Definición de Trato Nacional

Trato Nacional. Es el principio según el cual un Estado concede a los nacionales de otro Estado el mismo trato que otorga a sus nacionales.
Trato Nacional. Un compromiso de trato nacional implica que el Miembro de que se trate no aplica medidas discriminatorias que beneficien a los servicios nacionales o a los proveedores nacionales de servicios. La prescripción fundamental es que un Miembro no puede adoptar medidas que puedan modificar, de hecho o de derecho, las condiciones de competencia a favor de su propio sector de servicios. Asimismo, la concesión del trato nacional, en un sector determinado, podrá supeditarse a determinados requisitos y estar sujeta a ciertas salvedades.
Trato Nacional. La Entidad Estatal debe dar a los bienes y servicios de los estados con quienes Colombia ha suscrito un Acuerdo Comercial, el mismo trato que da a los bienes y servicios colombianos cuando un Acuerdo Comercial es aplicable a un Proceso de Contratación. Adicionalmente, la entidad Estatal debe dar a los servicios prestados por proponentes de la CAN, el mismo trato que da a los servicios colombianos. La única excepción a los servicios de proponentes e la CAN, es el servicio de transporte aéreo para el cual no hay trato nacional. Efectos de claridad, los países miembros de la CAN son Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú. En aquellos casos en los que se deba otorgar a los bienes y servicios extranjeros el mismo trato que se les da a los bienes y servicios nacionales, la entidad Estatal debe conceder a dichos bines y servicios el puntaje adicional de que trata la ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 1082 de 2015.

Examples of Trato Nacional in a sentence

  • También recibirán Trato Nacional las propuestas de nacionales de la Comunidad Andina de Naciones.

  • Adicionalmente se presenta reciprocidad por Trato Nacional con Xxxxx Rica.

  • Salvo lo dispuesto en el Anexo X (Restricciones a la Importación y a la Exportación y Trato Nacional), las Partes aplicarán trato nacional de acuerdo al Artículo III del GATT 1994, incluyendo sus notas interpretativas, el cual se incorpora y forma parte de este Acuerdo, mutatis mutandis.

  • Cada Parte establecerá en una lista los compromisos específicos que asume en virtud de los Artículos 4.4 (Acceso a Mercados), 4.5 (Trato Nacional) y 4.6 conceptos fiscales, o las definiciones y conceptos equivalentes o similares, contenidas en la legislación nacional de la Parte que adopte la medida.

  • Las Partes podrán negociar compromisos respecto a medidas que afecten al comercio de servicios que no estén sujetas a consignación en listas en virtud de los Artículos 4.4 (Acceso a Mercados) o 4.5 (Trato Nacional), incluidas las relativas a títulos de aptitud, normas o cuestiones relacionadas con las licencias.


More Definitions of Trato Nacional

Trato Nacional. Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación o demostración de tal circunstancia se hará en los términos que señale el reglamento.
Trato Nacional. Es el principio según el cual un Estado concede a los nacionales de otro Estado el mismo trato que otorga a sus nacionales. • TERMINOS DE CONDICIONES: Se entiende por TERMINOS DE CONDICIONESs, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selecciónón del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
Trato Nacional. Se garantiza que a las mercancías importadas se les concederá el mismo tratamiento que se otorga a las mercancías nacionales. Se reitera tratamiento de nacional para todos los niveles de gobierno. Colombia podrá mantener algunas medidas relacionadas con controles a las importaciones de mercancías usadas, remanufacturadas, saldos, segundas, incluidos los automóviles usados y los denominados “fríos”, además del control de calidad a las exportaciones de café. Eliminación de derechos de aduana Se consolida el arancel base que aparece en la lista de cada país; se hacen los compromisos de eliminación de aranceles en plazos determinados; se aplicará el menor arancel entre el arancel base y el arancel NMF que al momento de realizar la importación una parte pueda estar aplicando; durante la vigencia del Acuerdo se puede acelerar la eliminación de aranceles. Exención de aranceles aduaneros Permite la exención de aranceles aduaneros que no esté sometida al cumplimiento de un requisito de desempeño. Ello significa que se podrán mantener y aplicar los sistemas de importación y exportación de mercancías para el comercio recíproco.
Trato Nacional. Se otorga el mismo tratamiento a los inversionistas y a las inversiones cubiertas extranjeros que a los inversionistas e inversiones nacionales. No discriminación.
Trato Nacional. Se debe otorgar, por lo menos, un trato similar a un proveedor de servicios colombiano que aquel que se le otorga a un coreano, siempre que las circunstancias bajo las que se presten los servicios sean similares.
Trato Nacional. (Artículo 3) Gobierno Central Ley de Divisas Extranjeras y Comercio Exterior (Ley No. 228 de 1949), Artículo 27 Orden del Gabinete sobre Inversión Extranjera Directa (Orden del Gabinete No. 261 de 1980), Artículo 3 Descripción: El requisito de notificación previa bajo la Ley de Divisas Extranjeras y Comercio Exterior se aplica a inversores extranjeros que pretendan invertir en negocios de telecomunicaciones y servicios por internet en Japón.
Trato Nacional. (Artículo 3) Gobierno Central Ley de Divisas Extranjeras y Comercio Exterior (Ley No. 228 de 1949),