyarse para la solución del conflicto en asesores expertos en la materia ajenos a la empresa. Los procedimientos ya existentes, pueden ser apropiados para abordar los problemas del acoso y de la violencia en el seno de la relación laboral. cve: BOE-A-2020-3493 Verificable en xxxxx://xxx.xxx...